Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2006 (15/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 216-2006-MEM/DM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
Cod. Exp.

MORDAZA, lunes 15 de MORDAZA de 2006
Descripcion de la Servidumbre Area de Servidumbre Propietario MORDAZA de Terreno MORDAZA

VISTO: El Expediente Nº 31179305, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5558; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad par ticular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5558, ubicada, en la avenida Monsenor MORDAZA Bolona Nº 1031 y Nº 1035, esquina con la MORDAZA MORDAZA Sabogal, urbanizacion MORDAZA, Mz. O, Lotes 6 y 7, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 15,52 metros cuadrados, de propiedad de INVERSIONES MORDAZA DE LA MORDAZA S.A.C., para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5558, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion, de fecha 9 de MORDAZA de 2004, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 092-2006DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad de INVERSIONES MORDAZA DE LA MORDAZA S.A.C., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5558, ubicada, en la avenida Monsenor MORDAZA Bolona Nº 1031 y Nº 1035, esquina con la MORDAZA MORDAZA Sabogal, urbanizacion MORDAZA, Mz. O, Lotes 6 y 7, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 9 de MORDAZA de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

31179305 Subestacion de distribucion electrica Nº 5558 Ubicacion: distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM Datum PSAD 56 Vertice A 8 B 8 C 8 D 8 E 8 F 8 Norte 659 751,298 659 754,841 659 754,578 659 753,405 659 751,762 659 748,936 Este 317,138 314,883 314,470 314,209 311,627 313,426

Suelo: INVER15,52 m² y SIONES sus aires MORDAZA DE LA MORDAZA S.A.C.

281 281 281 281 281 281

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 08399 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 218-2006-MEM/DM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31178805, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal (en sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5462; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal (en sotano) para Servicio Publico de Electricidad Nº 5462, ubicada en el predio con frente a la MORDAZA MORDAZA Nº 420, urbanizacion Surquillo, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular de Constructora Mi Vivienda S.A.C., sobre un area de 12,00 metros cuadrados para la subestacion de distribucion, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 12 de marzo de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA Or tiz de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas

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