Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2006 (07/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 7 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES
ORDENA:

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relacionado a la dacion de la Ordenanza Regional que apruebe la creacion como linea de cultivo el proyecto de produccion de MORDAZA Aceitera en la Region MORDAZA, con los demas anexos que contiene; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, teniendo como mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, conforme lo expresan los articulos, dos, tres, cuatro y cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad, simplificacion administrativa y concordancia de las politicas regionales; Que, conforme lo establece el articulo treinta y cuatro de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, crean mecanismos para promover la inversion privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento economico regional conforme a ley. En el MORDAZA de sus competencias otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuyan al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas; Que, es atribucion de los Gobiernos Regionales disenar politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a las bases de descentralizacion y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y la de promocion de las inversiones, incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin; Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27037 "Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia", se promulgo el Decreto Supremo Nº 015-2000-AG, que declaro de interes nacional la instalacion de plantaciones de MORDAZA aceitera con la finalidad de fomentar el desarrollo rural alternativo y contribuir con la sustitucion competitiva de importaciones aumentando la oferta nacional de aceites vegetales, encargando a la Unidad de Desarrollo de la Amazonia del Ministerio de Agricultura, la formulacion del Plan Nacional de Promocion de MORDAZA Aceitera, el cual deberia ser aprobado por el Titular del Sector; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0155-2001-AG, de fecha 1 de marzo del 2001, se aprobo el Plan Nacional de Promocion de la MORDAZA Aceitera y mediante Resolucion Ministerial Nº 0488-2005-AG se constituye el Comite Tecnico de Coordinacion para la Promocion de la Cadena Productiva de MORDAZA Aceitera, con la finalidad de implementar los lineamientos de politica y alcanzar los objetivos contemplados en el Plan Nacional de Promocion de la MORDAZA Aceitera; en el cual participa el Gobierno Regional con a traves de sus representantes; Que, la MORDAZA aceitera representa para la Region MORDAZA una importante alternativa para contribuir en la sustitucion de las importaciones de aceites, por cuanto en el territorio regional amazonico existe disponibilidad de areas potenciales para su desarrollo especialmente aquellas, desforestadas por efecto de la agricultura migrada y/o ilicita, asi como tecnologia adecuada para obtener altos rendimientos en aceites de MORDAZA por hectareas; Que, es necesario incentivar estrategicamente las plantaciones de MORDAZA aceitera en el ambito regional a fin de incrementar las MORDAZA internas de aceite vegetal para cubrir las necesidades y demandas de la oferta regional y nacional, promoviendo de esta manera el desarrollo de la agricultura en la Region MORDAZA, considerando asimismo el potencial con el que cuenta las provincias de MORDAZA MORDAZA, Puerto MORDAZA y Maranon para el cultivo de la MORDAZA aceitera;

Articulo Primero.- APROBAR la Promocion del Cultivo de la MORDAZA Aceitera como Cultivo Prioritario y Alternativo en las provincias de MORDAZA MORDAZA, Puerto MORDAZA y Maranon - Gobierno Regional de Huanuco. Articulo Segundo.- Establecer la planificacion y priorizacion de la promocion del Cultivo de la MORDAZA Aceitera en las provincias de MORDAZA MORDAZA, Puerto MORDAZA y Maranon en la Region Huanuco. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Economico proceda al desarrollo del planeamiento de la Promocion del cultivo de la MORDAZA Aceitera en el ambito de la Region Huanuco. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 04033

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 110-MDA Mediante Oficio Nº 022-2006-SG/MDA, la Municipalidad Distrital de Ate solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 110-MDA, publicada en la edicion del dia 5 de marzo de 2006. En el Articulo 39º; DICE:
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO DERECHO POR TRAMITE (Referidos a porcentajes de la UIT) 9.53% 9.53% 3.40% 7.03% 3.65% 1.23% 4.85% 4.85%

1 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva de Expedicion Inmediata 2 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva de Acondicionamiento Previo 3 Licencia Municipal Provisional MYPE 4 Licencia Municipal de Funcionamiento 5 Cese de Actividades 6 Modificacion de Area de Giro 7 Cambio de Razon Social, Denominacion Siglas, RUC, Fusion, 8 Cambio o Denomincion del Domicilio del Establecimiento

DEBE DECIR:
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO DERECHO POR TRAMITE (Referidos a porcentajes de la UIT) 9.53% 9.53% 3.40% 7.03% 3.65% 1.23% 4.85% 4.85%

1 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva de Expedicion Inmediata 2 Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva de Acondicionamiento Previo 3 Licencia Municipal Provisional MYPE 4 Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva MYPE 5 Duplicado de la Licencia Municipal de Funcionamiento 6 Cese de Actividades 7 Modificacion de Area o Giro 8 Cambio de Razon Social, Denominacion Siglas, RUC, Fusion, Cambio o Denominacion del Domicilio del Establecimiento

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