Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2006 (03/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
4. INSTRUCCIONES:

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constitucion; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el articulo 11º de la Resolucion SBS Nº 600-98 para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion Social inscrita en los Registros Publicos; b) Acreditar la constitucion de su capital social; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicacion de que trata el numeral 1º del articulo 23º de la Ley General; d) Implementar su estructura organica y remitir un ejemplar del Manual de Organizacion y Funciones de sus diversas areas; e) Remitir la relacion y curriculum vitae de sus directores, gerentes y funcionarios principales; f) Remitir MORDAZA certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores, gerentes y funcionarios principales; g) Remitir informacion referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; asi como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; h) Establecer las politicas adecuadas y procedimientos generales de control interno y auditoria interna; i) Aprobar las politicas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar, las cuales deberan adecuarse a la naturaleza de la empresa, senalada en el numeral 1 del articulo 282º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; j) Describir los sistemas de informacion, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informaticos que la empresa considera implementar; k) Cualquier otra informacion complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Articulo Tercero.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Organizacion, el que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 07772

El articulo 42º del TUO de la Ley General de Aduanas establece la obligacion de los terminales de almacenamiento de comunicar a la autoridad aduanera el ingreso de las mercancias a sus recintos, MORDAZA de su salida al exterior. Asimismo, el tercer parrafo del articulo 54º del citado dispositivo legal establece que en el regimen de Exportacion Definitiva, las mercancias deberan ser embarcadas dentro del plazo MORDAZA de diez (10) dias, contados a partir del dia siguiente de la numeracion de la declaracion; habiendose recogido MORDAZA disposiciones en el procedimiento INTA-PG.02. En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y estando a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se precisa lo siguiente: Transmision de datos por parte del Terminal de almacenamiento 4.1 Cuando ingresa al terminal de almacenamiento un contenedor con mercancias amparadas en mas de una Declaracion Unica de Aduanas - DUA, la informacion relativa al peso y cantidad de bultos a transmitir por parte del terminal de almacenamiento para asignar el MORDAZA de control a cada DUA, corresponde a la informacion proporcionada por el exportador o el agente de carga segun corresponda, bajo su responsabilidad, debiendo verificar el terminal de almacenamiento que la sumatoria de los pesos parciales de las DUAs coincida con el peso total de la mercancia del contenedor recepcionado. Tratandose del ingreso de un contenedor exclusivo precintado, la informacion relativa a la cantidad de bultos a transmitir por parte del terminal de almacenamiento para la seleccion del MORDAZA de control es responsabilidad del exportador. 4.2 El "peso bruto" que debe transmitir el terminal de almacenamiento, de acuerdo a lo senalado en el numeral 8, seccion VII del procedimiento INTA-PG.02, tratandose de contenedores, sera transmitido deduciendo la MORDAZA del contenedor. Plazo de embarque 4.3 Se MORDAZA por cumplido el plazo de embarque de la mercancia de exportacion senalado en el articulo 54º del TUO de la Ley General de Aduanas, siempre que el embarque de la mercancia se inicie dentro de los diez (10) dias siguientes de numerada la DUA - Exportacion. Entiendase que para todos los casos la fecha de inicio del embarque es el momento en que el transportista procede al embarque de la mercancia en el medio de transporte, siendo este el responsable de senalar en la MORDAZA 14 de la DUA la fecha y hora de inicio y de termino del embarque. 4.4 El despachador de aduana, cuando transmite la informacion complementaria de la DUA, debe enviar en el MORDAZA FINIEMB del archivo ADUAHDR1 la fecha de inicio del embarque de la mercancia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 07789

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNAT
Precisan informacion que debe transmitir el terminal de almacenamiento y de fecha de embarque
CIRCULAR Nº 011-2006/SUNAT/A
2 de MORDAZA de 2006 CODIGO INTA-PG-02 VERSION 5 1. MATERIA: Procedimiento de Exportacion Definitiva, INTA-PG.02. 2. OBJETIVO: Precisar infor macion que debe transmitir el terminal de almacenamiento y de fecha de embarque. 3. BASE LEGAL: Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley General de Aduanas, aprobado por D.S. Nº 1292004-EF; Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por D.S. Nº 011-2005-EF; y procedimiento INTA-PG.02, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 4402005/SUNAT/A.

UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERU
Designan Directores de las Areas de Informatica, de Prevencion y Analisis y de Administracion
RESOLUCION Nº 033-2006-UIF-PERU
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2006 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru

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