Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 08379

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08380

Aceptan Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el BID para la implantacion del "Proyecto de Fijacion de Prioridades de Inversion en la MORDAZA Peruana"
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2006-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID otorgara al Ministerio de Economia y Finanzas una Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID-ATN/JF-9637PE hasta por la suma de US$ 600 000,00 (SEISCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) para ser destinada a la implantacion del "Proyecto de Fijacion de Prioridades de Inversion en la MORDAZA Peruana"; Que, resulta necesario la aceptacion de la referida Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID-ATN/JF9637-PE, por cuanto constituye una valiosa contribucion, asi como suscribir la Carta Convenio respectiva, la misma que cuenta con la opinion favorable de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 719, la Ley Nº 27692 y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, al Ministerio de Economia y Finanzas hasta por la suma de US$ 600 000,00 (SEISCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para ser destinada a la implantacion del "Proyecto de Fijacion de Prioridades de Inversion en la MORDAZA Peruana". Articulo 2º.- Autorizar, al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien este designe, a suscribir conjuntamente con el Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, el Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID - ATN/JF-9637PE "Proyecto de Fijacion de Prioridades de Inversion en la MORDAZA Peruana", asi como los documentos que se requieran para formalizar la citada Cooperacion Tecnica. Articulo 3º.- La administracion de los recursos provenientes de la citada Cooperacion Tecnica No Reembolsable estara a cargo del BID. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 08381

Autorizan al FONAFE suscribir contrato de comodato con la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2006-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 6º y 16º del Acuerdo sobre privilegios, inmunidades y facilidades en el territorio peruano, suscrito entre el Estado Peruano y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI el 22 de octubre de 1948, la OACI se encuentra exenta del pago de impuestos directos y, asimismo, el Estado Peruano asume la obligacion de suministrar los servicios de electricidad, gas, agua potable y otros de caracter publico, a los locales puestos a disposicion de la citada Organizacion; Que, el inciso c) del articulo 3.1º de la Ley Nº 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, establece como una funcion de FONAFE, la de ejercer la titularidad de las acciones representativas del capital social de todas las empresas, creadas o por crearse, en las que participa el Estado y administrar los recursos derivados de dicha titularidad; Que, a efectos de que el Estado Peruano pueda cumplir con las obligaciones asumidas en el citado Acuerdo se ha considerado conveniente que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE en representacion del Estado Peruano entregue un inmueble de su propiedad en calidad de comodato a la citada Organizacion por un periodo de 10 anos, renovables; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE en representacion del Estado Peruano a suscribir con la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI un contrato de comodato por un periodo de 10 anos, renovable por acuerdo entre las partes. Mediante Acuerdo de Directorio de FONAFE se autorizara la celebracion del contrato de comodato, se determinara el inmueble a ser entregado, asi como a asumir los tributos y demas gastos que se deriven de su condicion de propietario del inmueble. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

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