Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2006 (20/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2006

el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Tecnica con Oficio Nº 451-2006DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E1 de 21.FEB.2006 a la Fiscalia Provincial Mixta de Lurin - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir, Aprovechamiento Indebido del Cargo y Falsedad Generica; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 317º, 399º (y el articulo 397º vigente al momento de suscitados los hechos) y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08935

Civil de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, para lo cual adjunto recibo Nº 327980-1 del Banco de la Nacion por el pago de los derechos administrativos, MORDAZA del DNI Nº 08839229 del solicitante, y MORDAZA certificada del documento materia de tramite; Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, mediante Oficio Nº 666-2004-MDPL-GDH-DRC, senala que la certificacion de la Partida de Matrimonio presentada a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA YABIKU OYAKAWA, no corresponde a la firma de la Jefe de Registro Civil; asi como, los sellos de certificacion que figuran en la citada partida no son los utilizados en dicha Oficina Registral; adicionando el hecho que, no existe coincidencia entre la numeracion correspondiente al mes de setiembre del 2004; concluyendose por tanto, en la falsedad de la misma; Que, ante los hechos expuestos, se desprende que el comportamiento realizado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber presentado documento falso o falsificado como si fuese legitimo ante el Registro, a fin de realizar tramite de autenticacion de firma contenida en la MORDAZA certificada de partida de matrimonio, se encuentra tipificado como delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; En atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08967 RESOLUCION JEFATURAL Nº 349-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 Visto, el Oficio Nº 4043-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 3180-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 4142006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 26 de MORDAZA del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que, con fecha 16 de setiembre del 2004, la ciudadana MORDAZA ALMIDA ORDONEZ MORDAZA se presento ante el Area de Certificaciones del RENIEC y solicito tramite de autenticacion de firma, procedimiento previsto en el numeral 33 del Texto Unico de Procedimientos

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 348-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 4043-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 3218-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 426-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 20 de MORDAZA del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que, con fecha 10 de setiembre del 2004, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se presento ante el Area de Certificaciones del RENIEC y solicito tramite de autenticacion de firma, procedimiento previsto en el numeral 33 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del RENIEC, referente a una MORDAZA certificada de la Partida de Matrimonio correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA YABIKU OYAKAWA, la misma que fuera firmada presuntamente por el Jefe de la Division de Registro

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