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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2006 (04/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

PÆg. 313915 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 contraprestaciones de cualquier tipo o por cualquier concepto a favor de cualquiera de dichos titulares o sus vinculados,distintas a la contraprestación ofrecida en la OPA. Asimismo,cuando se hubiere efectuado una adquisición indirecta previa, deberá incluirse adicionalmente una declaración expresa del ofertante indicando que la contraprestaciónofrecida en la OPA es, cuando menos, equivalente a lacontraprestación pagada en dicha adquisición previa. g) Información sobre la actividad y situación económico financiera del ofertante, con identificación de su patrimonio, ventas, activos totales, endeudamiento, y resultados, haciendo referencia expresa a cualquier salvedad o indicación relevante queconste en los informes de auditoría, acompañando sus estadosfinancieros auditados del último ejercicio anual y no auditados delúltimo trimestre, excepto cuando éste coincide con el cierre delejercicio anual. En caso que el ofertante se haya constituido durante el año calendario en curso, la información señalada será la relativa a los accionistas o fundadores. Asimismo, cuando la sociedadofertante forme parte de un Grupo Económico, debe incluirse lainformación financiera consolidada por los períodos antes indicadosde las empresas que conforman dicho Grupo Económico de formaconsolidada. Cuando el ofertante o la sociedad emisora de valores ofrecidos en intercambio se hayan constituido en el exterior, la información financiera de que trata el presente artículo podrá serauditada por sociedades auditoras de reconocido prestigiointernacional, y podrá ser presentada de conformidad con losprincipios contables generalmente aceptados en el país de origen,siempre que se adjunte un informe suscrito por una sociedad auditora de reconocido prestigio domiciliada en dicho país, indicando las principales diferencias con el régimen vigente en el Perú. II. Información sobre la oferta:a) Denominación y domicilio de la sociedad objetivo; b) Valores a los que se extiende la oferta, con indicación del precio y la cantidad por cada clase de valores y delporcentaje que representan en cada caso respecto delcapital social; c) Contraprestación ofrecida por los valores, indicándose por cada tipo de valor, sean acciones u otro tipo de valores; d) Tratándose de contraprestación en dinero, se indica la moneda en la que se efectuará el pago y, de ser el caso,el tipo de cambio. e) Número máximo de valores que el ofertante se compromete a adquirir y, en su caso, número mínimo de valores a cuya adquisición se condiciona la eficacia de la oferta; f) Garantías vigentes durante todo el plazo de la oferta, constituidas por el ofertante en cumplimiento de loestablecido en el artículo 20; g) Eventual endeudamiento del ofertante o de la sociedad objetivo para la financiación de la oferta, incluyendo un resumen de los principales términos ycondiciones de tal endeudamiento, con indicación de lamodalidad, plazos y garantías. Asimismo, deberá indicarsecualquier otra obligación a ser asumida por la sociedadobjetivo en caso de resultar exitosa la OPA; h) Nombre de la sociedad agente que actúa por cuenta del ofertante; i) Formalidades que deben cumplir y lugar en que los destinatarios de la oferta deben manifestar su aceptación; j) Mecanismo para la liquidación, debiendo indicarse las responsabilidades y penalidades que se aplican en caso que no se emitan y entreguen los valores que se hubieran podido ofrecer como contraprestación; k) Cuando corresponda, indicación de que la oferta forma parte de adquisiciones en actos sucesivos duranteel transcurso de tres años consecutivos, señalando lacantidad total que se pretende adquirir y el porcentaje que representa respecto del capital social; l) Finalidad perseguida con la adquisición y planes respecto de la sociedad objetivo, tales comoreorganizaciones societarias, actos de disposición deactivos, modificaciones estatutarias, reorganización de losórganos de administración, iniciativas respecto a la inscripción en bolsa de los valores u otras actividades, con indicación expresa de si el ofertante tiene previsto excluirlos valores del Registro dentro de los 18 meses siguientesa la fecha de conclusión de la OPA. m) Personas responsables del contenido del Prospecto Informativo, incluyendo una declaración de cada uno de los firmantes distintos del ofertante y de sus principales funcionarios. En dicha declaración se deberá precisar lascomprobaciones que hubiesen realizado directamente o através de terceros expertos. Asimismo, deberá indicarse en elcaso que se hubiere contratado a un tercero, que no se ha encontrado alguna razón que lo lleve a pensar que dicha comprobación contiene información inexacta o falsa o que enel pronunciamiento del tercero se omite información relevantepara efectos que el accionista se forme un juicio fundadosobre las implicancias positivas y negativas de la ofertaefectuada. n) Indicación del área, departamento o persona responsable de su entrega. Asimismo, CONASEV de oficio, puede requerir al ofertante y terceros cualquier otra información no previstaen el artículo anterior cuando ello resulte relevante paraque los inversionistas adopten la decisión de aceptar o nola OPA. El ofertante y la sociedad objetivo deberán difundiral mercado de manera suficiente y oportuna la informaciónadicional que le solicite CONASEV, sin perjuicio de queesta entidad disponga su divulgación a través del Registroy la bolsa correspondiente. El Prospecto Informativo deberá ser suscrito por todos los intervinientes en la elaboración de cada una de sus secciones,incluyendo al ofertante y de ser el caso, a sus principalesfuncionarios. Se entiende por principales funcionarios alprincipal funcionario administrativo, legal, contable y definanzas del ofertante. El ofertante, así como el principalfuncionario administrativo, son responsables por la veracidad,claridad, suficiencia y oportunidad de la totalidad del contenidodel Prospecto Informativo. Los demás intervinientes sonresponsables dentro del ámbito de su competencia. Seentiende por ámbito de competencia la parte o partes delprospecto vinculadas a su función y profesión, en el supuestoen que éstas coincidan, caso contrario a su función. Estosúltimos podrán eximirse de responsabilidad siempre y cuandohayan actuado con la debida diligencia y demuestren haberrealizado directamente o a través de terceros expertos, lasinvestigaciones y comprobaciones que resulten razonablesde acuerdo a las circunstancias para contrastar la veracidad,claridad, suficiencia y oportunidad de la información contenidaen el Prospecto Informativo. ANEXO III CONTENIDO DEL AVISO PARA LA REALIZACIÓN DE LA OPA a) Identificación del o de los ofertantes; b) Nombre de la sociedad agente por cuyo conducto se realiza la oferta; c) Nombre de la sociedad objetivo;d) Clase de valores, cantidad mínima y máxima que se propone adquirir, así como el porcentaje que una y otrarepresentan del capital social; e) Precio que se ofrece pagar por cada uno de los valores a adquirir, el cual debe expresar, cuando lacontraprestación consiste en dinero, la moneda y, en sucaso, el tipo de cambio; f) Cuando la contraprestación consiste total o parcialmente en valores, descripción de los valores que seentregarán en intercambio así como la relación de canjerespecto de cada uno de los valores a adquirir, indicando elnúmero y fecha de la resolución de inscripción del valor en elRegistro; g) Plazo de liquidación, modalidad de pago y forma en que se garantiza; h) Plazo de la oferta, indicando fecha y hora límites;i) Indicación de los lugares en que el prospecto y la documentación relativa a la oferta se encuentra adisposición del público interesado; e, j) Indicación de que la información y documentación de la oferta puede ser observada por CONASEV durantelos 5 primeros días de rueda posteriores a su presentación. ANEXO IV CONTENIDO DEL AVISO PARA LA REALIZACIÓN DE LA OPC a) Identificación del o de los ofertantes. b) Nombre de la sociedad agente de bolsa por cuyo conducto se realiza la oferta. c) Resolución de CONASEV que dispone la exclusión del valor del Registro, condicionada a la realización yliquidación de la OPC. d) Nombre del emisor de los valores materia de la oferta.e) Denominación y clase del valor materia de la oferta. f) Precio que se ofrece pagar, el cual debe expresar la moneda de pago y el tipo de cambio, de ser el caso.