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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2006 (26/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESEl Peruano Viernes 26 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319486 Vista la Solicitud de fecha 31 de marzo de 2006 presentada por el Mayor FAP SANCHEZ CHAVEZ Helver Manuel, el Acta de la Junta de Sanidad Nº 0193 de fecha 24 de abril de 2006 y el Oficio IV-160-I-DSJS-Nº 0904 de fecha 25 de abril de 2006 del Director de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, mediante Acta Nº 0193 del 24 de abril de 2006, la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, recomienda que el Mayor FAP SANCHEZ CHAVEZ Helver Manuel, viaje a la República de Cuba por un período de 60 días, a fin de que se le realice un Programa de Evaluación y Tratamiento Neuro-Restaurativo Multifactorial Intensivo y Personalizado en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN), en la ciudad de La Habana; Que, el costo que demande el tratamiento médico especializado, alojamiento, estadía, alimentación, bolsa de viaje y pasajes de ida y retorno serán asumidos por cuenta del interesado, no generando gastos al Tesoro Público; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 002-2006-DE/SG del 19 de enero de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Tratamiento Médico Altamente Especializado, a la República de Cuba, a partir del 8 de mayo de 2006 y por el período de 60 días, del Mayor FAP SANCHEZ CHAVEZ Helver Manuel, con la finalidad de que se le realice un Programa de Evaluación y Tratamiento Neuro- Restaurativo Multifactorial Intensivo y Personalizado en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN), en la ciudad de La Habana. Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 3º.- Los costos que demande el tratamiento médico especializado, alojamiento, estadía, alimentación, bolsa de viaje y pasajes de ida y retorno serán asumidos por cuenta del interesado, no generando gastos al Tesoro Público. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09351 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G32/G35/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G44/G45/G2F/G46/G41/G50 /G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G46/G41/G50/G20/G61 /G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2006-DE/FAP Lima, 3 de mayo de 2006 Visto el Mensaje COEN-041236 de abril de 2006 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y el Mensaje SGFA-101524 de abril de 2006 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, según Resolución Ministerial Nº 225-2006 DE/ FAP de fecha 3 de marzo de 2006, se autorizó el viaje alexterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, entre otros, del Comandante FAP QUIROZ PLEFKE Michael Eduardo, con la finalidad que participen en la reunión principal y final de ejecución del ejercicio CRUZEX III, a desarrollarse dentro del Programa de Comités de Trabajo del Sistema de Cooperación entre Fuerzas Aéreas, en la Base Aérea Anápolis de la Fuerza Aérea del Brasil; Que, de acuerdo a lo informado por el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, por razones estrictamente del servicio el Coronel FAP GAMBARINI OÑATH Ruben Samuel, viajará en reemplazo del mencionado Oficial Superior, siendo necesario para tal efecto modificar la Resolución Ministerial antes mencionada; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el artículo 1º.- de la Resolución Ministerial Nº 225-2006 DE/FAP de fecha 3 de marzo de 2006, en el sentido de considerar al Coronel FAP GAMBARINI OÑATH Ruben Samuel en reemplazo del Comandante FAP QUIROZ PLEFKE Michael Eduardo, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09352 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G46/G41/G50 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G4F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G55/G6E/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G44/G65/G6D/G6F/G63/G72/GE1/G74/G69/G63/G61/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 494-2006-DE/FAP Lima, 10 de mayo de 2006 Visto el Fax Nº 521 EMCFFAA/D6/OP del 26 de abril de 2006 del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y Papeleta de Trámite Nº 1586-SGFA del 28 de abril de 2006 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Democrática del Congo, del 3 de junio de 2006 y por el período de un año, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad que se desempeñen como Observadores Militares en la Misión de las Naciones Unidas en el mencionado país; Que, los gastos de viáticos, pasajes, alojamiento y alimentación, serán provistos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 002-2006-DE/SG del 19 de enero de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Democrática del Congo, del 3 de junio de 2006 y por el período de un año, del Personal Militar FAP que se indica a continuación, con la finalidad