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PÆg. 313933 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 citados representantes, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a supresupuesto, los gastos por concepto de pasajes,viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, modificadopor Decreto de Urgencia Nº 002-2006, el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los señores Mario Pasco Cosmópolis y César Gonzáles Hunt, comorepresentantes del Ministerio de Economía y Finanzas,así como autorizar por excepción sus viajes a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 9 de marzo de 2006, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle: Señor Mario Pasco Cosmópolis Pasajes : US$ 1 006,46 Viáticos : US$ 440,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Señor César Gonzáles Hunt Pasajes : US$ 1 006,46 Viáticos : US$ 440,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje los citados representantes deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 04124 EDUCACIÓN Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a Espaæa para la exposicióndenominada "Tesoros Pre Incas deSipÆn" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2006-ED Lima, 3 de marzo de 2006 Visto, el Oficio Nº 278-2006-INC/DN, cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 13332-05/INC, el señor Miguel Valor Peidro, Vicepresidente y Diputado de Culturade la Diputación de Alicante, solicitó autorización para lasalida temporal del país de ciento treinta y tres (133) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad del Museo Nacional de Arqueología,Antropología e Historia del Perú (50 piezas) y MuseoTumbas Reales de Sipán (83 piezas), a fin de conformenla exposición denominada "Tesoros Pre Incas de Sipán",que se llevará a cabo en el Museo Arqueológico deAlicante, Alicante - España, del 20 de marzo al 20 de junio de 2006; Que, mediante Carta Nº 803 del 13 de diciembre de 2005, la Embajada de España en Perú comunicó el apoyo de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refiere el considerandoprecedente; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, detallados en elanexo adjunto a la presente resolución, están cubiertos contra todo riesgo en la modalidad de "clavo a clavo", en mérito a la Póliza de Seguro Nº 5704209 emitidapor la empresa AXA ART Versicherung, AG. Sucursalde España; Que, mediante Informe Nº 009-2006-INC/SDRMC- DRI/NCR, el Departamento de Registro e Inventario de la Subdirección de Registro y Manejo de Colecciones del Instituto Nacional de Cultura opinó favorablementepor la salida temporal del país de los ciento treinta y tres(133) bienes culturales detallados en el anexo adjunto ala presente resolución, a fin que conformen la exposicióndenominada "Tesoros Pre Incas de Sipán"; Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece queprocede la salida del país de bienes mueblesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación paracasos de exhibición con fines científicos, artísticos yculturales; la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación,tanto en el país como en el extranjero, por lo que dichainstitución recomienda autorizar el préstamo temporalde los bienes a que se refiere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; Decreto Ley Nº 25762, modificadopor la Ley Nº 26510; y Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución y hasta el 29 dejunio de 2006, la salida temporal del país de los bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detalladosen el anexo adjunto a la presente resolución, a fin queconformen la exposición denominada "Tesoros Pre Incas de Sipán", que se llevará a cabo en el Museo Arqueológico de Alicante, Alicante - España, del 20 de marzo al 20 dejunio de 2006. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar lascaracterísticas, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolución, durante su traslado, permanencia fuera delpaís y retorno. Artículo 3º.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autoriza adon Luis Chero Zurita, Subdirector del Museo Tumbas Reales de Sipán, quien cumplirá la labor de verificación del estado de conservación, embalaje,traslados, desembalaje, montaje, desmontaje, yretorno de los mencionados bienes; debiendo informarsobre tales acciones a la Dirección de Museos yGestión del Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, póliza de seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local,tanto en el país como en el extranjero, y visa del comisariodesignado serán íntegramente asumidos por la entidadorganizadora de la exposición. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otroegreso que se origine por la salida y retorno de losbienes culturales a que se refiere la presenteresolución, serán íntegramente cubiertos por la entidadorganizadora de la exposición. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación