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NORMAS LEGALESEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319738 de Identificación y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la LeyNº 26242, deberán continuar con el proceso dereinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil que funcionaba en el distrito de Santiago de Surco, provincia ydepartamento de Lima, fue autorizada a reinscribirdeterminados Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción,mediante Resolución Jefatural Nº 723-2004-JEF/RENIEC,de fecha 8 de noviembre del 2004; y, posteriormente, elproceso de reinscripción fue ampliado respecto a la Secciónde Matrimonio, mediante Resolución Jefatural Nº 372-2005-JEF/RENIEC, de fecha 16 de marzo del 2005; Que, la Oficina de Registro del Estado Civil que funcionaba en la Municipalidad del distrito de Santiago de Surco, seencuentra incorporada al Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil por Resolución Jefatural Nº 1145-2005-JEF/RENIEC, de fecha 17 de noviembre del 2005; Que, la Oficina Registral señalada en el párrafo precedente, implementó expediente de ampliación de autorización dedeterminados Libros de Nacimiento, debido a su estado dedeterioro y, asimismo, ha solicitado la exclusión de la autorizaciónde reinscripción de determinados Libros de Defunción, por cuantolos mismos corresponden en realidad a la Sección de Nacimiento,habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el procesode reinscripción, confirmándose la necesidad de aprobar laampliación de autorización para reinscripción de Libros Registralesde Nacimiento 1 y 2 por Mandato Judicial de los años 1963 a1974 y 1975 a 1983; Que, la solicitud de ampliación de reinscripción de determinado, libros registrales en la Sección de Nacimiento,contenida en los informes del visto, ha sido evaluadapositivamente por la Subgerencia de Registros del EstadoCivil de la Gerencia de Operaciones, por lo que correspondeal Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, laaprobación pertinente, por cuanto es el organismoconstitucionalmente autónomo, con competencia exclusivaen materia registral; En tanto a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el artículo11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la institución,aprobado por Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la ResoluciónJefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliación de autorización de Resolución Jefatural Nº 723-2004-JEF/RENIEC, de fecha 8 de noviembre del 2004, para laReinscripción en la Sección de Nacimiento de Libros 1 y 2por Mandato Judicial de los años 1963 a 1974 y 1975 a1983, de la Oficina de Registro de Estado Civil quefuncionaba en la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco, provincia y departamento de Lima, hoy incorporadaal Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, por losconsiderandos antes expuestos. Artículo 2º.- Excluir de la autorización de Reinscripción en la Sección de Defunción a los Libros correspondientesa los años 1963 a 1974 y 1975 a 1983, por haber sidoacreditado que los libros afectados de los referidos añoscorresponden a la Sección de Nacimiento. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funcionaba en la Municipalidad del distrito deSantiago de Surco, provincia y departamento de Lima,incorporada al Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil por Resolución Jefatural Nº 1145-2005-JEF/RENIEC,para que proceda a la ampliación del proceso dereinscripción que se aprueba con la presente Resolución,con sujeción a las normas reglamentarias y administrativasque regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 4º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial, con laconsignación expresa por selladura "Reinscripción - LeyNº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, elRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil, a travésde la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberáproveer los libros requeridos expresamente por la Oficinade Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09366/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 I N P E /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G45/G71/G75/G69/G70/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 323-2006-INPE/P Lima, 25 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Obras y Equipamiento de laOficina General de Infraestructura; Que, a fin de garantizar la continuidad del servicio y operatividad institucional, es necesario designar en dichocargo público de confianza al servidor Arq. JOSE ANTONIOLUPA CONDORI; Contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso delas facultades conferidas mediante Resolución SupremaNº 021-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha al servidor Arq. JOSE ANTONIO LUPA CONDORI, en el cargo públicode confianza de Director de la Oficina de Obras yEquipamientos de la Oficina General de Infraestructura,Nivel F-2 del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a la Vicepresidencia, Oficinas Generales de Infraestructuray Asesoría Jurídica, Oficina de Recursos Humanos einteresado para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO RAMÓN SALAS UGARTE PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 09454 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G41/G79/G61/G62/G61/G63/G61 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 328-2006-INPE/P Lima, 25 de mayo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 059-2006-INPE/15 de fecha 22 de febrero de 2006 del Director General de la DirecciónRegional Norte Chiclayo. CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Subdirector del Establecimiento PenitenciarioProcesados de Ayabaca, nivel F-1 de la Dirección RegionalNorte Chiclayo; Que, mediante Informe Nº 106-2006-INPE-06 de fecha 12 de abril de 2006, del Director General de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, informa que es factiblehabilitar la plaza señalada; Que, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; Contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-