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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (15/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321552El Peruano jueves 15 de junio de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C RESOLUCIÓN Nº 438-2006-A/MPCH Chincha Alta, 2 de junio de 2006Visto el Informe Nº 031-2006-GM/MPCH, de fecha 2 de junio de 2006, presentado por doña Genoveva Romucho Flores, Gerente Municipal. Sobre prórroga o renovación de contrato del profesional abogado don Antonio GalluccioGuisa, como Procurador Público Municipal. CONSIDERANDO: Que, es necesario renovar el contrato del mencionado profesional, para no dejar desprotegida la defensa judicial de la Municipalidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 17, del artículo 20º de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Contratar los servicios del profesional de confianza, Dr. Antonio Galluccio Guisa,como Procurador Público Municipal, del 2 de junio del 2006 al 30 de junio de 2006 y/o hasta que se designe nuevo procurador. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente al Consejo Judicial de Defensa del Estado, la Corte Superior de Justicia de Ica, Presidente de la SalaMixta Descentralizada de la provincia de Chincha, Contraloría General de la República y a las oficinas correspondientes para los fines pertinentes.Regístrese, publíquese y archívese. FÉLIX AMORETTI MENDOZA Alcalde 10493 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G52/GED/G6F/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65/G22/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G63/G61/G20/G4E/G6F/G72/G4F/G72/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G48/G75/G61/G79/G6C/G69/G6C/G6C/G61/G73/G22 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 063-MPSC. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO; el Expediente Nº 861-200MPSC/SG, mediante el cual la Comisión de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que Crea el Área deConservación Municipal de las Cuenca del "Río Grande" y la Cuenca Nor Oriental del "Huaylillas", en el distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión y el InformeNº 037-2005-MPSC-Hco-DST/Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley 27680, consagra el concepto de Autonomía Municipal, garantía institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienenautonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su turno el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Bases de la Descentralización, define en su numeral 9.1 de la autonomía política, planes y normas en su asunto de la competencia, de aprobar y de expedir sus normas,ANEXO 1 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS SANCIONES Código de Subgerencia de Servicios a la Salud Infracción Subgerencia de Policia Municipal Tipo Pocentaje Descripción Accesorios Programa de Lucha Contra la Pobreza 1 Por carecer de Autorización para surtidor Multa 50% V alor UIT Regularización y Clausura Temporal 2 Por Carecer De Permiso para camión cisterna Multa 10% V alor UIT 3 Por Carecer De Permiso ( reiterativo ) para surtidor Multa 100% Valor UIT Clausura Definitiva 4 Por Carecer De Permiso ( reiterativo ) para Multa 20% Valor UIT Decomiso sin camión cisterna perjucio de la acción penarespectiva 5 Venta de agua no apta para el consumo humano Multa 50% Valor UIT Decomiso sin (1º vez) camión cisterna perjucio de la acción respectiva 6 Venta de agua no apta para el consumo humano Multa 100% Valor UIT Decomiso sin (1º vez) surtidor perjucio de la acción respectiva Venta de agua por camiones cisterna cuyo permiso 7 se encuentra suspendido Multa 10% V alor UIT Venta de agua por surtidor cuya autorización de Multa 30% V alor UIT Clausura 8 operación se encuentra suspendida temporal Venta de agua por camiones cisterna cuyo permiso Multa 20% V alor UIT Internamiento de 9 de operación se encuentra suspendido (reiterativo) V ehículo Venta de agua por surtidor cuya autorización se Multa 50% V alor UIT Clausura 10 encuentra suspendida ( reiterativo ) definitiva Suspendido 11 Pintado Multa 20% V alor UIT temporalmente una Semana 12 Surtidores Multa 100% Valor UIT Clausura definitiva 10515