Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2006 (03/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2006

obras destinados a superar la situacion de emergencia de la ejecucion de los trabajos de la carretera DV. Las Vegas - Tarma - La Merced; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota de Elevacion Nº 315-2006-MTC/ 20 el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, acompana los documentos que sustentan la exoneracion de los procesos de seleccion necesarios para la adquisicion de bienes, servicios y obras destinados a superar la situacion de emergencia de la carretera DV. Las Vegas - Tarma- La MORDAZA, por la causal de situacion de emergencia prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Memorandum Nº 1487-2006-MTC/20.7 el Gerente de Mantenimiento de la Red Vial Nacional remite el Informe Nº 025-2006-MTC-20.7.DCC comunicando que como producto de las lluvias torrenciales que vienen azotando la MORDAZA Central, el dia 6 de MORDAZA de 2006 a las 07:00 hrs se produjo una crecida extraordinaria de la Quebrada Yanango y el rio Tarma, que al confluir sus aguas generaron un caudal de magnitud incalculable, logrando debilitar la plataforma de rodadura hasta su colapso total, interrumpiendo el MORDAZA vehicular en la carretera Dv. - Las Vegas - Tarma - La MORDAZA a la altura del Km. 77+400, en las inmediaciones de la Quebrada Yanango; cuya via constituye el unico medio de acceso a las ciudades de San MORDAZA, La MORDAZA, Satipo, San MORDAZA de Pangoa, Pto. Ocopa, Oxapampa, MORDAZA Rica, Pto. MORDAZA entre otras; Que, segun se indica en dicho informe, el equipo mecanico asignado a la Unidad Zonal MORDAZA - Pasco se encuentra ocupado en la ejecucion de los trabajos de transitabilidad de la Carretera Dv. Las Vegas - Tarma - La MORDAZA como consecuencia del colapso del MORDAZA Yanango de acuerdo a lo senalado mediante Resolucion Ministerial Nº 906-2005-MTC/02, siendo necesario utilizar equipo mecanico adicional y ante la ausencia del mismo es urgente proceder a alquilar equipo mecanico con el proposito de aliviar la transitabilidad de dicha via a la brevedad posible y garantizar la misma; Que, el conjunto de trabajos a ejecutar: (i) encauzamiento del rio Tarma, (ii) Reconformacion de la plataforma, y (iii) Enrocado de Proteccion, constituyen lo estrictamente necesario para remediar la transitabilidad de la carretera Dv.- Las Vegas - Tarma - La MORDAZA, sector Km 77+000 al Km. 92+000; Que, por ende, solicita declarar en situacion de emergencia los trabajos de la carretera Dv. - Las Vegas - Tarma - La MORDAZA, del sector Km. 77+000 al Km. 92+000, debido al acontecimiento catastrofico MORDAZA descrito, a fin de que PROVIAS NACIONAL pueda adquirir o contratar de manera directa los bienes estrictamente necesarias, para el cumplimiento de las metas previstas para superar la emergencia. De acuerdo a ello, recomienda incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad y exonerar de la realizacion de los procesos, la adquisicion de combustible y lubricantes por un monto de S/. 100,000.00 (Cien mil y 00/100 Nuevos Soles), asi como el alquiler de equipo mecanico por un monto de S/. 200,000.00 (Doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS NACIONAL mediante Informe Nº 083-2006-MTC-20.3RIVO de fecha 7 de MORDAZA de 2006 considera que en el presente caso concurren las caracteristicas legales que configuran una situacion de emergencia de conformidad con los articulos 19º inciso c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y de los articulos 142º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que corresponderia aprobar la exoneracion solicitada; Que, mediante Memorandum Nº 528-2006-MTC/20 el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL remite el Informe Nº 077-2006-MTC-20.7, de fecha 24 de MORDAZA de 2006, elaborado por el Gerente de Mantenimiento de la Red Vial Nacional ratificando lo senalado en el Informe Nº 025-2006-MTC-20.7.DCC y precisando que debido al hecho extraordinario por el cual la carretera Dv. - Las Vegas - Tarma - La MORDAZA quedo totalmente interrumpida se tuvo que actuar inmediatamente procediendo a adquirir combustible y alquilar el equipo mecanico necesario con la finalidad de restablecer la transitabilidad de dicha

carretera, ya que de no haber actuado inmediatamente se pudo generar un desabastecimiento de alimentos provenientes tanto de la capital como de la MORDAZA Central; Que, de acuerdo a lo senalado en el citado Informe, los trabajos a ejecutar a fin de restablecer la carretera Dv. - Las Vegas - Tarma - La MORDAZA comprende el Corte de talud y habilitacion de pase provisional, el encauzamiento del rio Tarma, enrocado para proteccion de la plataforma y eliminacion de derrumbes, los que constituyen trabajos estrictamente necesarios para recuperar la transitabilidad de la via en condiciones que permitan dar un servicio con los estandares de seguridad exigidos. Asimismo, senala que se trata de medidas temporales para paliar la situacion de emergencia presentada hasta que la Gerencia de Estudios y Proyectos de PROVIAS NACIONAL ejecute los estudios que permitan encontrar la solucion definitiva al problema presentado; Que, adicionalmente, informa que como resultado de los trabajos ejecutados hasta la fecha y de los que faltan ejecutar, se ha efectuado un calculo aproximado de los bienes y servicios necesarios para la atencion de la emergencia, requiriendo la adquisicion de 8,650 galones de combustible D2 para los siguientes equipos: Tractor de oruga (740 horas), excavadora hidraulica (740 horas), motoniveladora (20 horas) y rodillo vibratorio (20 horas) por la suma de S/. 99,994.00 (Noventa y nueve mil novecientos noventa y cuatro y 00/100 Nuevos Soles) y alquilar el siguiente equipo mecanico: cargador frontal (120 horas) y volquetes (1,180 horas), por la suma de S/. 199,989.20 (Ciento noventa y nueve mil novecientos ochenta y nueve y 20/100 Nuevos Soles), debiendose incluir dichos procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PROVIAS NACIONAL; Que, asimismo, la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional comunica que con fecha 6 de MORDAZA de 2006 se adquirio a la Estacion de Servicio Sr. De Muruhuay E.I.R.L, 4,000 galones de combustible D2 por un monto de S/. 44,996.00 (Cuarenta y cuatro mil novecientos noventa y seis y 00/100 Nuevos Soles); asimismo el 7 de MORDAZA de 2006 se alquilo a la empresa Transportes y Servicios Multiples Rimari S.A.C los siguientes equipos: (i) Volquete de 10 m³, placa WQ9227, por la cantidad de 9.85 horas, por un monto de S/. 738.75 (Setecientos treinta y ocho y 75/100 Nuevos Soles); (ii) Volquete de 15m³, placa XI-2946, por la cantidad de 12.80 horas, por un monto de S/. 1,152.00 (Mil ciento cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles); (iii) Cargador Frontal por una cantidad de 41.65 horas y un monto de S/. 4,998.00 (Cuatro mil novecientos noventa y ocho y 00/100 Nuevos Soles); quedando pendiente por adquirir o contratar un equivalente a S/. 54 998.00 (Cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y ocho y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de combustible y S/. 193,100.45 (Ciento noventa y tres mil cien y 45/100 Nuevos Soles) por concepto de alquiler de equipo mecanico; Que, asimismo, senala que con la finalidad de regularizar los bienes y servicios adquiridos asi como de los que faltan adquirir se requiere tramitar en concordancia con el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se declare en situacion de emergencia los trabajos de la carretera Dv. Las Vegas - Tarma - La MORDAZA, sector 77+000 al km. 92+000; Que, mediante Informe Nº 567-2006-MTC/20.4 elaborado por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL, informa la disponibilidad presupuestal para los trabajos de emergencia vial de la carretera Dv. Las Vegas - Tarma - La MORDAZA, sector km 77 al 92, cuyo financiamiento se efectuara con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 007- PROVIAS NACIONAL hasta por la suma de S/. 494,352.98 (Cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos cincuenta y dos y 98/100 Nuevos Soles); Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM (en adelante LA LEY), establece que se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declarada de conformidad con LA LEY; Que, de acuerdo con el articulo 20º de LA LEY las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del

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