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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2006 (03/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de mayo de 2006 público, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritos válidamente en el Registro, perjudicando de estaforma la seguridad jurídica registral, constituyen indiciosrazonables de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º del CódigoPenal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para queinterponga las acciones que correspondan en defensade los intereses del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil contra; TEOFILO GUARNIZNARRO, GREGORIO HUARACA PUMAPILLO, y MARIA ANDREA VALIENTE VALDIVIA, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la LeyNº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra TEOFILOGUARNIZ NARRO, GREGORIO HUARACA PUMAPILLO, y MARIA ANDREA VALIENTE VALDIVIA, en agravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntosjudiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 07793 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G45/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G4E/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20 /G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G65/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G61/G6E/G20 /G65/G6E/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6F/G62/G72/G65/G7A/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G65/G6D/G61/G20/G6F/G20/G6D/G61/G79/G6F/G72/G73/G65/G76/G65/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G6F/G62/G72/G65/G7A/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 308-2006-JEF/RENIEC Lima, 28 de abril de 2006Visto el Informe Nº 033-2006-GRIAS/RENIEC, de fecha 24 de abril del 2006, emitido por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe Nº 454-2006-GAJ/RENIEC de la Gerencia de AsesoríaJurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC es un organismo constitucionalmenteautónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente,de las funciones de organizar y actualizar el RegistroÚnico de Identificación de las Personas Naturales, asícomo, entre otros, de emitir los documentos que acrediten su identidad; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 002 - abril 2002, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística(INEI), la pobreza total en el área rural afecta al 78.4%de la población, frente al 42.0% en el área urbana. Lapobreza extrema alcanza en las áreas rurales el 51.3% frente al 9.9% del área urbana; Que, el Plan Nacional para la Superación de la Pobreza 2004 - 2006, elaborado por la Presidencia delConsejo de Ministros (PCM), señala que la poblaciónafectada por la pobreza extrema, en su mayoría, es unapoblación que habita en las áreas rurales más alejadas de la Sierra y Selva, cuyo nivel de exclusión es muy alto y son los más necesitados de apoyo;Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, dentro de la política social Institucional, ha emitidoResoluciones Jefaturales que aprueban la exoneracióndel costo de las tasas registrales del trámite para la obtención del DNI a la población que se encuentra en condición de pobreza o pobreza extrema. Entre lasresoluciones que atienden a dicha población seencuentra la Resolución Jefatural Nº 1226-2005-JEF/RENIEC, la cual prorroga el plazo del beneficio del canjegratuito de la Libreta Electoral por el DNI a personas en situación de pobreza y pobreza extrema; y, la Resolución Jefatural Nº 098-2006-JEF/RENIEC, la cual aprueba la"Campaña de Tramitación y Expedición del DNI en formagratuita, para la población indígena y pobladores de laszonas rurales y amazónicas en situación de pobreza"; Que, de acuerdo al Informe del visto, durante los desplazamientos y actividades de documentación efectuadas por el personal del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil se ha recibido numerosaspeticiones de los pobladores que se encuentran ensituación de pobreza extrema a fin de que el RENIECsubvencione el costo de los trámites para obtener el DNI por renovación, duplicado y rectificación; Que, considerando la situación de pobreza extrema en que se encuentra un significativo número de lapoblación, cuya situación les impide obtener o tramitarsu DNI, es conveniente la adopción de medidas de políticasocial para lograr que las personas posean un Documento Nacional de Identidad vigente, que les permita ejercer los derechos que por ley les corresponde sinafectar su ciudadanía; Que, a fin de determinar la población beneficiaria que se encuentra en situación de pobreza extrema o mayorseveridad de pobreza es recomendable la utilización de los Mapas de Pobreza del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social (FONCODES) y delMinisterio de Economía y Finanzas; Que, pese a la no asignación de recursos del Estado, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,durante el presente año, realizará un esfuerzo a fin de otorgar en forma gratuita los documentos de identidad a la población en extrema pobreza del País; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC, el Reglamento de lasinscripciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC del 5 de diciembre de 2005; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la "Campaña de Tramitación y Expedición Gratuita del DocumentoNacional de Identidad, por concepto de renovación,duplicado y rectificación de datos, con excepción deltrámite de cambio de dirección domiciliario, para laspersonas que se encuentran en situación de pobreza extrema o mayor severidad de pobreza, de acuerdo a los Mapas de Pobreza del Fondo Nacional deCompensación y Desarrollo Social (FONCODES) y delMinisterio de Economía y Finanzas (MEF)." Artículo Segundo.- El desarrollo de la campaña señalada en el artículo anterior se aplicará a los 189 distritos considerados como de pobreza extrema según el Mapa de Pobreza del Fondo Nacional de Compensacióny Desarrollo Social (FONCODES) (Anexo 1), y a los 200distritos considerados con mayor severidad de pobrezasegún el Mapa de Pobreza del Ministerio de Economía yFinanzas (MEF) (Anexo 2), de acuerdo a la relación que forma parte integrante de la presente Resolución, teniendo una vigencia desde la publicación de la presenteResolución Jefatural, hasta el 31 de diciembre del 2006. Artículo Tercero.- La Gerencia de Planificación y Presupuesto, gestionará ante el MEF, la asignación derecursos ordinarios para el año 2007, a fin de continuar esta importante labor social de hondo contenido humano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social laimplementación de lo dispuesto por la presenteResolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional