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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (07/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 7 de junio de 2006 320405REPUBLICADELPERU Que, el señor abogado Alejandro Ignacio Tudela Chopitea, en su calidad de Ministro de Justicia, participará en la referida Reunión, la misma que se encuentra inmersa en los objetivos a cumplir en el presente año por el Ministerio de Justicia; Que, mediante el documento de visto, el Despacho Ministerial ha designado al señor abogado Edgardo Hopkins Torres, Jefe del Gabinete de Asesores de laAsesoría Técnica del Ministerio de Justicia, para acompañar al Ministro de Justicia en la referida reunión, por lo que es necesario autorizar el viaje del mencionadofuncionario y los gastos a realizarse; Que, el financiamiento de los gastos que se deriven de la presente Resolución, serán asumidos con cargo alos recursos del Ministerio de Justicia; Estando a lo informado por la Oficina General de Economía y Desarrollo, y contando con las visaciones de las OficinasGenerales de Administración y Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase el viaje del señor abogado Edgardo Hopkins Torres, Jefe del Gabinete de Asesores de la Asesoría Técnica del Ministerio de Justicia, a laciudad de Buenos Aires, República de Argentina del 8 al 10 de junio de 2006, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 835,28 Viáticos US$ 400,00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el referido funcionariodeberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 10106 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G70/G72/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G58/G49/G56 /G50/G6C/G65/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G45/G67/G6D/G6F/G6E/G74 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2006-JUS Lima, 6 de junio de 2006 Visto, el Oficio UIF-409-2006/DE del 17 de mayo de 2006, del Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), y el Oficio Nº 419-2006-JUS/OGED de la Oficina de Economía y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, el Grupo Egmont, es una Organización Internacional que agrupa a las UIF's del mundo para elintercambio de información y cooperación entre las mismas con el propósito de combatir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo; Grupo del cual esmiembro la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú); Que, el referido Grupo ha invitado a la UIF-Perú en su calidad de miembro para participar en el XIV Plenario delGrupo Egmont, que se llevará a cabo en la ciudad de Limassol, República de Chipre, del 12 al 16 de junio de 2006, en el cual se debatirán entre otros temas, el análisisde políticas y mejores prácticas que se vienen instaurando o deben instaurarse en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo, el intercambio continuode conocimiento y experiencias en las diversas tipologías que se generan, seguridad de la información, incorporación de nuevos miembros, además de tener que asistir a lasreuniones del Outreach Group, grupo de trabajo donde se evalúan las solicitudes de ingreso al Grupo Egmont de diversas UIF del mundo, del cual la UIF-Perú forma parte; Que, en este sentido resulta conveniente y necesario para los intereses institucionales que el Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en sucondición de titular del pliego y máxima autoridad de la UIF-Perú, asista al mencionado Pleno, en el cual se tratarán temas directamente relacionados con lasfunciones para las cuales la UIF-Perú fue creada, los que a su vez son indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas para el presente ejercicio; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto que ocasione el viaje serán cubiertos por el Pliego Presupuestal Unidad deInteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006, y suReglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase el viaje del señor Carlos Antonio Hamann Pastorino, Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), a la ciudadde Limassol, República de Chipre, del 10 al 18 de junio del 2006, de acuerdo con los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal Unidad de Inteligencia Financiera del Perú(UIF-Perú), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,992,31 Viáticos US$ 1,820,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autorizadeberá presentar a su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 10107 MIMDES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G20/G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G59/G75/G6E/G67/G61/G79 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2006-MIMDES Lima, 5 de junio de 2006