TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano domingo 28 de mayo de 2006 319661 la Sesión N° 1129, de fecha 22 de diciembre de 2005, en el extremo que se refiere a la expedición a favor de la doctora Katerine Salazar Calderón Samalvides, del título de Fiscal Adjunta Provincial Mixta de Islay, Distrito Judicial de Arequipa; debiendo expedírsele un nuevo título como Fiscal Adjunta Provincial Penal del Distrito Judicial de Arequipa; Segundo.- Levantar la suspensión de la ejecución del Acuerdo N° 1609-2005, adoptado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en la Sesión N° 1129, de fecha 22 de diciembre de 2005; y, Tercero.- Excluir una plaza de Fiscal Adjunta Provincial Penal de Arequipa del Distrito Judicial de Arequipa, del cuadro de plazas vacantes de la Convocatoria Nº 003- 2005-CNM” ; Que, habiendo el Consejo Nacional de la Magistratura expedido la Resolución Nº 095-2006-CNM, de fecha 27 de febrero de 2006, mediante la cual se cancela el títulode Fiscal Adjunta Provincial Mixta de Palpa, Distrito Judicial de Ica, otorgado a favor de la doctora Katerine Salazar Calderón Samalvides, y se le expide el título deFiscal Adjunta Provincial Penal del Distrito Judicial de Arequipa; corresponde cancelar el título de Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Islay, Distrito Judicial de Arequipa, afavor del doctor Carlos Irenión Ramírez Alfaro, y expedirle el título de Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Palpa, Distrito Judicial de Ica; por lo que, en cumplimientoa dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 36º y 37° incisos b) y e) dela Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título de Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Islay, Distrito Judicial de Arequipa, otorgado a favor del doctor CARLOS IRENIÓN RAMÍREZ ALFARO. Segundo.- Expedir el título de Fiscal Adjunto Provincial Mixto de Palpa, Distrito Judicial de Ica, a favor del doctor CARLOS IRENIÓN RAMÍREZ ALFARO. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PELÁEZ BARDALES Presidente (e) 09449 /G45/G78/G70/G69/G64/G65/G6E/G20 /G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4A/G75/G65/G7A/G20 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F /G64/G65/G20 /G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 182-2006-CNM Lima, 22 de mayo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 1986-2006-P-CSJCN-PJ, de fecha 26 de abril de 2006, del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a loprevisto por el artículo 154° inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo21° inciso d) de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, mediante el Oficio Nº 1986- 2006-P-CSJCN-PJ, de fecha 26 de abril de 2006, remitecopia certificada de la Resolución de Presidencia Nº 195- 2006-CSJCN/PJ, de fecha 26 de abril de 2006, quereincorpora a la doctora María Elena Jo Laos, como Juez Especializado de Familia, en mérito al Acuerdo de Solución Amistosa firmado entre el Estado Peruano y losmagistrados no ratificados; Que, el cuarto considerando de la citada resolución, establece: “Que, respecto de la magistrada cuya reincorporación correspondería efectuarse en el Juzgado Laboral de esta Corte Superior de Justicia, al no haber a la fecha plaza vacante en la especialidad referida, esta Presidencia procederá conforme a lo dispuesto en el citado acuerdo de solución amistosa” ; y al haberse reincorporado a la doctora María Elena Jo Laos, comoJuez Especializado de Familia, corresponde expedirle el título correspondiente, previa cancelación del título que anteriormente ostentaba como tal; Que, la plaza materia de reincorporación debe excluirse del cuadro de plazas vacantes del concurso público materia de la Convocatoria Nº 002-2005-CNM,actualmente en ejecución; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha18 de noviembre de 2005; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de laLey Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título de Juez Especializado en Trabajo del Distrito Judicial de Lima, otorgado a favor de la doctora MARÍA ELENA JO LAOS. Segundo.- Expedir el título de Juez Especializado de Familia del Distrito Judicial del Cono Norte, a favor de la doctora MARÍA ELENA JO LAOS. Tercero.- Excluir la plaza de Juez Especializado de Familia del Distrito Judicial del Cono Norte, del concurso público materia de la Convocatoria Nº 002-2005-CNM. Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 09450 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G61 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G4D/G75/G6A/G65/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0021-2006/DP Lima, 26 de mayo de 2006 Vistos, los memorandos Nº 462-2006-DP/OGRH y 427-2006-DP/PAD, emitidos por la Oficina de Gestión deRecursos Humanos y por la Primera Adjuntía, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolución Defensorial Nº 0018-2005/DPse aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 017-96/DP se designó, previo concurso público, a la doctora María del Rocío Villanueva Flores, en el cargo de Defensora