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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Viernes 26 de mayo de 2006 319481 CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Misión de Estudios al Tte Crl Art ORUE AGUIRRE Alfonso, para participar como Instructor Invitado en la Escuela Militar de Inteligencia de Bolivia; al My Cab SALAZAR CHAVES José Guillermo, para participar como Alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército de la República de Bolivia y al Técnico de Segunda EP VILCA ESCALON Hernán, para participar en el Curso Especialista en Inteligencia a realizarse en la Escuela Militar de Inteligencia del Ejército de Bolivia; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Tte Crl Art ORUE AGUIRRE Alfonso, para participar como Instructor Invitado en la Escuela Militar de Inteligencia de Bolivia a realizarse en el período comprendido del 24 de enero al 7 de diciembre del 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Cochabamba - Lima US$ 521.22 x 1 persona Gastos de Traslado: (Equipaje-Bagaje e Instalación) US$ 5,800.00 x 1 persona (ida y vuelta) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,900.00 ÷ 30 x 7 días x 1 persona US$ 2,900.00 x 10 meses x 1 persona US$ 2,900.00 ÷ 30 x 7 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al My Cab SALAZAR CHAVES José Guillermo, para participar como Alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército de la República de Bolivia, en el período comprendido del 24 de enero al 9 de diciembre del 2006. Artículo 4º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Cochabamba - Lima US$ 521.22 x 1 persona Gastos de Traslado: (Equipaje-Bagaje e Instalación) US$ 5,800.00 x 1 persona (ida y vuelta) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,900.00 ÷ 30 x 7 días x 1 persona US$ 2,900.00 x 10 meses x 1 persona US$ 2,900.00 ÷ 30 x 9 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 5º.- Autorizar el viaje en Misión de Estudios, al Técnico de Segunda EP VILCA ESCALON Hernán, para participar en el Curso Especialista en Inteligencia a realizarse en la Escuela de Militar de Inteligencia delEjército de Bolivia, del 24 de enero al 7 de diciembre del 2006. Artículo 6º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima-Bolivia-Lima US$521.22 x 1 Persona Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2200 ÷ 30 x 7 días x 1 persona US$ 2200 x 10 meses x 1 persona US$ 2200÷ 30 x 7 días x 1 persona Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 Persona Artículo 7º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el período total de días autorizados. Artículo 8º.- El referido personal militar, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047 - 2002 - PCM del 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 - 2004 - DE/SG del 26 de enero del 2004. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09373 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2006-DE/EP Lima, 16 de enero de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 167 DIEDE/ SD PLMTO Y EVAL/A.05, de diciembre del 2005, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Misión de Estudios al Tte Crl MG SANCHEZ BAEZ Abraham, para participar como Instructor Invitado en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC) en el Fuerte Benning - Georgia de los Estados Unidos de América, en el período comprendido del 15 de enero al 31 de diciembre del 2006, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta serán solventados por el Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/ SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, Estando a lo propuesto por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el Señor Ministro de Defensa;