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PÆg. 313925 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 correspondientes al año 2006; la misma que dispone en su Artículo 3º que dichos Arbitrios Municipales son deperiodicidad mensual y su pago se efectuará mensualmentehasta el último día hábil del mes respectivo, es decir, en este caso hasta el 28 de febrero del 2006; Que, en mérito a los innumerables pedidos de los contribuyentes que no han podido acogerse a lo normadoen la mencionada Ordenanza; es necesario ampliar la fecha devencimiento hasta el día 17 de marzo del 2006; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 17 de marzo de 2006 el vencimiento del pago de arbitrios municipalescorrespondientes al mes de febrero del presente año tal yconforme a los términos expuestos en la OrdenanzaNº 024-MDSA. Artículo Segundo.- Dar cuenta a la Sesión de Concejo y encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informática yEstadística y Ejecutoría Coactiva, así como a la Gerenciade Imagen Institucional, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 04075 Prorrogan plazo de pago al contado y primera cuota del Impuesto Predialcorrespondiente al ejercicio fiscal 2006 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2006-ALC/MDSA. Santa Anita, 1 de marzo del 2006. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 031-MDSA de fecha de 22 de diciembre del 2006, se fija el monto que deberánabonar los contribuyentes por concepto de Derecho deEmisión Mecanizada de Actualización de Valores, DeclaraciónJurada y Determinación del Impuesto Predial del año 2006,de los predios ubicados en el distrito de Santa Anita; Que, mediante Informe Nº 041-2006-SGAT-GR/MDSA la Subgerencia de Administración Tributaria manifiesta queel vencimiento del pago al contado y la primera cuota delImpuesto Predial de conformidad con el artículo 15º delDecreto Legislativo Nº 776- Ley de Tributación Municipalvence el 28 de febrero del 2006; Que, en mérito a los innumerables pedidos de los contribuyentes que no han podido cumplir con susobligaciones del pago, es necesario ampliar la fecha devencimiento de pagos del Impuesto Predial hasta el 17 demarzo del 2006; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 17 de marzo de 2006 el vencimiento del pago al contado y primeracuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal2006. Artículo Segundo.- Dar cuenta a la Sesión de Concejo y encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informática y Estadística y Ejecutoría Coactiva, así como a la Gerenciade Imagen Institucional, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 04076PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican TUPA de la Municipalidad en lo referente al órgano de recepción de solicitudes de diversos procedimientos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000005 Callao, 27 de febrero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 000017 de fecha 20 de mayo del 2004, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao, indicandoa la Gerencia de Recepción Documental y Archivo General, comola dependencia donde se inicia el trámite del ProcedimientoCoactivo y Servicio de Copias Certificadas de piezas procesales,correspondiente a la Gerencia de Ejecución Coactiva dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano; Que, el artículo 117.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que cadaentidad tiene su unidad de general de recepcióndocumental, facultándose a la entidad cuando brindeservicios en varios inmuebles ubicados en zonas distintas abrir en cada local Registros Auxiliares al principal; Que, el artículo 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, dispone que una vezaprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos,toda modificación que no implique la creación de nuevosprocedimientos, el incremento de derechos o de los requisitos de la tramitación, debe realizarse por Decreto de Alcaldía; Que, con el fin que la Gerencia de Ejecución Coactiva y la Gerencia de Transporte y Tránsito dependientes de la GerenciaGeneral de Transporte Urbano, puedan cumplir de maneraeficiente sus funciones, y que los administrados presenten losrecursos y/o escritos pertinentes de manera directa sin más trámite que los especificados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Corporación Edil, se hace necesariomodificarlo señalando como órgano de recepción de lassolicitudes respectivas a la Unidad Orgánica referida; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia General de Transporte Urbano y de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la MunicipalidadProvincial del Callao, aprobado por Ordenanza Nº 000017 defecha 20 de mayo de 2004, señalando como UnidadReceptora Documental a la Mesa de Partes que funciona enla Gerencia de Transporte y Tránsito para los Procedimientos consignados con los Nº 28 y Nº 29, y a la Gerencia de Ejecución Coactiva para los procedimientos consignados con los Nº 30,Nº 31, Nº 32 y Nº 33, conforme se señala en el anexo queforma parte del presente dispositivo. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Transporte y Tránsito, Gerencia de Ejecución Coactiva dependiente de Gerencia General de Transporte Urbano y a la Gerencia de Recepción Documental y Archivo General,el cabal cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 03977