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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2006 (29/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006 319745 6. Diablo Manchay; ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha, departamento deHuánuco. 7. Ayamachay; ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Plaza Pampa o Pictografía Jacha Machay.Nº 185-INC-PETT -2005, a escala1/5000, de fecha abril de 2005, con un área de 18.9979 ha. yun perímetro de 1756.56 m.l. ubicado en el distrito de Punchao,provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Puña Punta o Cerro Mirador Nº 343-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, defecha agosto 2005, con un área de 2.7326 ha y un perímetrode 821.42 ml. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri,provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cauricancha Nº 344-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fecha agostode 2005, con un área de 7.5620 ha. y un perímetro de1144.73 m.l. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri,provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco, consu respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Yachascocha Nº 345-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fecha agosto2005, con un área de 8.7960 ha y un perímetro de 1395.80m. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri, provinciade Lauricocha, departamento de Huánuco, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 5. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Mariacancha Nº 346-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fecha agostode 2005, con un área de 4.5238 ha. y un perímetro de851.19 m.l. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri,provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco, consu respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 6. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Marcachacra Nº 347-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fecha agosto 2005, con un área de 9.6658 ha y un perímetro de 1714.50 ml. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri, provinciade Lauricocha, departamento de Huánuco, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 7. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Marka Punta Nº 388-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha setiembrede 2005, con un área de 8.8923 ha. y un perímetro de 1202.54m.l. ubicado en el distrito de San Miguel de Cauri, provincia deLauricocha, departamento de Huánuco, con su respectiva fichatécnica y memoria descriptiva. 8. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Diablo Manchay Nº 389-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fechasetiembre 2005, con un área de 1.8758 ha y un perímetrode 1253.21 m. ubicado en el distrito de San Miguel deCauri, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 9. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Ayamachay Nº 486-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fechasetiembre 2005, con un área de 6.5819 ha y un perímetrode 1046.27 m. ubicado en el distrito de San Miguel deCauri, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos yen el Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la Condición de PatrimonioCultural de la Nación de los sitios arqueológicosmencionados en el Artículo 1º y de los planos señaladosen el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios,obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterarel paisaje de los sitios arqueológicos declarados "PatrimonioCultural de la Nación", deberá contar con la aprobación delInstituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09415RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 739/INC Lima, 17 de mayo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 0484-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 21 de marzo de 2006 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestacionesculturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargadode registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Oficio Nº 484-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 21 de marzo de 2006 el Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura, remite cuatro (04) expedientes técnicos de sitiosarqueológicos ubicados en el departamento de Lima,elaborados por la Lic. María del Rosario Guerrero Sarmiento; Que, mediante Informe Nº 343-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 11 de abril de 2006, la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,informa que los expedientes técnicos no presentanobservaciones y que ninguno se encuentra declaradoPatrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 336 de fecha 5 de mayo de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: Cuculicote V , Cuculicote VI, Cuculicote IV,Cerro San Antonio, ubicados en el distrito de Ascope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cuculicote V Nº 256-INC-PETT -2004, a escala 1/1000, de fechanoviembre de 2004, con un área de 1.4506 ha. y unperímetro de 465.33 m.l. ubicado en el distrito de Ascope,provincia de Ascope, departamento de La Libertad, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cuculicote VI Nº 258-INC-PETT -2004, a escala 1/1000, de fechanoviembre 2004, con un área de 1.1826 ha. y un perímetrode 438.66 ml. ubicado en el distrito de Ascope, provinciade Ascope, departamento de La Libertad, con su respectivaficha técnica y memoria descriptiva; 3.Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cuculicote IV Nº 259-INC-PETT -2004, a escala 1/10000, de fechanoviembre 2004, con un área de 250.9522 ha. y unperímetro de 9139.23 ml. ubicado en el distrito de Ascope,provincia de Ascope, departamento de La Libertad, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro San Antonio Nº 273-INC-PETT-2004, a escala 1/7500, de fechanoviembre de 2004, con un área de 52.6788 ha. y unperímetro de 2951.86 m.l. ubicado en el distrito de Ascope,provincia de Ascope, departamento de La Libertad, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección deArqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y laOficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: Cuculicote V, Cuculicote VI,