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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2006 (19/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G30/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de mayo de 2006 Tipo Progresivo para fines de vivienda, con zonificación R4 del predio de 10,126.55 m², inscrito en la PartidaNº 43159496 del Registro de Predios, de fecha 16.07.02;ubicado en el lote 15, Mz. "B", Urbanización Zárate,denominado "Programa de Vivienda Residencial lasGardenias de Zárate" del distrito de San Juan deLurigancho, provincia y departamento de Lima. deacuerdo al plano Nº 003-2006-HU-JGTC/GDU/MSJL. Artículo Segundo.- Declarar que en el presente plano aprobado se encuentra parcialmente ocupado porel Asentamiento Humano Palomares con un área totalde 910.97m2, el cual se encuentra AnotadoPreventivamente en el Registro de Predios por unproceso de Prescripción Adquisitiva de Dominio. Artículo Tercero .- Autorizar la Ejecución de las Obras faltantes correspondiente a la Habilitación Urbana en elplazo de 18 meses contados a partir de la fecha denotificación de la presente Resolución como son: aguapotable y alcantarillado, energía eléctrica dejando diferidolas obras de pavimentación de pistas y veredas con lascaracterísticas y especificaciones siguientes: PAVIMENTOS:Aceras.- Serán de concreto de calidad f’c = 175kg/ cm2 de 010m de espesor y construidas sobre terraplénde material seleccionado de buena calidad y debidamentenivelado y compactado. El acabado será con mezcla decemento y arena fina, preparado en una proporción de1:2 y de un centímetro de espesor bruñado cada metroy con juntas cada cinco centímetros. El desnivel de laacera con relación a la calzada terminada será de 0.20m. Sardineles .- En los extremos libres de las aceras o en contacto con la berma se construirá un sardinel deconcreto de dimensiones 0.15mX0.45m. Mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecutenreparaciones no comprometan al sardinel; la calidad deconcreto será de f’c= 175 Kg. /cm 2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada. Rampas en Bermas para Personas con Discapacidad .- En los extremos de los abanicos de las aceras en los lugares señalados en el Plano de Lotizacióny Vías, se construirán rampas peatonales que conectaránlos niveles superiores de las aceras de las calzadas, deacuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190"Adecuación Urbanística para personas conDiscapacidad" aprobada por Resolución MinisterialNº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 Artículo Cuarto .- Determinar el Área Bruta Total equivalente a 10,126.55m2, cuya Habilitación UrbanaEjecutada se Regulariza, se distribuye de acuerdo alsiguiente cuadro: Área Bruta Total 10,126.55m2 Área ocupada por el AH. Palomares 910.97m2Área útil destinada a Vivienda 6,928.64m2Área Verde 506.02m2Vías 1,780.92m2 Así mismo, respecto al área útil total cuya regularización se aprueba, se distribuye de la siguientemanera MANZANA Nº DE LOTES NUMERACIÓN ÁREA (m2) A 29 1 al 29 4,028.53m2 B 08 1 al 8 1,196.70m2 C 12 1 al 12 1,703.41m2 D 49 49 6,928.64m2 (*) Es preciso señalar que los aportes reglamentarios fueron realizados en base a lasOrdenanzas Nºs. 292 y 375 expedidas por laMunicipalidad Metropolitana de Lima y que en laactualidad las normas vigentes son la OrdenanzaNº 836, el déficit de Aportes Reglamentarios seprocederá al pago de redención en dinero por el déficitexistente hasta antes de la recepción de las obras.Aporte % ÁREA ÁREA % DÉFICIT O BSERVACIÓN Recreación 10 921.56 506.02 5.49415.54 SE ACEPTA Pública REDENCIÓN DE DINERO Ministerio de 2 184.31 0.00 0.00 0.00 SE A CEPTA Educación REDENCIÓN DE DINERO Parques 2 184.31 0.00 0.00 0.00 SE A CEPTA Zonales REDENCIÓN DE DINERO TOTAL 14 1,290.18 506.02 5.49415.54 Artículo Quinto .- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de Predios Zona RegistralIX-Sede Lima, la obligación de los propietarios de cancelarel déficit de Aporte Reglamentario a la Municipalidad deSan Juan de Lurigancho por 415.54m2, al Ministerio deEducación por un área equivalente de 184.31m2, aSERPAR 184.31m2 antes de la recepción de las Obrasy en consecuencia, queda como garantía Artículo Sexto.- DISPONER que Compañía Inmobiliaria Constructora Merson S.A, efectúe lapublicación de esta Resolución en el Diario Oficial ElPeruano en un plazo no mayor de 30 días calendario,contados a partir de la fecha de notificación de lapresente, sufragando los gastos a que hubiera dado lugar. Artículo Sétimo.- REMITIR, la presente Resolución y los planos que se aprueban en copia certificada a laDirección Municipal de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima para suconocimiento de acuerdo a lo establecido en el DecretoSupremo Nº 010-2005-VIVIENDA. Artículo Octavo.- DISPONER se notifique la presente Resolución al administrado, quien señala domicilio en laavenida Nicolás de Pierola Nº 1144 oficina 201. Artículo Noveno .- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, incorporar la presente HabilitaciónUrbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan deLurigancho siendo éste su competencia según loestablece el ROIF vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROMELIA ZEGARRA ACUÑA Gerente de Desarrollo Urbano 08815 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G6A/G61/G6E /G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G52/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G22/G4C/G6F/G73/G20/GC1/G6E/G67/G65/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G52/G6F/G73/G61/G22 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 229-2006-AL/MDSMP San Martín de Porres, 10 de abril del 2006VISTO: El Expediente Nº 19936-2006, organizado por Juan Teodomiro Solis Izaguirre, Gerente Administrativode INVERSIONES GENERALES SY S.A.C, solicitandola Nulidad de Multa por supuesta infracción; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidadescomo órganos de gobierno, con personería jurídica de derechopúblico, con autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia; Que, el Artículo 1º de la Resolución de Alcaldía Nº 207-2006-AL/MDSMP de fecha 28.MAR.06 se aprobóla solicitud de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa