Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2006 (15/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de MORDAZA de 2006

VISTO: El Expediente Nº 31182505, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5289; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5289, ubicada en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 371, urbanizacion MORDAZA, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 14,25 metros cuadrados, de propiedad de la empresa BRUSELAS CONSTRUCCIONES S.A.C., para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5289, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 28 de MORDAZA de 2004, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 088-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de BRUSELAS CONSTRUCCIONES S.A.C., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5289, ubicada en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 371, urbanizacion MORDAZA, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 28 de MORDAZA de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de Servidumbre Suelo: 14,25 m² y sus aires. Propietario MORDAZA de terreno MORDAZA

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 08394 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2006-MEM/DM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31177305, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1004; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1004, ubicada en la avenida MORDAZA MORDAZA Nº 764 y Nº 774, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 43,15 metros cuadrados, de propiedad de LA JUNTA DE PROPIETARIOS EDIFICIO SAN MORDAZA, para la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1004 conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 31 de enero de 2006, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razon por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposicion de servidumbre a una de reconocimiento de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y numeral 3 del articulo 75º de la misma Ley; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 084-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

31182505 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5289 Ubicacion: distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice A 8 B 8 C 8 D 8 Norte 657 847,399 280 657 848,347 280 657 853,062 280 657 852,115 280 Este 407,606 410,294 408,632 405,944

BRUSELAS CONSTRUCCIONES S.A.C.

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