Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2006 (15/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 318860

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de MORDAZA de 2006

bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion convencional del MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1213, ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA, Mz. 25, Lt. 16 A, Tercera Etapa, Sector Vallecito Bajo, Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA Mariategui, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 087-2006DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion convencional de MORDAZA superficie para Servicio Publico de Electricidad Nº 1213, ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA, Mz. 25, Lt. 16 A, Tercera Etapa, Sector Vallecito Bajo, Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA Mariategui, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de servidumbre Propietario MORDAZA de terreno MORDAZA

PRODUCE
Declaran inadmisible apelacion contra silencio administrativo negativo referente a solicitud para autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 051-2006-PRODUCE/DVP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2006 VISTO: el escrito de registro Nº 02129002, de fecha 28 de marzo de 2006, presentado por la empresa PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito presentado ante la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA con fecha 28 de marzo de 1996, PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda. solicito autorizacion de incremento de flota por sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "Tarata 6", de matricula Nº CE-7566, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 223-96PE, de fecha 10 de octubre de 1996, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por PEEA Pesquera Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda.; Que, por medio del escrito de registro Nº C11920 PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda presento recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 223-96PE/DNE, recurso que fue finalmente declarado infundado el 21 de febrero de 1997, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 095-97-PE, quedando agotada la via administrativa; Que, mediante el escrito de registro Nº 03300, de fecha 14 de marzo de 1997, PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda. interpuso recurso de revision contra la Resolucion Directoral Nº 223-96-PE y la Resolucion Ministerial Nº 095-97-PE, el mismo que fue declarado inadmisible mediante la Resolucion Ministerial Nº 34597-PE, toda vez que las resoluciones cuestionadas fueron emitidas por autoridades de competencia nacional, habiendo quedado, ademas, agotada la via administrativa con la Resolucion Ministerial Nº 095-97-PE; Que, no obstante lo mencionado en los considerandos precedentes, la empresa PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda. presento el 19 de enero de 2006, a traves del escrito de registro Nº 02129002, nuevamente su solicitud para obtener el incremento la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "Tarata 6", de matricula Nº CE-7566; Que, mediante el escrito del visto PEEA Los Delfines MORDAZA S.C.R.Ltda. presento recurso de apelacion contra el silencio administrativo negativo que se habria generado como consecuencia de que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (hoy Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero) no habria atendido su solicitud en los plazos establecidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, como se indico en los considerandos anteriores, en el presente caso la Administracion ya emitio pronunciamiento sobre el fondo en forma definitiva a traves de la Resolucion Ministerial Nº 095-97-PE, quedando agotada la via administrativa, por lo que resulta inadmisible el recurso de apelacion interpuesto; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas a traves de la Resolucion Ministerial Nº 115-2006-PRODUCE, que autoriza el viaje del senor Viceministro de Pesqueria y encarga este despacho al Viceministro de Industria, del articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el

31173505 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 1213. Ubicacion: distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Este A 287 941,617 B 287 937,135 C 287 939,741 D 287 935,176

Suelo: Propiedad 39,45 m 2 del Estado subsuelo (via publica) y aires

8 8 8 8

Norte 656 740,291 656 741,327 656 732,177 656 732,747

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 08409

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.