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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (15/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 15 de junio de 2006 321539REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional (APCI) aprobado por el Decreto Supremode visto, establece que dicha Entidad cuenta en suestructura orgánica con un Comité de CoordinaciónMultisectorial, que actúa como instancia de enlace ycoordinación con los responsables de cooperación delos Ministerios, Gobiernos Regionales, GobiernosLocales, otros poderes del Estado y de los organismosconstitucionalmente autónomos, para fortalecer losespacios de concertación y diálogo de la política y gestiónde la cooperación técnica internacional; Que, el inciso b) del artículo 13º del Reglamento acotado en el considerando precedente, señala que el Comité estáconformado, entre otros, por los directores o jefes de lasoficinas responsables de la cooperación de los Ministerios oquienes hagan sus veces, virtud por la cual, resulta pertinentedesignar a la Responsable de la Oficina de CooperaciónInternacional como representante del Consejo Nacional deDescentralización (CND) ante dicho órgano; Con el visto bueno de la Responsable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27594 y 27783, y el Decreto Supremo Nº 053-2003-RE, y en uso de las atribuciones contenidas en laResolución Presidencial Nº 036-CND-P-2003,Reglamento de Organización y Funciones del CND; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designación de representante ante Comité Designar a la Señora MARÍA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI-TELLO, Responsable de la Oficinade Cooperación Internacional, como representante delCND ante el Comité constituido por el Reglamento deOrganización y Funciones de la APCI aprobado por elDecreto Supremo Nº 053-2003-RE. Artículo 2º.- Presentación de Informes La representante designada presentará al Despacho Presidencial del CND, dentro de los dos (2) días hábilessiguientes a cada sesión que realice el Comité, un Informeen el que detallará su participación respecto de los temastratados, así como copia del Acta de la misma. En talsentido, la representante coordinará la posicióninstitucional con la Alta Dirección, previamente a suparticipación en cada sesión del Comité. Artículo 3º.- Vigencia de la representación La designación de la representante tiene vigencia en tanto dure la labor del Comité, salvo modificación de lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS THAIS DÍAZ Presidente 10540 CONSUCODE /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65 /G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G4F/G72/G61/G63/G6C/G65 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 247-2006-CONSUCODE/PRE Jesús María, 12 de junio de 2006VISTOS: El Informe Nº 642-2006/GAF-SGL emitido por la Subgerencia de Logística y Servicios Generales y elInforme Legal Nº 059-2006(GAJ) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, como los Memorandos Nº 260-2006(GIDP) y Nº 123-2006/GSIS-SGSCIT de la Gerenciade Investigación, Desarrollo y Planeamiento y laSubgerencia de Soporte, Comunicaciones eInnovaciones Tecnológicas respectivamente; CONSIDERANDO:Que el año 2001, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, convocó ala Licitación Pública Internacional Nº 001-2001-CONSUCODE (segunda convocatoria), según relaciónde Ítems para la contratación de Software y Hardware,otorgándose la buena pro del Ítem 1 “Adquisición deSoftware y Soporte Técnico” a la Empresa SistemasOracle del Perú S.A.; Que mediante Resolución Nº 234-2005- CONSUCODE/PRE del 21 de junio de 2005, se declaróla contratación del Servicio de Soporte Técnico paraProductos Oracle, como un servicio que no admitesustituto y se le exoneró de la realización de unaAdjudicación Directa Selectiva, contratándose el citadoservicio por un período de doce (12) meses que venceel 24 de junio de 2006; Que el 28 de abril de 2006, mediante Memorando Nº 123-2006/GSIS-SGSCIT la Subgerencia de Soporte,Comunicaciones e Innovaciones Tecnológicas, solicitóla contratación del servicio anual de soporte técnico paralos productos Oracle, habiendo la Subgerencia deLogística y Servicios Generales fijado el valor referencialen el monto de Veinticinco Mil Setecientos Cuarenta yCinco y 79/100 Nuevos Soles (S/. 25,745.79), por lo quecorrespondería convocar a una Adjudicación DirectaSelectiva; Que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de CONSUCODE correspondiente al período 2006,aprobado por Resolución Nº 002-2006-CONSUCODE/PRE, considera en el número 06 de referencia, laContratación del Servicio de Soporte Técnico para losproductos Oracle mediante una Adjudicación DirectaSelectiva; Que mediante Memorando Nº 123-2006/GSIS- SGSCIT de 28 de abril de 2006, la Subgerencia deSoporte, Comunicaciones e Innovaciones Tecnológicas,emite el Informe Técnico, señalando que CONSUCODEutiliza productos Oracle para cubrir las necesidades delSistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), queactualmente se emplean en diferentes módulos de laentidad, señalando que por ello la renovación del serviciode soporte técnico permitirá reducir el índice de fallaspor problemas de vulnerabilidad, permitiendo mayoreficiencia y correcto funcionamiento de los productosOracle, acceso a la información técnica sobre losproductos vía acceso a Internet, así como se podráutilizar las últimas versiones de los productos,actualizaciones, como el soporte técnico para la soluciónprecisa y rápida de problemas técnicos, entre otrosservicios adicionales, por lo que en consideración a quedicho soporte técnico y actualización son realizadasdirecta y únicamente por la empresa Oracle del PerúS.A., recomienda se adopten las gestiones para sucontratación; Que, mediante carta s/n de 24 de mayo de 2006, la Empresa Sistemas Oracle del Perú S.A informa queOracle Corporation es dueña directa e indirecta de losderechos de autor y propiedad intelectual de losproductos Oracle; o le han sido otorgados los derechosde distribución de productos Oracle, los cualesincluyen derechos de autor y propiedad intelectual quepertenecen a otra entidad, y que ella es la únicaempresa autorizada por Oracle Corporation pararenovar los servicios de soporte técnico Oracle en elterritorio de Perú; Que mediante el Memorando Nº 260-2006(GIDP) de 26 de mayo de 2006, la Gerencia de Investigación,Desarrollo y Planeamiento informó respecto a ladisponibilidad presupuestal para la Contratación delServicio de Soporte Técnico para los productos Oracle,que es factible proceder la contratación del citadoservicio;