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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (07/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320408El Peruano miércoles 7 de junio de 2006 del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizan en forma directa mediante acciones inmediatas, desarrolladas por la dependencia encargada de lascontrataciones y adquisiciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto; Que, en consecuencia, al producirse una situación enmarcada en los términos del inciso e) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerardel proceso de selección que corresponda, la contratación del Servicio de Renovación de Soporte Técnico Oracle del Programa Nacional FONCODES, por tratarse deservicios que no admiten sustitutos y existir proveedor único, autorizando su contratación mediante acciones inmediatas, por un valor referencial de S/. 32,823.00(Treinta y Dos Mil Ochocientos Veintitrés y 00/100 Nuevos Soles) incluido I.G.V, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del citado Texto Único Ordenado, y conformea lo indicado en el artículo 148 de su Reglamento; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM; en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de la contratación del Servicio de Renovación de Soporte Técnico Oracle para el Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES,por tratarse de servicios que no admiten sustitutos y existir proveedor único. Artículo 2º.- Autorizar al Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES para que, a través de su Unidad Administrativa realice dicha contratación mediante acciones inmediatas, porun valor referencial de S/. 32,823.00 (Treinta y Dos Mil Ochocientos Veintitrés y 00/100 Nuevos Soles) incluido I.G.V., para la contratación del Servicio de Renovaciónde Soporte Técnico Oracle por el período de un (1) año. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación objeto de la exoneración a que se refieren los artículosprecedentes, será financiado a través de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional Fondo deCooperación para el Desarrollo Social - FONCODES. Artículo 4º.- La contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por la presente Resoluciónse regulará por las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas complementarias. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, así como su publicación en el Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 09971/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G55/G6E/G69/G64/G61/G64 /G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G75/G74/G65/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G49/G4E/G41/G42/G49/G46 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2006-MIMDES Lima, 6 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 194-2006- MIMDES de fecha 21 de marzo de 2006, se designó al abogado PEDRO ANDRES FRANCISCO MEJIA SALAS en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial deInvestigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, cargo considerado deconfianza; Que, es necesario dar por concluida la citada designación, así como designar al funcionario quedesempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funcionesdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del abogado PEDRO ANDRÉS FRANCISCO MEJIA SALASen el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF , dándosele las gracias porlos servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la abogada LUCRECIA LOURDES CHAVEZ FLORES en el cargo de Gerentede la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 10052 PRODUCE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G65/G78/G70/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G50/G69/G75/G72/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G75/G61/G6C/G65/G73/G20/G73/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/G6F/G6E/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2006-PRODUCE/DVP Lima, 31 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, por medio de las Resoluciones Directorales Nºs. 074-2005-GRP-420020-100, 075-2005-GRP-420020- 100 y 076-2005-GRP-420020-100, emitidas todas confecha 10 de mayo de 2005, la Dirección Regional de Producción de Piura otorgó permisos de pesca a las empresas PERUVIAN SEA FOOD TUMBES S.A.C.,PERUVIAN SEA FOOD ZORRITOS S.A.C., y PERUVIAN SEA FOOD LAS MARÍAS S.A.C., sobre las embarcaciones pesqueras artesanales denominadas“SEADRA”, “EKANS”, y “TIUSKA”, respectivamente; Que, conforme a sendos permisos de pesca, las embarcaciones “SEADRA”, de matrícula CO-20771-BMy de 5,28m3 de capacidad de bodega, “EKANS”, de matrícula CO-20769-BM y con 5.28m3 de capacidad de bodega así como “TIUSKA”, de matrícula CO-20770-BM