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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2006 (04/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

PÆg. 313922 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 primera cuota de Arbitrios 2006, hasta el sábado 11 de marzo del 2006. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 04072 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban celebración del "I Matrimonio Civil Comunitario del Aæo 2006" DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2006-MDI Independencia, 1 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto, el Informe Nº 051-2006-URC-GSG/MDI, de fecha 21 de febrero del 2006, procedente de la Unidad de RegistroCivil, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y elEstado protegen a la familia, promueven el matrimonio ylos reconoce como institutos naturales y fundamentales dela sociedad; Que, según lo prescrito en el Artículo 233º del Código Civil, la regularización jurídica de la familia tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armoníacon los principios y normas proclamadas en nuestra CartaMagna; Que, se ha tomado conocimiento que en nuestra Jurisdicción existe un alto índice de parejas de escasos recursos económicos que han conformado su hogar bajounión de hecho y desean formalizar su estado civilcontrayendo matrimonio; Que, es política primordial de la actual Gestión Municipal, proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; Que, mediante los documentos del visto, la Unidad de Registro Civil y la Gerencia de Secretaría General de estaCorporación Edilicia, sugieren la realización del I MatrimonioCivil Comunitario del año en curso; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política delPerú, los Artículos 233º, 234º y 248º del Código Civil, y enuso de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º,incisos 6 y 16, y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del “I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2006” a llevarse a cabo el día 13 de mayo del 2006 a horas 9:00 a.m. en la explanada de la Plaza Cívica del distritoINDEPENDENCIA, Artículo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los requisitos establecidos en los Artículos 248º y siguientesdel Código Civil y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Tercero.- Disponer la exoneración de los plazos legales para la referida celebración y la dispensa de lapublicación del Edicto Matrimonial por cuenta de laMunicipalidad. Artículo Cuarto.- Fijar como pago único por concepto de pliego matrimonial comunitario la suma de S/. 80.00(Ochenta y 00/100Nuevos Soles)Artículo Quinto.- Establecer como fecha término para la presentación de expedientes matrimoniales el día 11 demayo del 2006. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Administración de Recursos y Unidad de Registro Civil elfiel cumplimiento del presente Decreto, y a la Unidad deImagen Institucional la difusión masiva correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 03871 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de Leche Evaporada para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2006-MDSB San Bartolo, 23 de febrero del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLOVISTOS; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 -02-2006, se dio lectura y debatido el Informe Técnico Legal de fecha 23/2/2006, de la Gerencia deAdministración y Finanzas y Oficina de Asesoría Jurídicasobre el Proceso de Adjudicación Directa SelectivaNº 001-2006-CEP/MDSB, de la adquisición de insumospara el Programa Vaso de Leche 2006 y solicitando se declare en situación de desabastecimiento inminente la Adquisición de Leche Evaporada entera para el Programadel Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, correspondiendo al ConcejoMunicipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a laAlcaldía, las funciones ejecutivas; Que, mediante el informe de Vistos, la Gerencia de la Administración y Finanzas quien presidió el Comité EspecialPermanente en el proceso de adjudicación directa selectivaNº 001-2006-CEP/MDSB, para la adquisición de lecheevaporada entera (ÍTEM I) y cereal enriquecido (ÍTEM II)para el Programa Vaso de Leche, dan cuenta que en dicho proceso el 22/2/2006, se llevó la presentación y evaluación de las propuestas presentadas por los postores para losÍtem I y II otorgándose la Buena Pro el Ítem II a la EmpresaSoluciones Alimenticias S.A.C., y con relación al Ítem I sedeclaró desierto, a mérito que habiéndose presentado unpostor ofertando como propuesta económica la suma de S/. 83.519.80, valor que supera al 100% del valor referencial, según sus bases y, amparándose en el Art. 33ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones delEstado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; señalandode las propuestas que excedan a más del 10% del valorreferencial serán devueltos por el Comité Especial y teniéndose por no presentados por haber superado el valor referencial, por no contar con la asignación suficiente derecursos aprobados por el titular; Que, según el Informe Nº 001-A-2006-MDSB/OPP, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Contabilidadda cuenta que lo presupuestado para el Programa Vaso de Leche 2006, en forma mensual corresponde a S/.10,359.00 Nuevos Soles, por lo que no se contaría conlos recursos suficientes para otorgar la buena pro al Ítem Itoda vez que la propuesta del postor Soluciones AlimenticiasSAC supera al 100% del monto referencial, siendo su