Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2006 (03/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2006
ORGANIZACIONES POLITICAS TOTAL DE VOTOS 3 3 0 0 0 8 0 0 0 23 3 0 135 135

votaron" que es de 135, es mayor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 128; Que, la Resolucion Nº 285-2006-JEE-CH del MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas resuelve mantener la votacion de cada organizacion politica, y la diferencia entre el total de ciudadanos que votaron que aparece en el Acta Electoral y la cifra obtenida de la suma a que se refiere el MORDAZA considerando los sumo a los votos nulos; y ademas, resuelve sumar tambien a MORDAZA nulos los votos impugnados que aparecen en el Acta Electoral al no haberse adjuntado los sobres contendiendo los votos impugnados; Que, el recurrente manifiesta que no existe el error material observado por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, ya que, segun el acta electoral recabada por el Partido Politico "Alianza Electoral Unidad Nacional", "el total de ciudadanos que votaron" es igual a la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados; y ademas senala que, si efectivamente hubiese MORDAZA tal error material, correspondia mantener la votacion de cada organizacion politica, siendo la cantidad de 7 votos la que debio mantenerse para "Alianza Electoral Unidad Nacional"; Que, de conformidad con lo establecido en el item 12.101 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, incorporado mediante Resolucion Nº 048-2006-P/JNE de fecha 9 de MORDAZA de 2006 y concordado con el articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resuelve, en instancia definitiva, las impugnaciones que se interpongan contra las resoluciones sobre actas observadas remitidas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a los Jurados Electorales Especiales; Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales con el acta electoral de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica que al Partido Politico "Alianza Electoral Unidad Nacional" le corresponde 07 votos y que "el total de ciudadanos que votaron" que es de 135, es igual que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 135; Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones resolver en MORDAZA y definitiva instancia, entre otras, las materias electorales, conforme a lo dispuesto por los articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 34º in fine de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal del Partido Politico "Alianza Electoral Unidad Nacional", y en consecuencia, revocar la Resolucion Nº 285-2006-JEECH emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas. Articulo Segundo.- Considerar en el Acta Electoral de formula presidencial Nº 168840-05-F del distrito de MORDAZA, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, la siguiente votacion:
ACTA ELECTORAL Nº 168840-05-F ORGANIZACIONES POLITICAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 PARTIDO SOCIALISTA RESTAURCION NACIONAL ALIANZA POR EL FUTURO UNION POR EL PERU PARTIDO JUSTICIA NACIONAL FUERZA DEMOCRATICA RESURGIMIENTO PERUANO ALIANZA PARA EL PROGRESO UNIDAD NACIONAL PARTIDO RECONSTRUCCION DEMOCRATICA CONCERTACION DESCENTRALISTA TOTAL DE VOTOS 0 1 24 48 2 4 0 9 7 0 0

13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA FRENTE DE CENTRO CON FUERZA PERU PROGRESEMOS PERU PARTIDO RENACIMIENTO MORDAZA PARTIDO APRISTA PERUANO PERU AHORA AVANZA MORDAZA - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL Y SE LLAMA PERU Votos en MORDAZA Votos Nulos Votos Impugnados TOTAL DE VOTOS EMITIDOS TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Articulo Tercero: Remitir la presente Resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente, con conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 07738 RESOLUCION Nº 596-2006-JNE Expediente Nº 470-2006. MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2006 VISTO; en Audiencia Publica de fecha 27 MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal del Partido Politico "Alianza Electoral Unidad Nacional", MORDAZA MORDAZA Echais MORDAZA De Montaldo, acreditada ante el MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas, contra la Resolucion Nº 283-2006JEE-CH de fecha 18 de MORDAZA de 2006, expedida por el mencionado MORDAZA Electoral Especial, que resuelve la observacion por error material detectado en el Acta Electoral de formula presidencial de la Mesa de Sufragio Nº 210886 del distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas y recibido el 26 de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, el Acta Electoral Nº 210886-02-A fue observada por error material porque existe ilegibilidad en la votacion asignada de las organizaciones politicas "Restauracion Nacional", Alianza por el Futuro", "Unidad Nacional" y "Union por el Peru"; Que, la Resolucion Nº 283-2006-JEE-CH del MORDAZA Electoral Especial de Chachapoyas resuelve consignar en el Acta Electoral Nº 210886-02-A la votacion asignada

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