Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2006 (26/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Viernes 26 de MORDAZA de 2006

el monto de inversion, cuya valorizacion en libros asciende a S/. 401 616,60 (Cuatrocientos Un Mil Seiscientos Dieciseis y 60/100 Nuevos Soles), valor ajustado al 31 de enero de 2006; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 021-93-EM, que constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la parte de los bienes que conforman el Proyecto Ampliacion de la Mini Central Hidroelectrica de Canuja II Etapa (130 kW), ubicado en la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, a la Empresa Concesionaria de Servicio Publico de Electricidad Electro Ucayali S.A. - Electro Ucayali S.A., financiados con recursos del Tesoro Publico a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, cuyo valor en libros asciende a S/. 401 616,60 (Cuatrocientos Un Mil Seiscientos Dieciseis y 60/ 100 Nuevos Soles), valor ajustado al 31 de enero de 2006. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Concesionaria de Servicio Publico de Electricidad Electro Ucayali S.A. - Electro Ucayali S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 09190

corresponde adecuar el Reglamento de la Ley Nº 27718, a fin de garantizar una optima gestion administrativa en salvaguarda de la integridad de las personas que se dedican a las diversas actividades con productos pirotecnicos, asi como de la propiedad y el medio ambiente; De conformidad con lo establecido en el numeral 29 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de la adecuacion del Reglamento. Aprobar la adecuacion del Reglamento de la Ley Nº 27718, a la Ley Nº 28627, que regula la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos, que consta de 104 articulos, 6 disposiciones complementarias, 5 disposiciones transitorias y 15 anexos. Articulo 2º.- Derogatoria Dejese sin efecto las normas y disposiciones legales de igual o menor jerarquia que se opongan al presente Reglamento. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 09368

INTERIOR
Aprueban la adecuacion del Reglamento de la Ley Nº 27718 que regula la fabricacion, importacion y otras actividades con productos pirotecnicos, a la Ley Nº 28627
DECRETO SUPREMO Nº 005-2006-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27718 del 11MAY2002, se regula la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion, y uso de productos pirotecnicos, la misma que fue Reglamentado mediante D.S. Nº 0142002-IN del 10NOV2004; Que, por Ley Nº 28627 del 22NOV2005, se faculta el ejercicio de la potestad sancionadora al Ministerio del Interior en el ambito funcional de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC; y, se dispone la adecuacion del Reglamento de la Ley Nº 27718, a fin de normar sobre la autorizacion previa para artesanos pirotecnicos; regulacion y control de la importacion, almacenamiento y comercializacion de principales insumos quimicos para la fabricacion de productos pirotecnicos; caracteristicas de los talleres de fabricacion artesanal, condiciones y requisitos para la autorizacion de fabricacion, almacenamiento, comercializacion y uso en espectaculos pirotecnicos, asi como el transporte de productos pirotecnicos; y la cantidad y tipos de productos pirotecnicos deflagrantes que puedan ser objeto de venta directa al publico; dando un plazo de 90 dias para su adecuacion; Que, conforme lo senala en forma expresa la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28627,

Dan por concluidas designaciones de Subprefectos de las provincias de Pallasca y El Collao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1352-2006-IN-1501 MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 2533-2005-IN-1501 de fecha 29 de diciembre del 2005, se designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo publico de confianza de Subprefecto en la provincia de Pallasca en el departamento de Ancash; Que, es necesario da por concluida la referida designacion, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el articulo 3º, de la Ley Nº 27594 -- Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en los articulos 5º y 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y, Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042005-IN del 22JUL2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DAR POR CONCLUIDA la designacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo publico de confianza de Subprefecto en la provincia de Pallasca en el departamento de MORDAZA,

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