Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2006 (24/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 315368 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2006 del 2005 y con la opinión de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la LeyNº 26920, demás normas complementarias y el Procedimiento Nº 12-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorización de incremento de flota, vía acumulación ysustitución de las capacidades de bodega de las embarcaciones pesqueras "EMMANUEL" de matrícula PL-17600-CM y "ADELA ISABELA" de matrícula PL-12083-CM, presentada por los señores PEDRO PABLOGORDILLO PALACIOS y su cónyuge JOSEFA JACINTOBELLO, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción dellitoral y a la Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 05320 Declaran improcedente recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. N” 150-2001-PE/DNEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 057-2006-PRODUCE/DNEPP Lima, 27 de febrero del 2006 Visto el expediente con escrito de registro Nº 00025862, de fecha 20 de setiembre de 2005, 06 y 11de enero del 2006, presentado por la empresaCORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A. y registro Nº 00049031 de 30 de diciembre de 2005 que anexa escrito de registro Nº 06617, remitido por la DIREPRO ANCASH. CONSIDERANDO:Que por Resolución Directoral Nº 220-98-PE/DNPP, de fecha 4 de diciembre de 1998, se aprobó el cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada ala empresa INTERNATIONAL FISH PROTEIN S.A., conResolución Ministerial Nº 101-96-PE, de fecha 13-02-1996 a favor de CORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A.,para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos a través de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero,ubicado en la calle El Milagro s/n, zona industrial 27 deoctubre, distrito de Chimbote, provincia del Santa, Dpto.de Ancash, con una capacidad instalada de 135 t/h deprocesamiento de materia prima; Que por Resolución Directoral Nº 150-2001-PE/ DNEPP, de fecha 24 de julio de 2001, se otorgó aCORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A., licencia deoperación para que desarrolle la actividad deprocesamiento de recursos hidrobiológicos, a través desu planta de harina de pescado con dos líneas de producción, diferenciadas por la calidad de harina que se obtendrán en su EIP, ubicado en Av. Costanera s/n yla calle El Milagro s/n, Zona Ind. 27 de octubre, distrito Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash,con las siguientes capacidades instaladas : 111 t/h y 50t/h, de procesamiento de materia prima para elaborarharina de pescado convencional y harina de pescado dealto contenido proteínico, respectivamente; Que mediante escrito del visto presentado ante la Dirección Regional de Pesquería de Chimbote- CTARANCASH, CORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A.,interpone recurso de reconsideración contra laResolución Directoral Nº 150-2001-PE/DNEPP, de fecha24 de julio del 2001, publicada con fecha 25-07-2001, sin adjuntar la nueva prueba que desvirtúe los fundamentos de la citada Resolución; Que en la presentación del escrito de fecha 20 de setiembre de 2005, donde CORPORACIÓN FISHPROTEIN S.A. interpone recurso de reconsideraciónante la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, alcanza nueva prueba y recibo de pago por derecho de publicación de resolución, que no desvirtúalos fundamentos de la resolución recurrida, puesto queestos documentos no fueron presentados en suoportunidad (agosto del año 2001), por lo que larecurrente ha incumplido con los requisitos establecidos en el artículo 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que por lo expuesto en los considerandos precedentes, se concluye que la recurrente no hadesvirtuado los fundamentos que dieron mérito a laresolución recurrida, en tal sentido corresponde declarar improcedente el recurso de reconsideración interpuesto; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto, de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 047 -2006-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 14 de febrerodel 2006 y con la opinión favorable del Área Legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y deconformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la empresaCORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A., contra laResolución Directoral Nº 150-2001-PE/DNEPP, de fecha 24 de julio de 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la DirecciónRegional de la Producción de Ancash y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 05321 Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de Corporación Pesquera Inca S.A. yPesquera Cantabria S.A. para operarembarcaciones pesqueras RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 059-2006-PRODUCE/DNEPP Lima, 1 de marzo del 2006 Visto los escritos de registro Nº 00034142 del 28 de octubre, 1 y 30 de diciembre del 2005 y 14 de febrero del2006, presentados por la empresa CORPORACIÓNPESQUERA INCA S.A.