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NORMAS LEGALESEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319748 Ate, 28 de octubre de 2005 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:El Anexo Nº 1938-2004 del Expediente Nº 13161-98 seguido por don FLAVIO GERBOLINI GAGGERO y donSANTIAGO GERBOLINI PESCHIERA, por el que solicitanse disponga la libre disponibilidad de lotes que conformanla Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial deDensidad Media R-3 y Otros Usos OU del terreno de15,720.00m2 constituido por la Parcela 5-A-2 del ex FundoMayorazgo Chico, ubicada en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0404 de fecha 25 de abril de 2001, la Municipalidad Distrital de Ate,aprueba de acuerdo con el plano signado con el Nº 005-2001-SDACRyHU/DGU/MDA, la Habilitación Urbana Nueva,para Uso Residencial de Densidad Media R-3, del terrenode 15,720.00 m2, constituido por la parcela 5-A-2 del exFundo Mayorazgo Chico, ubicada en el distrito de Ate,provincia y departamento de Lima. Que, mediante Resolución Directoral Nº 00032 de fecha 22 de abril de 2003, la Municipalidad Distrital deAte, aprueba de acuerdo con el plano signado con elNº 002-2003-SDHUyF-DGU/MDA y en sustitución delplano Nº 005-2001-SDACRyHU/DGU/MDA aprobado porResolución de Alcaldía Nº 0404-MDA del 25/4/01, laHabilitación Urbana Nueva para Uso Residencial deDensidad Media R-3 y Otros Usos OU del terreno de15,720.00 m2 constituido por la Parcela 5-A-2 del exFundo Mayorazgo Chico, de propiedad de don FlavioGerbolini Gaggero y don Santiago Gerbolini Peschiera,ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamentode Lima; autorizando la ejecución de obras dehabilitación correspondientes, venta garantizada de lotes e inscripción de la lotización aprobada. Que, mediante Resolución Directoral Nº 00059 del 26 de noviembre de 2003 la Municipalidad Distrital de Ate,rectifica el Artículo séptimo de la Resolución DirectoralNº 00032 del 22/4/03, debiendo considerarse 341.45 m2como área del lote 22 de la Mz “A”, conforme al planoaprobado signado con el Nº 002-2003-SDHUyF-DGU/MDAy la Memoria Descriptiva; y aclara que el presente procesoha sido seguido por don Flavio Gerbolini Gaggero, donSantiago Gerbolini Peschiera y doña Marjorie Elaine RoseRivero Taube de Gerbolini. Que, de conformidad con el Art. 35º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado porResolución del Superintendente Nacional de los RegistrosPúblicos Nº 540-2003-SUNARP/SN del 21/11/03, solicitaque mediante Resolución se disponga la libre disponibilidadde lotes, que permita a sus propietarios individuales elacceso al crédito, dejando establecido que en cada partidaregistral anotada a mérito de la autorización conferida,existe la carga referida a la obligatoriedad de la ejecuciónde obras para convertir la inscripción provisional en definitiva,previa la recepción de obras de urbanización. Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 953- 2004 de fecha 29 de noviembre del 2,004, emitida porSERPAR LIMA se aprueba la actualización de la Valorizacióndel área de 82.77 m2 correspondiente al déficit del aportepara Parques Zonales por la Habilitación Urbana para UsoResidencial R-3 del área de terreno afecta a aportes de8,276.94 m2, ubicado en la Av. Javier Prado Este, Parcela5-A-2, urbanización Fundo Mayorazgo Chico, distrito deAte, provincia y departamento de Lima, ascendente a lasuma de S/. 6,063.73 nuevos soles; y mediante OficioNº 1337-2004/SERPAR-LIMA/OGAPI/MML de fecha 1 dediciembre del 2,004 el SERPAR LIMA indica que conformeal recibo de ingresos Nº 043080 de fecha 29 de noviembredel 2,004, el déficit del mencionado aporte ha sidocancelado. Que, mediante Informe Legal Nº 2544-2005-GAJ/MDA de fecha 3 de octubre del 2005, se indica que esprocedente el otorgamiento de una Resolucióncomplementaria que autorice al recurrente la libredisponibilidad de los lotes de terreno, con excepción delLote Nº 17 Manzana “A” que quedará en garantía depago en efectivo del déficit de aportes al Ministerio deEducación. De igual modo se deberá disponer ellevantamiento de la reserva del Lotes Nº 18 de la Manzana“A” de la Habilitación Urbana Nueva del terreno de 15,720.00 m2 constituido por la Parcela 5-A-2 del ex FundoMayorazgo Chico, del distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima, que quedó en garantía de pagopor aporte reglamentario correspondiente al servicio deparques SERPAR LIMA. Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro, la Gerencia de AsuntosJurídicos, y; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por elInciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444Ley Procedimiento Administrativo General, así como deconformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas y por el ReglamentoNacional de Construcciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER el levantamiento de carga del Lote Nº 18 de la Manzana “A”, el cual quedócomo garantía de pago del aporte reglamentario de ParquesZonales, correspondiente al Servicio de parques SERPAR– LIMA, según se estableció en el artículo quinto de laResolución Directoral Nº 00032; al haberse acreditado lacancelación de dicho aporte. Artículo Segundo.- ESTABLECER la libre disponibilidad de los Lotes que conforman la presente Habilitación UrbanaNueva, a excepción del Lote Nº 17 de la Manzana “A”, quequedará en garantía de pago en efectivo del déficit delaporte al Ministerio de Educación. Artículo Tercero.- ACLARAR que el Lote Nº 17 de la Manzana “A” queda en garantía de pago en efectivo deldéficit del aporte al Ministerio de Educación; y no de reservacomo se indica en el artículo quinto de la ResoluciónDirectoral Nº 00032. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en elplazo de 30 días contados a partir de su notificación, acargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia;a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efectos dela inscripción de la Habilitación Urbana, al Ministerio deEducación, al Serpar-Lima y a los interesados para suconocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 09384 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G64/G65 /G4C/G6F/G74/G65/G20/G4E/GBA/G20/G31/G37/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G6E/G7A/G61/G6E/G61/G20/G22/G41/G22/G20/G71/G75/G65/G20/G71/G75/G65/G64/GF3 /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G67/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G70/G6F/G72/G74/G65 /G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20 /G64/G65/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G73/G65/G67/GFA/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G33/G32 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00027 Ate, 30 de marzo de 2006 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LAMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:El Anexo Nº 900-2006 del Expediente Nº 13161-98 seguido por don FLAVIO GERBOLINI GAGGERO y donSANTIAGO GERBOLINI PESCHIERA, por el que solicitanse disponga el levantamiento de carga del lote 17 de laManzana “A”, el cual quedó como garantía de pago delAporte Reglamentario del Ministerio de Educación,establecido en la Resolución Directoral Nº 00032. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0404 de fecha 25 de Abril de 2001, la Municipalidad Distrital de Ate,aprueba de acuerdo con el plano signado con el Nº 005-