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NORMAS LEGALESEl Peruano Viernes 26 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319484 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2006-DE/EP Lima, 16 de enero de 2006 Visto, las Hojas de Recomendación Nºs. 163, 118 y 176 DIEDE/ SD PLMTO Y EVAL/C-4.c.3, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Tte Crl MG CHAVEZ CRESTA Mario Oscar, para participar como alumno en el Curso de Oficial de Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Argentina; al CADETE II AÑO EP GONZALES GONZALES Joao Alfredo, para realizar Estudios de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina y Ampliar la Permanencia en la República de Argentina al CADETE II AÑO EP PEÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, para continuar Estudios de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina repectivamente; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 188 DE/EP del 21 de marzo del 2005, se nombró en Misión de Estudios al CADETE I AÑO EP PEÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, para realizar Estudios de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina (Buenos Aires), en el período del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Tte Crl MG CHAVEZ CRESTA Mario Oscar, para participar como alumno en el Curso de Oficial de Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Argentina, en el período comprendido del 16 de enero al 31 de diciembre del 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima US$ 942.48 x 1 persona Gastos de Traslado: (Equipaje-Bagaje e Instalación) US$ 5,800.00 x 1 persona (ida y vuelta) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,900.00 ÷ 30 x 15 días x 1 persona US$ 2,900.00 x 11 meses x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Autorizar el viaje en Misión de Estudios al CADETE II AÑO EP GONZALES GONZALES Joao Alfredo, para realizar Estudios de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de Argentina, en el período del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2006. Artículo 4º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima US$ 1,004.62 x 1 persona Gastos de Traslado: (Equipaje-Bagaje e Instalación) US$ 1,000.00 x 1 persona (ida y vuelta)Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 x 11 meses x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 5º.- Ampliar la Permanencia en la República de Argentina al CADETE II AÑO EP PEÑARANDA EVARISTO Gustavo Alfonso, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2006, a fin de continuar sus Estudios en el Colegio Militar de la Nación de Argentina. Artículo 6º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero Mensual $ 500.00 x 12 meses x 1 Cadete (01 enero - 31 diciembre 2006) Artículo 7º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el período total de días autorizados. Artículo 8º.- El referido personal militar, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047 - 2002 - PCM del 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 - 2004 - DE/SG del 26 de enero del 2004. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09377 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G65/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 065-2006-DE/EP Lima, 3 de febrero de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1993 DE/ EP/INF del 12 de diciembre 2003, se nombró al Crl EP AVALOS RAMOS Demetrio, para que preste servicios como Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, por el período de Un (1) año a partir del 1 de enero 2004; Que, la Resolución precitada fue modificada por la Resolución Ministerial Nº 90-2004/A.1.a.1 de fecha 2 de febrero 2004, en el sentido de variar la fecha de inicio de la Misión Diplomática del Crl EP AVALOS RAMOS Demetrio, debiendo ser considerada a partir del 1 de febrero del 2004; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004 DE/ SG; de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempeñará el Personal Militar en las Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el Extranjero; Que, mediante Resolución Suprema Nº 022 - 2005 DE/EP del 18 de enero 2005, se amplió la permanencia en el extranjero en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores del Crl EP AVALOS RAMOS Demetrio, para que continúe prestando servicios