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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321538El Peruano jueves 15 de junio de 2006 lección las adquisiciones y contrataciones que se reali- cen para los servicios personalísimos, de acuerdo a loque establezca el Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM; Que, el Art. 145º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, precisa que en laclasificación de servicios personalísimos se encuentranexpresamente incluidos los servicios de publicidad queprestan al Estado los medios de comunicación televisi-va, radial, escrita o cualquier otro medio de comunica-ción, en atención a las características particulares quelos distinguen; que es el presente caso; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado y los Arts. 146º y 147º del Reglamento de la Ley citada,indican que en el caso de Exoneración de proceso deselección se aprobará mediante Resolución del Titulardel Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamentede un informe técnico-legal previo y será publicada enel Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copiade la Resolución y el informe que las sustenta a laContraloría General de la República y al Consejo Su-perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a la fecha deaprobación; adicionalmente deberán publicarse en elSistema Electrónico de Adquisiciones y Contratacio-nes del Estado - SEACE; Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el In-forme Técnico Nº 003-OASA-2006 del 19 de mayo de2006 y solicita la Exoneración del proceso de selecciónpara la “Contratación de Servicios de Publicidad en losdiferentes medios de comunicación para promocionar elExamen de Admisión 2006-I de la Universidad Nacionaldel Callao (Radio: RR.PP . Noticias, Okey Radio 91.9 FM,Radio Callao, Radio Comas 101.7 FM, Radio San Juan103.5 FM; Radio Independencia AM 1350, Radio A 94.9FM, Televisión: América Televisión-Canal 4, OKEY TV-Canal 11; Diarios: El Comercio, Perú 21, La República,Ojo, Correo y El Callao)”, por el valor referencial total dehasta S/. 148,614.09 (ciento cuarenta y ocho mil seis-cientos catorce con 09/100 nuevos soles), incluido IGV;adjuntando el Oficio Nº 191-2006-OPLA y el InformeNº 849-2006-UPEP-OPLA, por los cuales la Oficina dePlanificación informa que existe disponibilidad presupues-tal para atender los gastos de la referida exoneración decontratación de servicios de publicidad, con cargo a losrecursos directamente recaudados de la administracióncentral; Estando a lo glosado; al Informe Nº 849-2006- UPEP-OPLA y Oficio Nº 191-2006-OPLA recibidosde la Oficina de Planificación el 19 de mayo de 2006;al Informe Técnico Nº 003-OASA-2006 recibido de laOficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares el22 de mayo de 2006; al Informe Nº 370-2006-AL reci-bido de la Oficina de Asesoría Legal el 29 de mayo de2006; a la documentación sustentatoria en autos; y,en uso de las atribuciones que le confieren los Arts.158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el Art.33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE:1ºAPROBAR la Exoneración del proceso de selec- ción en la modalidad de Adjudicación Directa Públicapara la “Contratación de Servicios de Publicidad en losdiferentes medios de comunicación para promocionar elExamen de Admisión 2006-I de la Universidad Nacionaldel Callao (Radio: RR.PP . Noticias, Okey Radio 91.9 FM,Radio Callao, Radio Comas 101.7 FM, Radio San Juan103.5 FM; Radio Independencia AM 1350, Radio A 94.9FM, Televisión: América Televisión-Canal 4, OKEY TV-Canal 11; Diarios: El Comercio, Perú 21, La República,Ojo, Correo y El Callao)”. 2ºAUTORIZAR a la Comisión de Admisión para que lleve a cabo la mencionada contratación en forma direc-ta, mediante acciones inmediatas, el cual debe sujetarsea lo prescrito en el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en el Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, ydemás normatividad vigente; y, procedan a la contrata-ción de los referidos servicios de publicidad, por el mon-to total de hasta S/. 148,614.09 (Ciento cuarenta y ochomil seiscientos catorce con 09/100 nuevos soles), in-cluido IGV, según el siguiente detalle: MEDIO DE COMUNICACIÓN V ALOR REFERENCIAL (EN NUEVOS SOLES) RADIO EMISORASRADIO RR.PP . NOTICIAS 20,083.46 OKEY RADIO 91.9 FM 9,898.52RADIO CALLAO 2,618.00RADIO COMAS 101.7 FM 1,767.15RADIO SAN JUAN 103.5 FM 1,767.15RADIO INDEPENDENCIA AM 1350 1,767.15 RADIO A 94.9 FM 28,274.40TELEVISORASAMÉRICA TELEVISIÓN-CANAL 4 22,185.50OKEY TV-CANAL 11 6,393.60DIARIOSEL COMERCIO 9,563.26 PERÚ 21 3,591.06 LA REPÚBLICA 2,484.72OJO 14,922.60CORREO 18,480.40 EL CALLAO 4,817.12 TOTAL 148,614.09 3ºDISPONER, que a través de la Oficina General de Administración el egreso que origine la presenteResolución se cargará al Programa 029: “EducaciónSuperior”, Subprograma 076: “Superior Universitaria”,Actividad 1-00199: “Desarrollo de la Educación Uni-versitaria”, Componente 3-0498: “Desarrollo de la En-señanza”, Específica del Gasto 68: “Publicidad”, concargo a los recursos directamente recaudados de laadministración central. 4ºTRANSCRIBIR la presente Resolución a los Vicerrectores, Facultades, CONSUCODE, Escuela dePosgrado, Órgano de Control Institucional, Oficina dePlanificación, Oficina de Asesoría Legal; Oficina de Abas-tecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General deAdministración, Oficina de Archivo General y RegistrosAcadémicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto,Oficina de Tesorería, ADUNAC, e interesados, para co-nocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR M. MEREA LLANOS Rector 10606 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4E/G44/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G50/G43/G49 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 050-CND-P-2006 Lince, 7 de junio de 2006 VISTO: El Decreto Supremo Nº 053-2003-RE del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,