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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (26/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 26 de junio de 2006 322541REPUBLICADELPERU DIFERENCIADO EN HOSPITALES E INSTITUTOS ESPECIALIZADOS DE LA RED ASISTENCIAL DELMINISTERIO DE SALUD". Artículo 2º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 071- 90-SA/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11189 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G53/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G61/GF1/G6F/G73/G20/G6E/G6F/G54/G72/G61/G73/G6D/G69/G73/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 587-2006/MINSA Lima, 22 de junio del 2006 Visto el Expediente 06-049742-001, que contiene el MEMORÁNDUM Nº 1985-2006-DGSP/MINSA de laDirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA, de fecha 27 de julio de 2004, se estableció, entre otras,la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Controlde Daños No Trasmisibles de la Dirección General de Salud de las Personas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2005/ MINSA, de fecha 6 de enero de 2005, se nominó comoCoordinadora Nacional de la Estrategia SanitariaNacional de Prevención y Control de Daños NoTrasmisibles de la Dirección General de Salud de las Personas, a la doctora María del Rosario Cecilia Solís Rosas García; Que, la citada profesional ha formulado renuncia a su nominación como Coordinadora Nacional de la EstrategiaSanitaria Nacional de Prevención y Control de Daños NoTrasmisibles de la Dirección General de Salud de las Personas; Con la visación de la Dirección General de Salud de las Personas y de la Oficina General de AsesoríaJurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de la doctora María del Rosario Cecilia Solís Rosas García, comoCoordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacionalde Prevención y Control de Daños No Trasmisibles de laDirección General de Salud de las Personas, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Nominar al Dr. Walter Humberto Ravelo Chumioque, Director de Servicios de Salud de la DirecciónGeneral de Salud de las Personas, como CoordinadorNacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencióny Control de Daños no Trasmisibles de la DirecciónGeneral de Salud de las Personas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11190/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6C /G64/G69/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G73/G20 /G64/G65 /G6E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 95-2006-P-CSJCL/PJ Callao, 20 de junio del 2006LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO Y CONSIDERANDO Que, es política de la presente Gestión mejorar cada vez más el servicio de Justicia en este Distrito Judicial. Que, al respecto, la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia cuenta con el Sistemade recepción y diligenciamiento de las notificacionesque se elaboran en los Juzgados de Paz Letrados, Mixtos, y Especializados en lo Civil, Familia y Laboral del Callao. Que, luego de haberse evaluado los resultados del sistema piloto de notificación de las cédulas emitidas porel Décimo y Décimo Primer Juzgado Penal del Callao através de la Central de Notificaciones y habiéndose perfeccionado el Sistema Informático implantado en dicha dependencia, se tiene que se presentan las condicionespara que pueda asistir con el diligenciamiento de lascédulas de notificación que emanan de los procesostramitados por los demás Juzgados de dichaespecialidad, de forma que se tenga un control rápido y eficaz de dicho acto procesal. Que, siendo ello así debe adoptarse las disposiciones necesarias que regulen el sistema de recepción ydiligenciamiento de cédulas de notificación elaboradasen los Juzgados Penales a través de la Central deNotificaciones de esta Corte Superior, siempre que no colisionen con la norma penal adjetiva vigente. Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, porlos incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del 26 de junio del 2006, los Juzgados Especializados en loPenal del Callao, remitan a la Central de Notificaciones de esta Corte Superior, las cédulas de notificaciones que emanen de los procesos judiciales tramitados pordichos órganos jurisdiccionales, con excepción de lossiguientes: - Hábeas Corpus. - Querellas. - Medidas Excepcionales.- Citación de comparecencia, la que deberá efectuarse conforme a lo establecido en el artículo 80º del Códigode Procedimientos Penales. - Incidentes de Libertad Provisional. Artículo Segundo.- DISPONER que para efectos de lo previsto en el artículo primero, los auxiliaresjurisdiccionales del área penal deberán cumplir en formaobligatoria con las siguientes funciones: