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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 28 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319656 ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Defensa (CAFAE-MINDEF). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09436 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G2D/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G79/G20 /G64/G65/G20 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G61/G6C/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20 /G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G65/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G20 /G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20 /G4D/G65/G72/G63/G61/G6E/G74/G65 /G22/G41/G6C/G6D/G69/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G20/G47/G72/G61/G75/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 052-2006-DE/ENAMM Callao, 22 de marzo del 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de fecha 3 de agosto del 2002, las Instituciones Públicas tienen la obligación de promoverla transparencia de sus actos y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, según lo dispuesto en el Articulo 5º de la Ley antes citada, las entidades de la administración pública están en la obligación de difundir a través deInternet la información que la misma ley precisa, debiendo para tal efecto identificar al funcionario responsable; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, es obligación de la máximaautoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; así como al funcionario responsable de laelaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información de acceso públicoy de la actualización del portal de internet se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicado en el Diario Oficial El Peruano;colocándose adicionalmente, copia de dicha designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 039-2005 DE/ENAMM, de fecha 18 de marzo del 2005, se designó al señor Oscar LOZANO Vallebuona, como encargado de difundir y actualizar a través de la Página WEB(www.enamm.edu.pe) la Información de este Centro Superior de Estudios; así como responsable de las solicitudes de acceso a la información durante el año2005; Que, en consecuencia deviene necesario designar al funcionario o funcionarios responsables de entregarla información de acceso público y de la actualización del portal de transparencia de este Centro Superior de Estudios durante el año 2006; Estando a lo mencionado y con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Periodista Virginia Elisa Lacherre Calderón, Jefe de la Oficina de Promoción Institucional, como responsable de la actualización del Portal de Transparencia (www.enamm.edu.pe), así comode entregar la información de acceso público respecto a las solicitudes de acceso a la información que se presenten durante el año 2006 en la Escuela Nacionalde Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administración se encargue de la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto la Resolución Nº 039-2005-DE/ENAMM de fecha 18 de marzo del 2005. Regístrese y comuníquese. LUIS LÓPEZ DE VINATEA Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” 09409 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61 /G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G64/G6F/G72/G61/G20 /G64/G65/G20 /G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72/G20 /G79/G20 /G50/G6F/G72/G76/G65/G6E/G69/G72 /G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G61/G20/G47/G72/G61/G6E/G20/G42/G72/G65/G74/G61/GF1/G61/G70/G61/G72/G61/G20 /G73/G6F/G73/G74/G65/G6E/G65/G72/G20 /G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20 /G61/G6C/G72/G65/G63/G6C/G61/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G64/G65/G6D/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/GE9/G72/G64/G69/G64/G61 /G64/G65/G20/G61/G65/G72/G6F/G6E/G61/G76/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2006-EF Lima, 26 de mayo de 2006 Visto el documento C Nº 694-2006-JLPYP de fecha 16 de mayo de 2006, de la Junta Liquidadora de Populary Porvenir Compañía de Seguros en Liquidación, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, el señor PABLO FERNANDO SARRIA ARENAS, miembro de la Junta Liquidadora de Popular y Porvenir Compañía de Seguros en Liquidación, viajará a la ciudad de Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlandadel Norte, para sostener reuniones con el Corredor de Reaseguros y el representante de los Reaseguradores en el caso del reclamo de Indemnización bajo la Pólizade Seguro de Aviación Nº 1124, cobertura del casco por la pérdida total de la aeronave Boeing 737-200 FAP Nº 351, suscrita con la Fuerza Aérea del Perú, accidentada en la localidad de Andos el 5 de mayo de 1998; Que, el mencionado viaje es importante para poner fin a las diferencias existentes entre ambas partes, tratando de lograrun acuerdo que permita que los reaseguradores mejoren su propuesta inicial por pago ex gratia, es decir fuera del reclamo, a favor de la Fuerza Aérea del Perú en pago del siniestromencionado en el considerando precedente, que fuera rechazado por los referidos reaseguradores y que se encuentra pendiente de arbitraje internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar excepcionalmente el mencionado viaje, debiendo Popular y Porvenir Compañía de Seguros en Liquidación, asumircon cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las entidades bajoel ámbito de FONAFE modificada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor PABLO FERNANDO SARRIA ARENAS, miembro de la Junta Liquidadora de Popular y Porvenir Compañíade Seguros en Liquidación, a la ciudad de Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 28 de mayo al 2 de junio de 2006, para los fines expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo alPresupuesto de Popular y Porvenir Compañía de Seguros en Liquidación, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 130,01 Viáticos : US$ 1 560,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25