Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2006 (28/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano
MORDAZA 28 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

319657

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido liquidador debera presentar al Ministro de Economia y Finanzas un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del referido liquidador cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 09470

- Las series 11FEB2009, 10MAR2010, seran intercambiables con la serie 10AGO2011. - La serie 31ENE2012 seran intercambiables con la serie 05MAYO2015. - La serie 12AGO2016 seran intercambiables con la serie 12AGO2017. - Las series 2002/09AGO2009 10JUN2010, 20FEB2011, 11DIC2013, 30ENE2014, 14ABR2016, 08JUN2016, 13JUL2019, seran intercambiables con las series 13OCT2024 y/o 31ENE2035. Articulo 2º.- Modificar el precio de intercambio de los Bonos Soberanos 10JUN2010, contenido en el Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 012-2006-EF/ 75.01, de 108,5570% a 111,8905%. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO LECCA DEL RIO Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico 09491

JUSTICIA
Aceptan renuncia de Procuradora Publica del Ministerio de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 089-2006-JUS MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Visto, el Oficio Nº 201-2006-PRODUCE/DM, del Ministro de la Produccion, de fecha 2 de MORDAZA de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 070-2004JUS, de fecha 2 de MORDAZA de 2004, se designo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Sancarranco Caceda, como Procuradora Publica del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el oficio de visto, el Ministro de la Produccion pone en conocimiento la renuncia formulada por la citada funcionaria a dicho cargo de confianza, solicitando se efectivice a partir del 30 de MORDAZA de 2006; Que, por el articulo Decimo Primero de la Resolucion Administrativa Nº 152-2006-P-CSJL/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, publicada el 27 de MORDAZA de 2006, se dispuso la reincorporacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Sancarranco Caceda, como Juez Especializado en lo Civil de Lima; Que, del articulo Decimo MORDAZA de la mencionada Resolucion Administrativa se advierte que la reincorporacion dispuesta se MORDAZA efectiva a partir del dia 1 de MORDAZA de 2006; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27594, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y en el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptase la renuncia formulada por la senora abogada MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA SANCARRANCO CACEDA, como Procuradora Publica del Ministerio de la Produccion, a partir del 30 de MORDAZA de 2006; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 09471

Establecen la correspondencia de grupos de series de Bonos Soberanos que seran intercambiados de conformidad con el D.S. Nº 072-2006EF
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-2006-EF/75.01 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 37º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, dispone que las operaciones de administracion de deuda del Gobierno Nacional, que incluye, entre otros, el intercambio o canje, seran aprobadas mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2006-EF se aprobo la operacion de administracion de deuda interna, consistente en el intercambio de bonos soberanos actualmente en circulacion y asi como el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos; Que, de acuerdo al Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos Soberanos el monto y los precios de los bonos a ser retirados y de los bonos a ser entregados, seran establecidos mediante Resolucion Directoral de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 012-2006EF/75.01 se establecieron los precios de intercambio de los bonos soberanos, entre los cuales se establecio para los Bonos Soberanos 10JUN2010 un precio de 108,5570%, el cual debe ser modificado; Que, asimismo es necesario establecer la correspondencia de series de Bonos Soberanos que seran intercambiados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 072-2006-EF y la Resolucion Directoral Nº 012-2006-EF/75.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El intercambio de Bonos Soberanos aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2006-EF, se realizara entre los siguientes grupos de series: - Las series 12AGO2006, 11FEB2007, 09OCT2007 seran intercambiables con la serie 09JUL2008.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.