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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321550El Peruano jueves 15 de junio de 2006 Toda persona natural o jurídica que administre surtidores de agua, sea como propietario o poseedor yque suministre agua para consumo humano, deberá contar con la autorización Municipal de funcionamiento respectiva. Asimismo, toda persona natural o jurídica que sea propietario de camiones cisterna, que distribuyan y comercialicen agua para consumo humano, deberácontar con el permiso de comercialización respectivo. Artículo Quinto.- De los Surtidores Los propietarios o poseedores administradores de surtidores de agua apta para consumo humano, para obtener su Autorización Municipal de funcionamiento enla jurisdicción, además de cumplir con los requisitos generales establecidos para el otorgamiento de cualquier licencia de funcionamiento, deberán cumplir con losiguiente: 1. Solicitud dirigida al Alcalde 2. Presentación del Certificado de Inscripción Numerado otorgado por el Ministerio de Salud. 3. Declaración Jurada comprometiéndose a cumplir con las condiciones sanitarias reguladas en la presente Ordenanza. 4. Presentación del Libro de Registro de camiones cisterna adscritos a su surtidor, en el que se consignarán los siguientes datos: a) Número de placa del vehículo; b) Número de registro de la inscripción otorgada por el Ministerio de Salud; c) Nombre del chofer, número de brevete y nombre del ayudante; d) Capacidad de la cisterna;e) Zona y/o Asentamientos Humanos a los que atiende; f) Certificado de desinfección de la cisterna del vehículo, con vigencia máxima de 6 meses. g) El surtidor deberá colocar un cartel (3m2 x 1m2 1/2) de fondo celeste con letras blancas que diga “Aguaapta para consumo humano” en un lugar visible. Artículo Sexto.- Plazos El procedimiento para obtener la autorización tendrá un plazo de duración de treinta (30) días hábiles como máximo y lo otorga la Gerencia de Servicios a la Ciudad,previo informe de las áreas respectivas. Artículo Séptimo.- De los Camiones Cisterna Los propietarios de camiones cisterna para obtener el "Permiso de la autorización para la distribución y comercialización de agua para consumo humano" en lajurisdicción del distrito de San Juan de Miraflores, deberán efectuar el siguiente procedimiento: a) Solicitud dirigida al Alcalde. b) Pago de derechos administrativos. c) Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo y/o contrato de compraventa. d) Certificado de Inscripción numerado vigente otorgado por el Ministerio de Salud. e) Certificado domiciliario del propietario y/o conductor del vehículo vigente a la fecha de la solicitud de permiso otorgado por la Comisaría de la PNP de su Sector. f) El exterior del camión deberá estar pintado de color celeste debiendo colocar en la parte externa y a lo largo del depósito cisterna en forma visible la palabra “AguaPotable”, cada letra deberá tener como mínimo una medida de 30cm X 20cm. El procedimiento tendrá un plazo de duración de 15 días hábiles y lo otorga la Gerencia de Servicios a la Ciudad previo informe de las áreas respectivas. TÍTULO III.- DEL REGISTRO Artículo Octavo.- De la inscripción en el Registro La Municipalidad a través de la Gerencia de Serviciosa la Ciudad en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Seguridad Ciudadana y elPrograma De Lucha Contra La Pobreza, llevará un Registro actualizado de los surtidores y camiones cisterna que operan en el distrito. Artículo Noveno.- Registro de Surtidores El registro de surtidores, consignará, necesariamente, la siguiente información: 1. Ubicación. 2. Volumen promedio de agua apta para consumo humano que abastece por día. 3. Número promedio de camiones cisterna que se abastecen por día. 4. Identificación del propietario. 5. Presentación del Certificado de Inscripción Numerado otorgado por el Ministerio de Salud. 6. Presentación del Libro de Registro de camiones cisterna, en el que se consignará los siguientes datos: a) Número de placa de vehículo. b) Número de registro de la inscripción otorgada por el Ministerio de Salud. c) Nombre del chofer, número de brevete y nombre del personal auxiliar. d) Capacidad de la cisterna e) Certificado de desinfección de la cisterna del vehículo con vigencia no menor a los 6 meses. Artículo Décimo.- Registro de Camiones Cisterna El registro de Camiones Cisterna, consignará, necesariamente, la siguiente información: 1. Número de placa de vehículo y fotografía del mismo. 2. Número de registro de la inscripción otorgada por el Ministerio de Salud. 3. Nombre del chofer, número de brevete y nombre del personal auxiliar. 4. Vigencia del carné sanitario del chofer y del personal auxiliar. 5. Capacidad de la cisterna. 6. Zona y/o Asentamientos Humanos a los que atiende. 7. Certificado de desinfección de la cisterna del vehículo con vigencia no menor a los 6 meses. 8. Los camiones cisterna deberán contar con la Certificación que lo acrediten en condiciones mecánicas óptimas para así evitar accidentes dada la precariedad y accidentado de las zonas donde se suministrará elagua potable. TÍTULO IV.- DE LAS CONDICIONES SANITARIAS Artículo Décimo Primero.- De las Condiciones Sanitarias de Surtidores Las condiciones sanitarias de los surtidores varían según de donde provenga el agua, y son: 11.1.- Si la fuente es agua subterránea y su captación es mediante un pozo, éste deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Poseer loza circular o cuadrada, de manera que su borde exterior tenga una distancia mínima de 2.5metros hasta el eje del pozo, para impedir la filtración del agua al pozo. b) Tener equipo de bombeo que transporte el agua desde el pozo hasta los camiones cisterna. c) Poseer sistema de desinfección mediante la cloración que garantice en el agua la existencia de 0.8 a1.0 miligramos por litro del cloro residual. 11.2.- Si la fuente es agua subterránea proveniente de un manantial, éste deberá cumplir con los siguientes requisitos: