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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Viernes 26 de mayo de 2006 319485 como Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil, a partir del 1 de febrero del 2005; Que, por razones de servicio es necesario dar por concluidas las funciones que viene desempeñando el Crl EP AVALOS RAMOS Demetrio, como Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil; Que, el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero 2004, regula los conceptos que se abonan como gastos de retorno al país del personal militar que se encuentra en Misión Diplomática; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluidas las funciones que viene desempeñando el Crl EP AVALOS RAMOS Demetrio, como Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Federativa de Brasil, con fecha 31 de diciembre del 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, dará cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 5º del reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09378 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G4D/G48/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G49/G49/G49/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G4D/G4D/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 451-2006-DE/SG Lima, 26 de abril de 2006 Visto el Oficio Nº 0291 de fecha 25 de abril de 2006, del Jefe del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI); CONSIDERANDO:Que, se ha recibido invitación del Representante Permanente de Venezuela ante la Organización Meteorológica Mundial (OMM), para participar en la “Décima Reunión del Grupo de trabajo sobre Hidrología de la Asociación Regional III de la OMM América del Sur” a llevarse a cabo en la ciudad de Maracaibo - Venezuela, del 15 al 19 de mayo de 2006; Que, dada la importancia y trascendencia de los temas a tratar en la citada reunión para los intereses nacionales, resulta conveniente autorizar el viaje en comisión de servicio de la Ing. JULIA ACUÑA AZARTE, profesional del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, para asistir a dicho evento; Que, los gastos de hospedaje, transporte aéreo internacional y dietas, serán cubierto por la Organización Meteorológica Mundial; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002 - PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio al extranjero de la Ing. JULIA ACUÑA AZARTE, profesional de este Servicio, para participar en la Reunión que se indica en la parte considerativa de la presente Resolución, a partir del 14 hasta el 20 de mayo del presente año. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de hospedaje, transporte aéreo internacional y dietas serán sufragados por la Organización Meteorológica Mundial - OMM. El gasto por impuesto de salida, ascendente a la suma de TREINTA CON 25/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 30.25), será asumido por el presupuesto del SENAMHI. Artículo 3º.- La citada profesional deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09349 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G36/G33/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G44/G45/G2F/G4D/G47/G50 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2006-DE/MGP Lima, 26 de abril de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 363-2006 DE/MGP de fecha 5 de abril de 2006, se autorizó el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Teniente Primero SN (MC) Aníbal Pedro MARQUINA Gálvez, para que participe en el Intercambio de Información sobre la prevención, exposición y tratamiento de enfermedades tropicales en el Instituto de Mantenimiento de la Paz en Chile, del 15 al 22 de abril de 2006; Que, por razones del servicio, es necesario modificar la autorización de viaje al exterior del mencionado Oficial Subalterno, en el sentido de considerar como fecha de término de dicha autorización el 29 de abril de 2006, debiéndose expedir la Resolución modificatoria correspondiente; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 363-2006 DE/MGP de fecha 5 de abril de 2006, en el sentido de considerar el 29 de abril de 2006 como fecha de término de la autorización de viaje en Comisión del Servicio del Teniente Primero SN (MC) Aníbal Pedro MARQUINA Gálvez. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09350 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G70/G61/G72/G61 /G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G20/G61/G6C/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G43/G75/G62/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 469-2006-DE/FAP Lima, 3 de mayo de 2006