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PÆg. 315188 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 Oficial El Peruano el 24 de ese mes, se aprobó la donación predial a favor de la Asociación Central dePalmicultores de la provincia de Tocache-ACEPAT del predio de propiedad del Estado-Ministerio de Agricultura, de 7.4474 ha (74 474,00 m2.),denominado Fábrica Extractora de Aceite de Villapalma Tananta-Villapalma Sector 2B-1, ubicado en la margen izquierda central del río Huallaga en eldistrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín, inscrito en la Ficha Nº 8036 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº III-Sede Moyobamba-Oficina Registral de Juanjuí y registrado en el Asiento Nº 381 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal-SINABIP, correspondiente aldepartamento de San Martín; señala el artículo 2º que el predio materia de transferencia debe ser destinado al funcionamiento de la planta extractorade aceite, en beneficio de los pequeños agricultores agrupados en la ACEPAT y de la colectividad en general; precisando el artículo 3º que la finalidad dela donación debe ser cumplida bajo sanción de reversión a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, en su artículo 19º, operando la reversión a favor del Estado en caso que no se cumpla la finalidad de ladonación en un plazo de cuatro años, desde la firma de la Escritura Pública de transferencia; Que, el artículo 4º de la referida Resolución Suprema dispone que el Ministerio de Agricultura, en nombre y representación del Estado, otorgará la correspondienteEscritura Pública de transferencia a favor de la Asociación Central de Palmicultores de la provincia de Tocache-ACEPAT; Que, en tal virtud, es necesario designar al funcionario que en representación de este Ministerio suscribirá lareferida Escritura Pública; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director Regional de la Dirección Regional Agraria San Martín, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio deAgricultura, la Escritura Pública de Transferencia a favor de Asociación Central de Palmicultores de la provincia de Tocache-ACEPAT, del predio depropiedad del Estado-Ministerio de Agricultura, de 7.4474 ha (74 474,00 m2.), denominado Fábrica Extractora de Aceite de Villapalma Tananta-VillapalmaSector 2B-1, ubicado en la margen izquierda central del río Huallaga, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín, inscrito en la FichaNº 8036 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº III-Sede Moyobamba-Oficina Registral de Juanjuí y registrado en el Asiento Nº 381 del Sistema deInformación Nacional de Bienes de Propiedad Estatal- SINABIP, correspondiente al departamento de San Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo4º de la Resolución Suprema Nº 008-2006-EF, incorporándose en el texto de la Escritura Pública las condiciones fijadas en los artículos 2º y 3º de laprecitada Resolución Suprema. Artículo 2º.- Inscrita la Escritura Pública en la Oficina Registral respectiva, la Dirección Regional Agraria San Martín remitirá a la Superintendencia de BienesNacionales un testimonio de la Escritura Pública con la constancia de inscripción registral. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 05248Aprueban transferencia patrimonial predial a favor del INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0245-2006-AG Lima, 20 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1714-2005-INRENA-J-IFFS, del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, sobre transferencia de terrenos eriazos de propiedad delMinisterio de Agricultura a favor de ese Instituto; CONSIDERANDO:Que, con motivo de la solicitud de don Herman Patow Arboleda sobre otorgamiento de concesión forestal confines de reforestación, el INRENA ha solicitado la transferencia patrimonial a favor de esa institución, de 4,824.968 ha de terrenos eriazos del predio rústico"Quebrada Seca", ubicado en el Sector Carpitas, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, propiedad del Ministerio deAgricultura, conformado por dos lotes: Lote I, de 210.77 ha y Lote II, de 4,614.198 ha, subdividido a su vez en: Lote II-a, de 3,623.85 ha; Lote II-b, de 882.337 ha y LoteII-c, de 108.011 ha , de acuerdo a los planos y memorias descriptivas acompañados por el INRENA; Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 049- 2005-INRENA-IFFS, del Intendente Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, los terrenos correspondientes al Lote I y a los Lotes II-a y II-c, se encuentran inscritos enla ficha 05932 y el correspondiente al Lote II-b, en la ficha 05266, del Registro de la Propiedad Inmueble de Tumbes; Que, mediante Informe Nº 090-2004-AG-PETT-OER- TUMBES-ASF, el Responsable de Saneamiento Físico de la referida Oficina PETT de Ejecución Regional, haseñalado que los referidos terrenos son de libre disponibilidad y tienen la condición de eriazos de aptitud forestal y/o de protección, por lo que técnicamente sejustifica la transferencia solicitada; Que, de conformidad con el artículo 17º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por DecretoLey Nº 25902, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura; Que, el artículo 17º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto SupremoNº 154-2001-EF, establece que las entidades públicas que cuenten con reparticiones orgánicas, aprueban mediante Resolución del Titular de su respectivo Sectoro Pliego, la transferencia del patrimonio predial de sus respectivas dependencias; por lo que en este caso procede la transferencia solicitada por el INRENAmediante resolución de este Despacho; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia patrimonial predial a favor del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA de 4,824.968 ha de terrenos eriazos del predio rústico "Quebrada Seca", ubicado en el Sector Carpitas, distrito de Zorritos, provincia deContralmirante Villar, departamento de Tumbes, de propiedad de este Ministerio, conformado por dos lotes: Lote I, de 210.77 ha y Lote II, de 4,614.198 ha, subdivididoa su vez en: Lote II-a, de 3,623.85 ha; Lote II-b, de 882.337 ha y Lote II-c, de 108.011 ha , de acuerdo a los planos y memorias descriptivas adjuntos, inscritos, elLote I y los Lotes II-a y II-c en la Ficha Nº 005932 y el Lote II-b, en la ficha 05266, del Registro de la Propiedad Inmueble de Tumbes.