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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de mayo de 2006 seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 08403 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 222-2006-MEM/DM Lima, 2 de mayo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31178705, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular, para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal (en sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5519; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal (en sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5519, ubicada en el predio con frente a la avenida Monseñor Roca y Bologna Nº 1294–1290 y avenida Tomás Marsano Nº 1540, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación de bienes de propiedad particular de CASTER S.A., sobre un área de 19,20 metros cuadrados para la subestación de distribución, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 9 de noviembre de 2004, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 125-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre el bien de propiedad de CASTER S.A., para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal (en sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5519, ubicada en el predio con frente a la avenida Monseñor Roca y Bologna Nº 1294–1290 y avenida Tomás Marsano Nº 1540, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, según consta en elContrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 9 de noviembre de 2004, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la Área de Propietario Tipo de Exp. Servidumbre S ervi- Terreno dumbre 31178705 Su bestación de Distr ibución Suelo: CASTER Urbano Eléctrica Nº 5519. 19,20 m2S.A. y aires Ubicación: distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 281 604,593 8 659 962,156 B 281 603,416 8 659 964,003 C 281 600,036 8 659 964,789 D 281 598,032 8 659 963,468 E 281 600,734 8 659 959,562 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 08405 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2006-MEM/DM Lima, 2 de mayo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31181805, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5437; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica convencional de tipo subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5437, ubicada en el lote 4, con frente al jirón Teniente Emilio Fernández Nº 350 y Nº 360, MZ. 9-B, urbanización Santa Beatriz, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 14,96 metros cuadrados, de propiedad de PROMOTORA & INMOBILIARIA AMERICA S.A., para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal (sótano) para Servicio Público de Electricidad Nº 5437, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 21 de noviembre de 2003, cuya copia obra en el Expediente;