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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 de su especialidad, según el Anexo Nº 2 de la referida Directiva; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Reconocer y autorizar como Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en cuatro folios) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolución, para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdicción de la Dirección Regional de Defensa Civil de Lima-Callao. Artículo Segundo. - Los Inspectores Técnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolución, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedarán facultados para efectuar Inspecciones Técnicas Básicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdicción indicada. Artículo Tercero. - El reconocimiento y autorización señalados en los artículos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI a efectuar la inscripción de los Inspectores mencionados en el artículo primero de la presente Resolución, en el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentación correspondiente en el Archivo documentario respectivo; así como, a expedir las credenciales respectivas. Artículo Quinto.- La Dirección Nacional de Prevención y la Oficina de Estadística y Telemática publicarán y actualizarán en la página web del INDECI, el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil. Artículo Sexto.- La Secretaría General ingresará la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, efectuará su publicación en el diario Oficial “El Peruano” y remitirá copia fedateada de la misma a la Dirección Nacional de Prevención, Dirección Nacional de Educación y Capacitación, Oficina de Estadística y Telemática, Dirección Regional de Defensa Civil de Lima-Callao y Oficina de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa CivilRESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 234-2006-INDECI 10 de mayo del 2006 Visto, el Informe 062-2006-INDECI/13.0 de la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, de fecha 3 de mayo del 2006; mediante el cual se remite la relación de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorización; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los órganos competentes, las condiciones para ejecución de las inspecciones, así como los requisitos para la obtención del reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Órganos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Dirección Regional de Defensa Civil Lima- Callao ha llevado a cabo un Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, quienes cumplen con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Técnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comités de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales serán responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdicción a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelación o la renovación de la autorización de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acápite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI “Directiva para autorización, renovación, ampliación de jurisdicción y acreditación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil” vigente, los postulantes que tengan un nivel académico de técnico quedan autorizados para emitir opinión únicamente en el campo INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Dirección Nacional de Educación y Capacitación ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 234-2006-INDECI CÓDIGO DEL CURSO : 000000000702 CURSO : INSPECTORES TÉCNICOS EN SEGURIDAD FECHA : 17/04/2006 DEPARTAMENTO : LIMA REGIÓN : DRDC DE LIMA-CALLAO PROVINCIA : LIMA Total de Participantes Aptos: 36 DISTRITO : LOS OLIVOS Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI TÍ TULO / Nº COMITÉ/ENTIDAD UBICACIÓN GEOGRÁFICA COMITÉ ESPECIALIDAD COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPAR TAMENTO PROVINCIA DI STRITO ASI GNADO 1 ABUHADBA VARGAS JUDITH 10416968 TÉCNICO EN Comité Distrital CONSTRUCCIÓN LIMA LIMA SANTA ANITA Distrital 2 ANDRADE NIÑO DE GUZMAN 10421890 I NGENIERO 51989 Comité Distrital ARNALDO HILARION ELECTRICISTA LIMA LIMA LINCE Distrital LIMA LIMA SANTA ANITA Distrital 3 ANYOSA LUJAN JOSE 09651115 I NGENIERO 69380 Comité Distrital SANITARIO LIMA LIMA S. J. DE LURIGANCHO Distrital 4 ARANA SALINAS PEDRO DANIEL 07885906 I NGENIERO 73942 Comité Distrital GEOFÍSICO LIMA LIMA M IRAFLORES Distrital 5 CARDENAS MENDOZA ANIBAL MARTIN 09751858 ARQUITECTO 7987 Comité Distrital LIMA LIMA SURQUILLO Distrital 6 CHARALLA PFUÑO MAURO CESAR 07746894 I NGENIERO 69104 Com ité Regional CIVIL CALLAO Regional 7 DIAZ DIAZ NANCI AIDEE 06080079 ARQUITECTO 6234 Comité Distrital LIMA LIMA LA MOLINA Distrital LIMA LIMA STGO. DE SURCO Distrital