Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (07/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320396El Peruano miércoles 7 de junio de 2006 TABLA DE PUNTAJE Nº 02 – D INCREMENTOS POR RETRASOS EN EL ASCENSO Oficiales Subalternos TERCIO/AÑO 2006 2007 2008 2009 1er TERCIO 2.25 1.50 0.75 — 2do TERCIO 1.50 1.00 0.50 — 3er TERCIO 0.75 0.50 0.25 — Oficiales Superiores TERCIO/AÑO 2006 2007 2008 2009 1er TERCIO 3.00 2.00 1.00 — 2do TERCIO 2.25 1.50 0.75 — 3er TERCIO 1.50 1.00 0.50 — Oficiales Generales TERCIO/AÑO 2006 2007 2008 2009 1er TERCIO 3.75 2.50 1.25 — 2do TERCIO 3.00 2.00 1.00 — 3er TERCIO 2.25 1.50 0.75 — TABLA DE PUNTAJE Nº 02-E POR CURSOS TERMINADOS DE IDIOMAS PARA OFICIALES N/O IDIOMAS NIVELES BÁSICO INTERMEDIO AV ANZADO 01 INGLÉS 0.2 0.3 0.5 02 FRANCÉS 0.2 0.3 0.5 03 CHINO 0.2 0.3 0.5 04 RUSO 0.2 0.3 0.5 05 ALEMÁN 0.2 0.3 0.4 06 ITALIANO 0.1 0.2 0.3 07 PORTUGUÉS — 0.1 0.2 Instrucciones para la aplicación Tabla de puntaje 2-E 1. El puntaje de la Tabla Nº 02-E, se incrementará al puntaje obtenido por las Tablas Nº 02-B (Puntaje Básico) y Nº 02-C (Puntaje de incrementos). 2. Sólo se tomarán en cuenta los cursos convalidados por el CIVIME hasta el 31 de diciembre del año anterior al proceso. Para hacer válido el puntaje el Oficialdebe de presentar el documento que certifica que ha rendido y aprobado el examen de Idiomas en el nivel correspondiente (Básico, Intermedio y Avanzado) administrado por el CIVIME o la entidad que este Centro rector indique, con un máximo de seis (6) meses de antigüedad al 31 de diciembre, del año anterior al proceso. 3. En caso de otros idiomas no considerados en esta tabla, la JUPEVAL determinará el incremento correspondiente en función de la exigencia, duración e interés institucional. 4. Sólo se tomará en cuenta el incremento del curso que otorga mayor puntaje. 5. Esta norma entrará en vigencia a partir del Proceso de Ascensos Promoción 2008. TABLA DE PUNTAJE Nº 04 PARA DETERMINAR LA NOTA DEL SUBFACTOR SERVICIOS PRESTADOS, PUNTAJE BÁSICO E INCREMENTOS Nº INCREMENTO PUNTOS OBS 02 INCREMENTOS c. Campos Ocupacionales (1) Mando de tropa 1.0 (2) Mando de tropa Z/E 1.5 Intercalado “El Incremento por Mando (3) Docencia de Tropa de UU de Armas - ETE 1.3 Servicios que operan en- EMCH 1.4 ZZEE y el de EM en ZZEE- EEAA SS y de 1.4 será aplicable en forma Especialización intercalada por años - ESGE 1.5 dentro del tiempo que (4) Estado Mayor 1.1 ha servido el oficial en (5) Estado Mayor Z/E 1.4 Intercalado d icha zona. (6) MINDEF , CCFFAA, 1.1 CAEN, CSJM, IGN. (7) Poderes Públicos y 0.9 Agregadurías (8) Alumnos y Participantes 0.6Nº INCREMENTO PUNTOS OBS (9) Hospitalización y 0.5 Suplemento (10) Alta Especialización: 0.2 (OO Subalternos) O O Subalternos todos Pilotos, Ingenieros Carto- los años gráficos y Oficiales Espe- 0.1 (OO Superiores O O Sup Intercalado cialistas en Mantenimiento Intercalado) Ambos casos solo Aereonáutico. Sirviendo en Brig AE o IGN. (11) Contingentes en Opns de 1.4 Paz. (12) Observadores Militares. 1.2 (13) Alumnos en Escuelas 0.2 de Alta Especialización. d. Por condecoraciones (3) Por MAE (3) La MAE UNICAMENTE (a) Por desempeño otorgará puntaje por de- Académico Calificado sempeño académico cali- - Al Mérito 2.0 ficado y por ser autor de- Distinguido 3.0 un proyecto de compro- - Honor 4.0 bada utilidad o una obra original de calificada importancia profesional. f. Por Comisiones o Trabajos Individuales. Participación en Comisión de 1.0 (1) La DIPERE estable- Trabajo designada por la OGE, cerá la N ormatividad Resolución Minist erial o Dispo- correspondiente. sitivo Superior, para el estudiopreparación y formulación de (2) Es r equisito que el Proyectos de Leyes u otras nor- proyecto que elabore mas que directamente incidan la comisión sea con- en el mejoramiento Institucional. cluído aprobado y puesto en vigencia. (3) El puntaje tendrá vali- dez, solo para elascenso a la clase inmediata superior. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de junio del año 2006. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10093 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G43/G61/G6E/G61/G64/GE1/G2C/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 212-2006-DE/SG Lima, 5 de junio de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímiles (DGS) Nºs. 414 y 416 de fecha 3 de mayo de 2006, y con Facsímiles (DGS) Nº 420, 425 y 429 defecha 4 de mayo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingresode personal militar de la República de Chile, Canadá, Estados Unidos de América, Argentina y Brasil, sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú será el anfitrión del IV Juego de Guerra Hexalateral 2006, con la participación de las Marinas de Chile, Canadá, Estados Unidos de América, Argentina y Brasil; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856;