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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano domingo 28 de mayo de 2006 319673 por los miembros de mesa durante el escrutinio, para tal efecto, el Pleno del Jurado Nacional de Eleccionesreglamentó mediante Resolución Nº 103-2006-JNE, el procedimiento aplicable a las actas observadas para el proceso de Elecciones Generales y de Representantesdel Parlamento Andino 2006; Que, cotejada con el Acta de Seguridad Nº 216374- 42-I del Jurado Nacional de Elecciones, se verifica quela organización política Alianza por el Futuro no registra votación alguna en dicha mesa electoral, por lo que debe confirmarse lo resuelto por el Jurado Electoral Especialde Cusco; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto enel inciso a) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto y en consecuencia, confirmar en todos sus extremos la Resolución Nº 815-2006-JEE- CUSCO expedida por el Jurado Electoral Especial deCusco. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para elcómputo correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) RESOLUCIÓN Nº 926-2006-JNE Exp. Nº 835-2006 Lima, 17 de mayo de 2006 VISTO, en Audiencia Pública del 17 de mayo de 2006, el recurso de apelación interpuesto por la personera legal titular del partido político Perú Posible, Amavila Porturas Malca, acreditada ante el Jurado ElectoralEspecial del Lima- Sur, contra la Resolución Nº 2033- 2006-JEE-LIMA SUR, expedida por el mencionado Jurado Electoral Especial, que resuelve la observaciónpor error material detectado en el acta electoral Nº 217996-33-0; recurso que ha sido elevado por el Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima- Sur yrecibido el 16 de mayo del presente año; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 2033-2006-JEE-LIMA SUR, emitida el 5 de mayo de 2006, el Jurado ElectoralEspecial de Lima Sur, declaró válida la votación consignada en el acta electoral Nº 217996-33-0 del distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento deLima, sumando la diferencia existente entre el total de ciudadanos que votaron (169) y el total de votos emitidos (168), como votos nulos; Que, de conformidad con lo establecido en el ítem 12.101 del TUPA del JNE incorporado mediante Resolución Nº 048-2006-P/JNE de fecha 9 de abril de2006 y concordado con el artículo 34º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resuelve, en instancia definitiva, lasapelaciones que se interpongan contra las resoluciones sobre actas observadas remitidas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a los JuradosElectorales Especiales; Que, la recurrente sustenta su pretensión en que la resolución expedida por el Jurado Electoral Especial deLima Sur, ha cometido un error al transcribir los votos del partido político Perú Posible a la agrupación política CON FUERZA PERÚ, hecho que se demuestra con los 22votos emitidos a favor de cuatro de sus candidatos y ninguno a ésta última, e igualmente por la proximidad delas casillas; Que, cotejada con el acta de Seguridad Nº 217996- 39-Q del Jurado Nacional de Elecciones se verifica queel partido político Perú Posible registra 16 votos a su favor, mientras que la organización política Con Fuerza Perú, un (01) voto, por lo que debe declararse fundado elrecurso de apelación interpuesto y considerarse además, que los candidatos Nº 1, Nº 3, Nº 4 y Nº 6 del partido político Perú Posible registran en este orden la siguientevotación preferencial: 13, 6, 1 y 2; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto enel inciso a) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto y revocar la resolución Nº 2033- 2006-JEE-LIMA SUR, en los extremos que consignan 16 votos a favor del partido político Con Fuerza Perú y 1voto para el partido político Perú Posible; debiendo considerarse para los efectos del cómputo total de votos de las organizaciones políticas en el Acta ElectoralNº 217996-33-0, que a la agrupación política Con Fuerza Perú le corresponde un (01) voto y al partido político Perú Posible dieciséis (16) votos, e igualmente que a loscandidatos Nº 1, Nº 3, Nº 4 y Nº 6 del partido político Perú Posible se les debe registrar siguiente votación preferencial: 13, 6, 1 y 2, respectivamente. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el cómputo correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ SOTO VALLENASVELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) RESOLUCIÓN Nº 928-2006-JNE Exp. Nº 837-2006 Lima, 17 de mayo de 2006 VISTO, en Audiencia Pública del 17 de mayo de 2006, el recurso de apelación interpuesto por la personera legal titular del partido político Perú Posible, AmavilaPorturas Malca, acreditada ante el Jurado Electoral Especial del Lima- Sur, contra la Resolución Nº 2039- 2006-JEE-LIMA SUR, expedida por el mencionadoJurado Electoral Especial, que resuelve la observación por error material detectado en el acta electoral Nº 212100-45-J; recurso que ha sido elevado por elPresidente del Jurado Electoral Especial de Lima- Sur y recibido el 16 de mayo del presente año; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 2039-2006-JEE-LIMA SUR, emitida el 5 de mayo de 2006, el Jurado Electoral Especial de Lima Sur, validó la votación consignada en el acta electoral Nº 212100-45-J del distrito de Surquillo,provincia y departamento de Lima, sumando la diferencia existente entre el total de ciudadanos que votaron (206) y el total de votos emitidos (59), como votos nulos, yanuló, en estricta aplicación a lo dispuesto en el numeral 6) del Acápite II del Artículo Tercero, las votaciones preferenciales de los candidatos pertenecientes a lasagrupaciones políticas Partido Socialista, Restauración Nacional, Alianza por el Futuro, Unión por el Perú, Alianza para el Progreso, Partido Reconstrucción democrática,Concertación Descentralista, Frente del Centro, Perú Posible, Frente Independiente Moralizador, Partido Aprista Peruano y Avanza País- Partido de Integración Social, al