Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2006 (28/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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319662

NORMAS LEGALES

El Peruano
MORDAZA 28 de MORDAZA de 2006

Especializada en los Derechos de la Mujer, a partir del 14 de octubre de 1996; Que, por Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP, se establecio que el cargo a que se refiere el considerando anterior tiene el mismo rango que los Adjuntos, adecuandose, posteriormente a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 041-2001-PCM; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 008-2003/ DP se le encomendo a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunta para los Derechos de la Mujer, las funciones de Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia, al cargo de Adjunta para los Derechos de la Mujer; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 18º del Decreto de Supremo Nº 003-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; en uso de las facultades conferidas por los articulos 5º y 9º numeral 8) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y, en concordancia con el articulo 5º literales d) y n) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 0018-2005/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Adjunta para los Derechos de la Mujer, con Categoria y Nivel D8, en la Plaza Nº 075, la que sera efectiva el 1 de junio de 2006, dandole las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Defensorial Nº 008-2003/DP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 09493 RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0022-2006/DP MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Visto, el Acta de resultados, presentada a la Defensora del Pueblo por los tres miembros de la Comision Especial encargada del MORDAZA de seleccion del Adjunto o de la Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, senoras doctoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mannarelli y senor doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA, de conformidad con el articulo 9º del reglamento aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 009-2006/DP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 26520 establece que la Defensora del Pueblo estara auxiliada por Adjuntos que la representaran en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le confiere, quienes seran seleccionados mediante concurso publico segun las disposiciones que senale el reglamento que se apruebe para este fin; Que, mediante la Resolucion Defensorial Nº 009-2006 se aprobo el "Reglamento para el Concurso Publico de Seleccion del Adjunto o de la Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo"; Que, para el MORDAZA de seleccion del Adjunto o de la Adjunta para los Derechos de la Mujer se dispuso la conformacion de una Comision Especial integrada por tres miembros de reconocida trayectoria academica, prestigio personal e independencia; habiendose designado para este fin a las senoras doctoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mannarelli,

asi como al senor doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de Romana; Que, de conformidad con el articulo 9º del reglamento aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 009-2006/ DP, los tres miembros de la Comision Especial de Seleccion del Adjunto o de la Adjunta para los Derechos de la Mujer han cumplido con presentar el Acta que contiene el puntaje total de los postulantes preseleccionados que participaron en el concurso publico, con expresa mencion del orden de meritos y, asimismo, han presentado la terna de las finalistas para que se designe a quien habra de ocupar el cargo convocado por la Defensoria del Pueblo; En uso de las facultades conferidas por el articulo 7º y numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y en concordancia con los literales d) y g) del articulo 5º de su Reglamento de Organizacion y Funciones y de los articulos 9º y 10º del Reglamento aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 009-2006/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, en el cargo de Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo a la doctora Luz MORDAZA TALAVERA, a partir del 1 de junio de 2006. Articulo Segundo.- AGRADECER a los miembros de la Comision Especial a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, por los importantes servicios prestados a la Defensoria del Pueblo. Articulo Tercero.- DAR por concluido el MORDAZA de seleccion y designacion de la Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 09494

Designan Asesora III de los Organos de Direccion de la Defensoria del Pueblo y le encomiendan funciones del titular de la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0023-2006/DP MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Vistos; el Memorando Nº 462-2006-DP/OGRH y su anexo el Memorando Nº 427-2006-DP/PAD, mediante el cual se solicita la emision de la resolucion autoritativa que designe al Asesor III de los Organos de Direccion de la Defensoria del Pueblo, asi como el Memorando Nº 232-2006-DP/OPP que sustenta la disponibilidad presupuestal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, de conformidad con el articulo 33º de la Ley Nº 26520 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 0018-2005/DP, es potestad de la Defensora del Pueblo designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, tanto el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Resolucion Administrativa Nº 1432002/DP, como el Presupuesto Analitico de Personal

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