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PÆg. 315364 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2006 Designan Agente Titular del Estado Peruano para el caso Trabajadorescesados del Congreso N” 11.830 CDH RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2006-JUS Lima, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, en materia de derechos humanos, la actual política del Estado se encuentra orientada al cumplimiento de lasdisposiciones constitucionales y de los instrumentosinternacionales sobre la materia, ratificados por el Estado; Que, la representación del Estado en los procesos judiciales seguidos en su contra ante la citada Corte Interamericana debe enmarcarse dentro de lapreocupación del Gobierno por asegurar una actuaciónestatal coherente con los compromisos asumidos enmateria de derechos humanos; Que, el caso Trabajadores cesados del Congreso, Nº 11.830 CDH, actualmente se encuentra para que el Estado conteste a la demanda ante la CorteInteramericana de Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-JUS de 15 de julio de 2005, se ha aprobado el Reglamentopara la designación y desempeño de los Agentes del Estado Peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1), 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política delPerú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la abogada ANTONIA JULIA CARMELA ARNILLAS D'ARRIGO, Procuradora Públicadel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, como Agente Titular del Estado peruano para el caso Trabajadores cesados del Congreso Nº 11.830 CDH encalidad de ad honorem. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro deRelaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justiciay encargado de la cartera deRelaciones Exteriores 05475 Aprueban estrategia propuesta por Agente Titular del Estado Peruano parael caso Baldeón García N” 11.767 CIH, con las observaciones y recomen- daciones del Grupo de Coordinación yConsulta RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2006-JUS Lima, 23 de marzo de 2006 VISTO, la Opinión Nº 4-2005 de 12 de octubre de 2005 del Grupo de Coordinación y Consulta, creado porDecreto Supremo Nº 007-2005-JUS; CONSIDERANDO: Que, en materia de derechos humanos, la política del Estado se encuentra orientada al cumplimiento de lasdisposiciones constitucionales y de los instrumentos internacionales sobre la materia ratificados por el Estadoperuano; Que, la representación del Estado en los procesos judiciales seguidos en su contra ante la citada CorteInteramericana debe enmarcarse dentro de la preocupación del Gobierno por asegurar una actuación estatal coherente con los compromisos asumidos enmateria de derechos humanos; Que, el caso Baldeón García Nº 11.767 CIDH, actualmente se encuentra para que el Estado presentealegatos escritos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-JUS, de 15 de julio de 2005, se ha aprobado el Reglamentopara la designación y desempeño de los Agentes delEstado Peruano ante la Corte Interamericana deDerechos Humanos; Que, el Agente Titular, abogado Manuel Alvarez Chauca, fue designado por Resolución Suprema Nº 156-2005-JUS y propuso una estrategia de defensa que hasido conocida y evaluada por el Grupo de Coordinacióny Consulta; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 007-2005- JUS dispone que el allanamiento y/o un Acuerdo de Solución Amistosa será autorizado mediante ResoluciónSuprema refrendada por el Ministro de Justicia, el Ministrode Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector oSectores involucrados; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1), 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Apruébase la estrategia propuesta por el Agente Titular del Estado peruano para el caso Baldeón García Nº 11.767 CIH con las observaciones yrecomendaciones formuladas por la Opinión Nº 4-2005emitida por el Grupo de Coordinación y Consulta de fecha12 de octubre de 2005, que comprende el allanamientoparcial de los hechos y la responsabilidad del Estado, que será precisada en el curso del proceso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Artículo 2º.- Autorízase a los Ministros de Justicia, Defensa y Relaciones Exteriores a suscribir un Acuerdode Solución Amistosa respecto a los hechos que sereconocen ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con los representantes de los familiares del señor Bernabé Baldeón García. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia, el Ministro deDefensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia y encargado de la cartera deRelaciones Exteriores MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 05476 Aprueban estrategia propuesta por Agente Titular del Estado Peruano parael caso JuÆrez Cruzatt y otros N” 11.015CDH, con las observaciones yrecomendaciones del Grupo de Coordinación y Consulta RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2006-JUS Lima, 23 de marzo de 2006