Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2006 (26/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 315544

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de marzo de 2006

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan a procurador interponer denuncia penal contra presunto responsable de la comision de delitos contra el patrimonio y la administracion publica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2006-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 17 de marzo de 2006 VISTO: El Dictamen Nº 002-2006-CAJ/MDSA de la Comision de Asuntos Juridicos mediante el cual propone al Concejo Municipal autorizar al Procurador Publico Municipal para formular Denuncia Penal contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la presunta Comision del Delito Contra el Patrimonio y Delito Contra la Administracion Publica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 19-2006-PPM/MDSA, el Procurador Publico Municipal hace conocer que la referida denuncia contra el senor Willian MORDAZA MORDAZA, se interpondra por la presunta Comision del Delito Contra el Patrimonio y Delito Contra la Administracion Publica, en que habria incurrido el ex servidor municipal a merito de lo dispuesto en el Informe Nº 038-2006-OCI/MDSA, el Informe Nº 0042006-OCI/MDSA del Organo de Control de Interno y el Informe Nº 036-2006-GAJ-GG/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, por Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, que en su Articulo 12º establece que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa, salvo las excepciones que expresamente contemplen las leyes de caracter especial"; Que, en atencion a lo expresado en el considerando anterior, debe existir obligatoriamente la expedicion previa de una Resolucion Autoritativa del Organo MORDAZA de la entidad, que en este caso concreto viene a ser el Concejo Municipal quien dentro de las facultades otorgadas por el Articulo 9º numeral 23) de la Ley Nº 27972, debe autorizar al Procurador Publico Municipal a demandar y/o formular denuncias a nombre de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º y el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; debatido en el pleno del Concejo, con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores se aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para interponer Denuncia Penal contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la presunta Comision del Delito Contra el Patrimonio y Delito Contra la Administracion Publica previstos y sancionados en los Articulos 190º y 387º del Codigo Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Procuraduria Publica Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05494

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Autorizan viaje de MORDAZA para participar en el V Forum de la Alianza Mundial de las Ciudades contra la Pobreza que se realizara en Espana
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 029-2006-MDLP/ALC
La Punta, 21 de marzo de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA; VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 010-006/2006 de fecha 7 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, conforme lo establece el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el numeral constitucional MORDAZA senalado ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia; cumpliendose precisamente esta funcion, entre otros mecanismos, a traves de los Acuerdos, los cuales, de conformidad con el Articulo 41º de la Ley Nº 27972, son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, con fecha 3 de marzo el Sr. MORDAZA recibio del Coordinador Residente de la ONU y Representante Residente del PNUD una invitacion para participar en el V Forum de la Alianza Mundial de las Ciudades contra la Pobreza (WACAP), el mismo que se desarrollara del 29 al 31 de marzo de 2006 en la MORDAZA de Valencia. Que, en tal sentido el MORDAZA solicita al Concejo se le otorgue licencia con goce de haber del 27 al 31 de marzo, para poder ausentarse del MORDAZA y poder acudir a dicho FORUM, aprobandose los viaticos correspondientes, al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. El PNUD asume el costo del pasaje a la MORDAZA de MORDAZA, Espana; Que, en ese sentido, el Concejo Municipal ha tenido a bien aprobar por unanimidad de sus miembros, otorgar licencia con goce de haber del 27 al 31 de marzo al Sr. MORDAZA, aprobar su ausencia en las fechas MORDAZA senaladas y encargar a la MORDAZA MORDAZA el Despacho de Alcaldia durante los dias MORDAZA senalados; Que, de acuerdo con la disposicion contenida en el numeral 3) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, le corresponde al MORDAZA ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad; ejecucion que se realiza en los mismos terminos que fija el mandato del Concejo, dentro de sus limites y alcances respectivos; Estando a las consideraciones expuestas, con el VºBº de Asesoria Legal y en uso de las facultades que confiere el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.