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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2006 (19/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de mayo de 2006 2º Sala Penal Especial de Lima: presidida por el doctor ROBERTO BARANDIARÁN DEMPWOLF, Salaque independientemente de sus labores jurisdiccionales,alternará la 3º Sala Penal Especial del 16 al 30 de juniodel año en curso. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Controlde la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial,de la Oficina de Administración Distrital de la CorteSuperior de Justicia de Lima y de los magistrados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 08900 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72/GE1/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 034-2006-BCRP Lima, 16 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entresus funciones está la de administrar las reservasinternacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entresus objetivos propender a la óptima administraciónde las reservas internacionales del país, velar por laoportuna y correcta ejecución de las inversiones enel contexto del mercado internacional y fortalecer losvínculos con organismos e instituciones del exterior; Que, en tal sentido, se considera conveniente la participación de la señora Sandra Mansilla Cristóbal,Subgerente de Gestión de Inversiones Internacionalesde la Gerencia de Operaciones Internacionales, en elBIS/BCC Reserve Management Seminar, organizadoconjuntamente por el Bank for International Settlementsy el Banco Central de Chile y que se llevará a cabo del23 al 24 de mayo en la ciudad de Santiago de Chile,Chile; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a loacordado por el Directorio en su sesión de 20 de abril de2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios de la señora Sandra Mansilla Cristóbal, Subgerente de Gestiónde Inversiones Internacionales de la Gerencia deOperaciones Internacionales, a la ciudad de Santiago deChile, Chile, del 22 al 24 de mayo y al pago de los gastos,a fin de intervenir en el certamen indicado en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: US$ 627,17 Viáticos: US$ 600,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30,25 --------------- TOTAL US$ 1257,42Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASIAS Vicepresidenteen ejercicio de la Presidencia 08829 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 355-2006-JEF/RENIEC Lima, 18 de mayo de 2006 VISTOS:El Oficio Nº 1660-2005/GP/SGDAC/RENIEC, y el Informe Nº 336-2006-GAJ/RENIEC, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 29 de marzode 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, como instituciónconstitucionalmente autónoma, con personería jurídicade derecho público interno y con goce de atribucionesen materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de lasPersonas Naturales, en lo que respecta a la custodia delos archivos y datos relacionados a las inscripciones,que sirven de base para la obtención del DocumentoNacional de Identidad; Que, siendo la Gerencia de Procesos, a través de la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central,el órgano de línea encargado de las labores dedepuración y actualización de datos, se ha podidodetectar que diversos ciudadanos, que forman parte deldocumento del Visto, han recurrido al Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales, declarandodatos falsos, los mismos que han sido detectados ycorresponde tomar acciones legales con relación a ellos,en aplicación de la Ley Nº 14207 y su Reglamento; Que, de acuerdo a la información recabada por la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central,órgano de línea encargado de la depuración yactualización de datos del Registro Único de Identificaciónde las Personas Naturales, ha detectado que:ALEJANDRO JACINTO ESPEJO OSORES ha tramitadoirregularmente una segunda inscripción con el Formulariode Identidad Nº 05750222 para obtener el DNI.Nº 80299639 a nombre de JENRRY MISAEL ESPEJOOSORES para lo cual presento como documentos desustento la declaración jurada de dos testigos calificadosseñalando como fecha y lugar de nacimiento el 9 de juliode 1979, en Huancayo, Huancayo, Junín, padresAlejandro y Flora, sin embargo dicha persona ya habíatramitado una primera inscripción con su verdaderonombre ALEJANDRO JACINTO ESPEJO OSORES el25 de febrero de 1999, sustentando su inscripción consu partida de nacimiento expedida por la Municipalidadde Chilca, Provincia de Huancayo, Departamento deJunín y la declaración jurada de dos testigos calificadosobteniendo el DNI Nº 80597482; Que, JUANA CCAHUANA PERALTA presuntamente ha obtenido irregularmente la inscripción Nº 04822538 anombre de ROSARIO CCAHUANA DE HUARHUACHIpara lo cual presento como documento de sustento laLibreta Militar Nº 4223878689, registrando como fecha y