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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2006 (03/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de mayo de 2006 aprobada por Resolución Presidencial Nº 033-CND-P- 2005, establece que corresponde a la Comisión Sectorialde Transferencia realizar el ordenamiento técnico, legal yadministrativo necesario para la transferencia de las funciones sectoriales y del personal, acervo documentario, bienes y recursos presupuestales vinculadas a éstas, einiciar el saneamiento a que hubiera lugar; Que, con fecha 8 de noviembre de 2005, se suscribió el Acta de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales yRecursos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo al Gobierno Regional del departamento de Lima, en materia de Turismo y Artesanía; resultando del Acta SustentatoriaNº 2, de la misma fecha, que el Ministerio de ComercioExterior y Turismo debe transferir al Gobierno Regional deldepartamento de Lima la suma de Cuarenta y nueve miltrescientos ochenta y dos y 96/100 Nuevos Soles (S/. 49 382,96), correspondiente a Gastos Corrientes (bienes y servicios) del presupuesto institucional 2006; Que, en virtud de las normas citadas y a efectos de concretar la mencionada transferencia, a fin de que elGobierno Regional del departamento de Lima continúe conel desarrollo de las competencias y funciones que vaya asumiendo, es necesario efectuar la Transferencia de Partidas presupuestales del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo al Gobierno Regional del departamento de Lima; De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, y susmodificatorias, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Autorización de Transferencias de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILTRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 383,00), por la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración - MINCETUR FUNCIÓN 11 : Industria, Comercio y Servicios PROGRAMA 042 : Tur ismo SUBPROGRAMA 0113 :Promoción del Turismo ACTIVIDAD 1 00880 : Nor matividad y Desarrollo Turístico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 5 GASTOS CORRIENTES 49 383,00 3 Bienes y Servicios 49 383,00 TOTAL EGRESOS 49 383,00 A LA: (En Nuevos Soles)SECCIÓN SEGUNDA INST ANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 463 : Gobierno Regional del departamento de Lima UNIDAD EJECUTORA 001 : G obierno Regional Lima FUNCIÓN 11 : Industria, Comercio y Servicios PROGRAMA 042 : Tur ismo SUBPROGRAMA 0113 .Promoción del Turismo ACTIVIDAD 10 0400 : Promoción del Turismo Interno FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 5 GASTOS CORRIENTES 49 383,00 3 Bienes y Servicios 49 383,00 TOTAL EGRESOS 49 383,00 Artículo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferenciade Partidas, solicitará a la Dirección Nacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporación de nuevasPartidas de Ingresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modificación PresupuestariaLa Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruirá a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbitopara que elaboren las correspondientes "Notas paraModificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Obligación de desagregar la Transferencia de Partidas El Pliego Habilitador y el Pliego Habilitado comprendidos en el presente dispositivo legal aprobarán medianteResolución del Titular del Pliego, al desagregación funcionalprogramáticas de la transferencia de partidas dispuesta porlos artículos precedentes, la citada Resolución se remitirá a los cinco días del promulgado el presente Decreto Supremo a los organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economíay Finanzas y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de mayo del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07874 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G30/G39/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G45/G46/G2F/G34/G33/G2C/G20/G71/G75/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G67/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2006-EF/43 Lima, 28 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 209-2006-EF/43, de fecha 11 de abril de 2006, se autorizó por excepción, el viajede las señoras Elizabeth Elisa Toledo Loayza, Directora (e)de la Dirección de Análisis y Valoración de Riesgo de laDirección Nacional del Endeudamiento Público y Olga VioletaRigacci Jiménez, Subdirectora de Operaciones de Mercado de la Dirección de Gestión de Endeudamiento de dicha Dirección Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas, ala ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia,para participar en la Segunda Reunión Anual del Grupo deEspecialistas en Gestión de Deuda Pública de América Latinay el Caribe (LAC Debt Group), que se llevaron a cabo los días 20 y 21 de abril de 2006; Que, se ha generado la variación de la tarifa de los pasajes aéreos de las citadas funcionarias, por nocontarse con la autorización de emisión de los mismos,motivo por el cual es necesario modificar con eficaciaanticipada la Resolución Ministerial Nº 209-2006-EF/43; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 27444, el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, modificado por Decreto de Urgencia Nº 002-2006, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar con eficacia anticipada el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 209-2006-EF/ 43, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, en los extremos del monto delos pasajes aéreos, de la siguiente manera: Señora Elizabeth Elisa Toledo Loayza Pasajes : US$ 665,10