Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2006 (07/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de marzo de 2006

MORDAZA vuelta electoral, la misma que culminada la votacion, seguira el MORDAZA establecido. TITULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 14º.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Las infracciones y sanciones se aplicaran de acuerdo a la Ordenanza Nº 188-2003-MDEA, "Reglamento de Aplicacion de Sanciones". Articulo 15º.- INFRACCION SUBSANABLES No sera aplicable la multa si en el termino de tres dias utiles de notificado el infractor de alguna de las disposiciones de esta Ordenanza, procede a subsanar las infracciones constatadas. TITULO VII DISPOSICION TRANSITORIA Primero.- Exceptuese solo por el presente ano del 2006 los efectos de MORDAZA rigida al tramo de la Av. Los Claveles comprendido entre el Jr. Chiquian, la Av. MORDAZA MORDAZA, asi como el Jr. Chiquian en toda su extension. TITULO VIII DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Los casos no previstos en la presente ordenanza se someteran a las normas electorales, vigentes sobre la materia. Tercera.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04161

prohibido ejecutar obras civiles en general, MORDAZA que fuera ampliada por Decreto de Alcaldia Nº 003-2001MSS; las cuales en conjunto, disponen la prohibicion de realizar labores de construccion, remodelacion y obras civiles en general, entre las 20.00 horas y las 7.00 horas de lunes a sabado y los dias domingos y feriados durante las 24 horas; asimismo, se precisa que dicha prohibicion alcanza a las obras publicas y las que efectuan las empresas prestadoras de servicios publicos por cuenta propia o a traves de contratistas; Que, este Corporativo viene recibiendo diversos correos electronicos por parte de los vecinos, quienes coinciden que la ejecucion de obras civiles durante 18 horas, perturban la tranquilidad y paz social, causando en distintas ocasiones ruidos y vibraciones que conllevan a un malestar general del vecino surcano; Que, teniendo en cuenta que uno de los fines estrategicos del Plan de Desarrollo Distrital es el de mantener la reconocida calidad residencial en el distrito, lo que significa evitar, en lo posible, toda alteracion del medio ambiente, en especial los impactos negativos que en materia de ruidos y vibraciones produce la actividad de la construccion moderna; Que, en tal sentido y a fin de uniformizar la legislacion existente, se hace necesario dictar una MORDAZA de caracter general en materia de horario de construccion, derogandose las anteriores; En uso de las facultades establecidas en el inciso 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que las personas naturales o juridicas, que efectuen obras civiles en general en la propiedad privada y publica dentro del distrito de MORDAZA de MORDAZA, deberan realizarlas de lunes a viernes de 07.30 a 17.00 horas y los dias sabados de 07.30 a 13.00 horas; prohibiendose dicha ejecucion las 24 horas de los dias domingos y feriados, precisando que dicho horario debe ser acatado por el sector privado y publico. Se exceptua de dicha prohibicion, el MORDAZA de llenado de concreto premezclado, por razones tecnicas que no puede ser interrumpido, sin embargo, los administrados que deseen acogerse a dicha excepcion deberan comunicarlo a este Corporativo mediante FOM con cinco dias de anticipacion, indicando dia y hora de inicio y termino aproximado del MORDAZA, en todos los casos debera iniciarse el MORDAZA de llenado de concreto MORDAZA de las 10:00 horas. Asimismo, teniendo en consideracion que las personas que residen en los Sectores I y II del distrito de MORDAZA de MORDAZA, gozan de su descanso dominical y que elijan la opcion de autoconstruccion de su vivienda, establecida en la Ley Nº 27157 y su Reglamento; quedan autorizadas para ejecutar dichas obras los dias domingos y feriados de 09.00 a 16.00 horas. Articulo Segundo.- Derogar los Decretos de Alcaldia Nºs. 008-96-DASS y 003-2001-DASS, de fechas 22.2.1996 y 29.11.2001. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas, y a la Gerencia de Fiscalizacion a traves de las Subgerencias de Inspecciones y Control de Sanciones. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 04134

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen horario para la realizacion de obras civiles por parte de personas naturales o juridicas, del sector privado o publico
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2006-MSS MORDAZA de MORDAZA, 3 de marzo de 2006 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 08-96-MSS de fecha 22.2.1996 se establece el horario en el que esta

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