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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2006 (29/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006 319747 con un área de 0.5992 ha. y un perímetro de 334.45 ml. ubicado en el distrito de Huaral, provincia de Huaral,departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva. 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huando 3 o Chancay 23 I Nº 14J01 Nº 339-INC-PETT-2005, a escala1/1000, de fecha agosto de 2005, con un área de 1.4380ha. y un perímetro de 510.57 m.l. ubicado en el distrito deHuaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huando 4 o Chancay 23 I Nº 14 J0 1 Nº 340-INC-PETT-2005, a escala1/1000, de fecha agosto 2005, con un área de 1.3933 ha.y un perímetro de 461.61 m.l. ubicado en el distrito deHuaral, provincia de Huaral, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 5. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huando 6 Nº 342- INC-PETT -2005, a escala 1/1000, de fecha agosto 2005, con unárea de 1.6674 ha. y un perímetro de 530.16 m. ubicado en eldistrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 6. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huando Templo 1 o Chancay 23 I Nº 14J0 2 Nº 325-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha julio 2005, con un área de11.7980 ha. y un perímetro de 1386.32 m. ubicado en eldistrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento deLima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 7. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Huando Templo 2 o Chancay 23 I Nº 14J0 5 Nº 326-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha julio de 2005, con un áreade 12.5883 ha. y un perímetro de 1421.88 m.l. ubicado enel distrito de Huaral, provincia de Huaral, departamento deLima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos yen el Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la Condición de PatrimonioCultural de la Nación de los sitios arqueológicosmencionados en el Artículo 1º y de los planos señaladosen el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados "PatrimonioCultural de la Nación", deberá contar con la aprobación delInstituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09417 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 742/INC Lima, 17 de mayo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 295-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 22 de febrero de 2006 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestacionesculturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala queel Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar,declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 295-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 22 de febrero de 2006 el Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura, remite el expediente técnico del sitio arqueológico Plaza de Acho 2, ubicado en el distrito deAntioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima,elaborado por la Lic. Nohemí Ortiz Castillo; Que, mediante Informe Nº 364-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 18 de abril de 2006, la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,informa que el expediente técnico no presentaobservaciones y que el sitio arqueológico no se encuentradeclarado Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 331 de fecha 5 de mayo 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a laDirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Plaza de Acho 2, ubicado en el distrito deAntioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; - Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Plaza de Acho 2 Nº 502-INC-PETT-2005, a escala 1/5000,de fecha marzo de 2005, con un área de 7.2292 ha. y unperímetro de 1,170.60 m. ubicado en el distrito de Antioquía,provincia de Huarochirí, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección deArqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Plaza de Acho 2, ubicado en el distrito de Antioquía,provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Plaza de Acho 2 Nº 502-INC-PETT-2005, a escala 1/5000, defecha marzo de 2005, con un área de 7.2292 ha. y un perímetrode 1,170.60 m. ubicado en el distrito de Antioquía, provincia deHuarochirí, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnicay memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema deInformación Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal(SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación delsitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del planoseñalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios,obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación delInstituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09418 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ATE /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G64/G65 /G6C/G6F/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G33/G32/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G4E/GBA/G20/G31/G37/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G6E/G7A/G61/G6E/G61/G20/G22/G41/G22/G20/G71/G75/G65/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G67/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/GE9/G66/G69/G63/G69/G74/G20/G64/G65/G6C/G20/G20/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00058 (Se publica la presente resolución a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ate, mediante Oficio Nº 234-2006-A/MDA, recibido el 26 de mayo de 2006)