Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2006 (26/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 315538

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de marzo de 2006

debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 3-10-05, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones judiciales que correspondan contra la senora Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANTO, conforme a lo dispuesto en el Art. MORDAZA de la Resolucion Gerencial Regional Nº 015-2005-GR.LAMB/GRDS; Que, conforme a lo estipulado por el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Administracion, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y en aplicacion de lo establecido en el Art. 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan contra la senora Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANTO, Subdirectora de la I.E. Nº 11015 COMANDANTE MORDAZA MORDAZA CHICLAYO, por haber incurrido en supuestos actos de caracter doloso. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 05383

LLONTOP MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el Art. 163º del D.S. Nº 005-90-PCM que aprueba el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, consecuentemente NULO el articulo MORDAZA de la R.D.R.S.Nº 198-2005-GR-LAMB/DRSAL de fecha 23-03-2005, asi como remitir el presente caso al Directorio de Gerentes Regionales para que apruebe la emision de la Resolucion Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Publico Regional el inicio de las acciones legales que correspondan contra don MORDAZA MORDAZA LLONTOP RIVAS; Que, de la acotada Resolucion Ejecutiva, se tiene lo siguiente: - Que, con R.D.R.S. Nº 198-2004-GR.LAMB/DRSAL del 23.03.2005, se resolvio en su articulo MORDAZA imponer la sancion disciplinaria de cese temporal sin goce de remuneraciones por 45 dias al recurrente, por haber incurrido en falta de caracter disciplinaria, tipificada en los Incs. d y f del Artº 28 del Decreto Legislativo Nº 276, y por los motivos expuestos en la parte considerativa de la acotada resolucion. - Que, si bien a don MORDAZA MORDAZA LLONTOP MORDAZA, no se le puede sancionar administrativamente, al haber operado la caducidad del proceso; al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 25º del D. Leg. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico el cual estipula que: Los servidores Publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan , MORDAZA concordante con el Art. 153º de su reglamento D.S. Nº 005-90-PCM que dispone: Los Servidores Publicos seran sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones sin perjuicio de las responsabilidades civil y penal en que pudieran incurrir ; teniendo MORDAZA lo dispuesto por la MORDAZA, sobre la triple responsabilidad a la que estan sujetos los Servidores Publicos; si bien no hubo pronunciamiento sobre el fondo, al haber operado la caducidad; de los actuados tenidos a la vista, se evidencia la presunta responsabilidad penal por parte del recurrente, tipificada en el Art. 407º Omision de denuncias que a la letra dice: El que omite comunicar a la autoridad las noticias que tengan acerca de la comision de algun delito, cuando este obligado a hacerlo por su profesion o empleo (....) . - Que, el presente caso sea remitido al Directorio de Gerentes Regionales, para aprobar la emision de la Resolucion Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales correspondientes contra don MORDAZA MORDAZA LLONTOP RIVAS; Que, segun el articulo 78º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, la defensa de los intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional se ejerce judicialmente por el Procurador Publico Regional; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional, para que el Procurador inicie cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 18-07-0505, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones judiciales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA LLONTOP MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Art. Tercero de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 507-2005-GR.LAMB/PR; Que, conforme a lo estipulado por el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra Tecnico Administrativo del Hospital Provincial Docente MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 056-2006-GR.LAMB
Chiclayo 14 de febrero de 2006 VISTO: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 507-2005GR.LAMB/PR, de fecha 6-07-05 y el Oficio Nº 020-2005GR.LAMB/SDD, del 21-07-05; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2620-2005-GR.LAMB/DRSALOEAJ con Registro Nº 18352 de Tramite Documentario del Gobierno Regional de MORDAZA, el Director Regional de Salud Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite el Recurso Administrativo de Apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Llontop MORDAZA, Tecnico Administrativo V, Categoria STA del Hospital Provincial Docente MORDAZA de MORDAZA, contra la R.D.R.S. Nº 198-2004-GR.LAMB/DRSAL del 23.03.2005; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 5072005-GR.LAMB/PR, de fecha 6-07-05, se resolvio declarar la CADUCIDAD deducida por don MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.