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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2006 (26/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de marzo de 2006 Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, laOficina Regional de Administración, la Oficina Regionalde Asesoría Jurídica y la conformidad de la Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modificatoria LeyNº 27902 y en aplicación de lo establecido en el Art. 11ºdel D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público Regional del Gobierno Regional Lambayeque, Dr.FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, el inicio de las accioneslegales que correspondan contra el señor LUIS GUALBERTO LLONTOP RIVAS, Técnico Administrativo V, Categoría STA del Hospital Provincial Docente Belén deLambayeque, por las razones expuestas. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno RegionalLambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, además de publicarse en el Diario OficialEl Peruano y Portal Electrónico del Gobierno RegionalLambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 05384 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G6C/G61 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 567-2005-MML-GDU Lima, 30 de diciembre de 2005 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Codificado Nº 57214-2004, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, solicita la Ratificación de laResolución de Gerencia Nº 00007, emitida con fecha 20de febrero de 2004, promovida por la empresa ATLANTIDACONTINENTAL S.R.Ltda. CONTRATISTAS GENERALES; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Gerencia Nº 00007, emitida con fecha 20 de febrero de 2004 (fs. 33 y 34), laMunicipalidad Distrital de Ate, resuelve aprobar laRegularización de la Habilitación Urbana Ejecutadadenominada "Urbanización Villa Gloria de Ate", para Uso Residencial de Densidad Media R4 del terreno de 10,000.00 m² constituido por la Parcela 10589 del ex Fundo GloriaBaja, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamentode Lima. Que, el terreno materia de habilitación se encuentra inscrito en la Ficha Nº 371183 que continúa en la Partida Nº 44971437 de los Registros Públicos de Lima (fs. 09) a favor de Atlántida Continental S.R.L. ContratistasGenerales. Que, mediante Informe Nº 246-2004-MML-DMDU-DHU- DRD de fecha 27 de agosto de 2004 (fs. 47 al 49), de laDivisión de Revisión de Diseño de la Dirección de Habilitaciones Urbanas , se manifiesta que la presente habilitación cumple con los Planes Urbanos respecto a lazonificación vigente, aportes reglamentarios dispuestos enla Ordenanza Nº 292-MML, y con la sección vial de la vía calificada como Vía Colectora denominada Av. Primaverade conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 371-MML. Que, mediante Informe Nº 432-2004-MML-DMDU-DHU- AL de fecha 14 de setiembre de 2004 (fs. 52 y 53) del ÁreaLegal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, semanifiesta que, al determinarse que el presente Proyectocumple los Planes Urbanos; en consecuencia estaCorporación Municipal en atención a las facultades que goza, las cuales están reguladas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, debe resolver el presenteprocedimiento Ratificando la Resolución de GerenciaNº 00007. Que, mediante Anexo Nº 6415-04 de fecha 7 de octubre de 2004 (fs. 54) el administrado solicita acogerse al silencio administrativo positivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 26878. Que, mediante Informe Legal Nº 472-2005-MML- DMDU-DHU-AL de fecha 13 de octubre de 2005 (fs. 89 y90), emitido por el Área Legal de la Dirección deHabilitaciones Urbanas opina que la Municipalidad de Lima seguirá tramitando los procesos de ratificación de habilitaciones urbanas de conformidad a lo dispuesto enla Ordenanza Municipal Nº 776; así también opina que sibien ha operado el silencio administrativo positivo, en elpresente procedimiento , también lo es que la finalidadde la Municipalidad Provincial, en los procesos de ratificación de habilitaciones urbanas aprobadas por la municipalidad Distrital, es la de fiscalizar el cumplimientode los planes urbanos de acuerdo a lo establecido en laLey Nº 27972 y Ley Nº 26878, razón por la cual al amparodel principio de eficacia contemplada en el Inc. 1.10 delartículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27444 y de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 140.3 del mismo cuerpo legal y estando que en el presente procedimiento se haestablecido técnica y legalmente el cumplimiento de losplanes urbanos respecto a la zonificación, vías y aportes;la Dirección de Desarrollo Urbano deberá Ratificar laResolución de Gerencia Nº 00007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate. Debiendo de tener presente que al amparo de la Resolución de AlcaldíaNº 1816 la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano estáfacultada para emitir la presente Resolución. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 812, la cual Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Ordenanza Nº 829 la cual prorrogala entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 812; se sustituyeel nombre de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbanopor la de Gerencia de Desarrollo Urbano y los nombres dela Oficina de Plan de Desarrollo Metropolitano y Dirección de Habilitaciones Urbanas por la de Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas. Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, de la Subgerencia de Planeamiento yHabilitaciones Urbanas y de la Asesoría Legal de laGerencia de Desarrollo Urbano. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 26878 y Ley Nº 27444,Ordenanzas Metropolitanas Nº 292, Nº 375, Nº 776,Nº 812 y Nº 829-MML, Reglamento Nacional deConstrucciones y la Resolución de Alcaldía Nº 2546. RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución de Gerencia Nº 00007 emitida por la Municipalidad Distrital deAte el 20 de febrero del 2004, que resuelve Aprobar laRegularización de la Habilitación Urbana Ejecutada denominada "Urbanización Villa Gloria de Ate", para uso Residencial de Densidad Media R4 de terreno de 10,000.00m² constituido por la Parcela 10589 del ex Fundo GloriaBaja, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamentode Lima; por lo expuesto en la parte considerativa de lapresente resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la empresa ATLANTIDA CONTINENTAL S.R. Ltda.CONTRATISTAS GENERALES y a la Municipalidad Distritalde Ate, para su conocimiento y fines. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y a la División Técnica de laSubgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de