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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 105

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.331999 denunciante, proporcionará las denuncias que ameritan YHUL¿FDUVHGHQWURGHORVFLQFR  GtDV~WLOHVVLJXLHQWHVTranscurrido el plazo y sin respuesta al requerimiento, el OCI dará inicio a la acción de control. 8QDDFFLyQGHFRQWUROQRSODQL¿FDGDVHUHDOL]DUi con opinión previa favorable de la unidad orgánica de línea, para lo cual el OCI alcanzará su propuesta acompañada GHODMXVWL¿FDFLyQFRUUHVSRQGLHQWH/DXQLGDGRUJiQLFDGHlínea en un plazo máximo de diez (10) días útiles emitirá su conformidad o no conformidad por escrito. De ser conforme, el OCI registrará en el SAGU la información en el Formato $³3ODQL¿FDFLyQGHODDFFLyQGHFRQWURO´SDUDVXUHPLVLyQvía web y en forma impresa a la Contraloría General. 1.4 Tratándose del inicio una acción de control no SODQL¿FDGDFRQLQGLFLRVUD]RQDEOHVGHLOHJDOLGDGQRVHUinecesario contar con la referida opinión; sin embargo, el OCI deberá comunicar su inicio a la Contraloría General DWUDYpVGHO)RUPDWR$³3ODQL¿FDFLyQGHODDFFLyQGHcontrol”, vía web y en forma impresa. 2. Registro de la Ejecución 2.1. La ejecución de las acciones de control, se registrará periódicamente en el SAGU según el Formato B-1 “Estado de ejecución de la acción de control” y la ejecución de las actividades de Control se registrará de acuerdo al Formato B-2 “Estado de ejecución de la actividad de control” tomando en cuenta los “Instructivos” que forman parte de la presente Directiva, estos formatos deberán ser remitidos vía Web a la CGR previamente a la presentación impresa de los Informes de Cumplimiento del Plan. 2.2 El registro del avance de ejecución de cada acción de control se efectuará en forma acumulada, según los siguientes parámetros: Etapa Grado de Ejecución 3ODQL¿FDFLyQ(VSHFt¿FD 0D\RUDKDVWD Ejecución : Mayor a 20% hasta 80% Elaboración y Aprobación del Informe : Mayor a 80% hasta 100% 2.3 El registro del avance de la ejecución acumulado en el periodo, de las acciones o actividades de control considera los siguientes estados: - “En Proceso” cuando la acción o actividad ha sido iniciada y presenta un avance mayor a 0% y menor a 100%. - “Suspendida” cuando la acción o actividad iniciada, ha detenido temporalmente su ejecución por motivos de fuerza mayor (toma de local, desastres naturales, etc), y presenta un avance mayor a 0% y menor a 100%. - Acción de control “Concluida” cuando se ha emitido el Informe o los Informes resultantes de la misma, y se ha registrado el último informe en el SAGU, presenta un avance de 100%. - Actividad de control “Concluida con cumplimiento de meta” cuando durante el transcurso del año se alcanzó o VXSHUyODPHWDSODQL¿FDGDODFXDOSUHVHQWDXQDYDQFHGH100%. - Actividad de control “Concluida sin cumplimiento de meta” cuando no se ha superado la meta programada para el año. ³3HQGLHQWH´FXDQGRXQDDFFLyQRDFWLYLGDGSODQL¿FDGDQR se ha iniciado durante el período, y presenta un valor de 0%. 2.4 Las acciones de control y actividades de control que se encuentren en situación de “Pendientes” al 31 de diciembre de cada año de ejecución, deberán ser “Canceladas” y registradas como tal en el SAGU. Asimismo, las acciones de control “Suspendidas” que no serán reiniciadas durante el año deberán VHUFDQFHODGDVSUHFLViQGRVHODVMXVWL¿FDFLRQHVGHOFDVR 2.5 Las actividades de control que se encuentren “En proceso” o “Suspendidas” al 31.DIC de cada año de ejecución sin haber cumplido la meta programada para el año, deberán ser pasadas al estado de “Concluida sin cumplimiento de meta”. 0RGL¿FDFLyQGHO3ODQ$QXDOGH&RQWURO /RV2&,SRGUiQUHTXHULUODPRGL¿FDFLyQGHVX3$& DSUREDGRVyORFXDQGRH[LVWDQUD]RQHVMXVWL¿FDGDVGHLQWHUpV institucional o que afecten sustancialmente el accionar del OCI, como son reorganización institucional; fusión de HQWLGDGHVDEVRUFLyQUHGXFFLyQVLJQL¿FDWLYDGHODFDSDFLGDGRSHUDWLYDGHO2&,HQWUHRWUDV/DVROLFLWXGGHPRGL¿FDFLyQcontendrá los argumentos técnicos que sustentan el pedido. Dicha propuesta podrá ser presentada después del 15 de abril como resultado del primer Informe de Cumplimiento PAC y hasta el 30 de setiembre de cada año, en que se inicia ODSODQL¿FDFLyQGHO3ODQ$QXDOGH&RQWUROGHOVLJXLHQWHDxR /DPRGL¿FDFLyQGHO3$&FRPSUHQGHFDPELRVWDQWRHQ las acciones de control como en las actividades de control. 3.2 Las unidades orgánicas de línea, evaluarán la propuesta presentada en un plazo máximo de diez (10) días útiles, comunicando por escrito su conformidad o no conformidad. De ser conforme, el OCI procederá a la remisión vía Web de los formatos (A-1 y A-2) y a continuación presentará en IRUPDLPSUHVDODSURSXHVWDGH3$&PRGL¿FDGR/DXQLGDGRUJiQLFDGHOtQHDYHUL¿FDUiGLFKDLQIRUPDFLyQ\OXHJRVROLFLWDUia la Gerencia de Planeamiento y Control la continuación del WUiPLWHGHDSUREDFLyQpVWDDVXYH]YHUL¿FDUiTXHODSURSXHVWD  se adecúa a las disposiciones contenidas en la Directiva y formulará de ser el caso la Hoja de Recomendación y el proyecto de Resolución correspondiente, en un plazo máximo de tres (03) días útiles. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Técnico Legal visará el proyecto de Resolución en un plazo máximo de tres (03) días útiles de recibido.  /XHJR GH OD DSUREDFLyQ GH OD PRGL¿FDFLyQ OD Gerencia de Planeamiento y Control informará a los OCI el código de registro de aprobación SAGU. 0RGL¿FDFLyQGHIHFKDVGHHMHFXFLyQGHDFFLRQHV de control del Plan Anual de Control (O2&,SRGUiSUHVHQWDUVXSHGLGRGHPRGL¿FDFLyQ de las fechas de ejecución de las acciones de control contenidas en su PAC, únicamente después de la fecha de presentación del Informe de Cumplimiento del período enero-marzo y hasta el mes de setiembre del año de ejecución, siempre y cuando existan razones debidamente MXVWL¿FDGDV\VHHIHFW~HGHQWURGHOSHUtRGRDQXDO 4.2 La unidad orgánica de línea, evaluará la propuesta presentada en un plazo máximo de cinco (05) días útiles debiendo comunicar por escrito su conformidad o no conformidad. De ser conforme, el OCI remitirá vía Web los formatos (A-1 y A-2) y a continuación presentará en forma impresa su propuesta. La unidad orgánica de OtQHDYHUL¿FDUiGLFKDLQIRUPDFLyQ\OXHJRVROLFLWDUiDODGerencia de Planeamiento y Control la generación del código de aprobación correspondiente acompañando la KRMDGHHYDOXDFLyQHOHFWUyQLFD\ORVIRUPDWRVPRGL¿FDGRVLa Gerencia de Planeamiento dispondrá de dos (02) días útiles para informar a la unidad orgánica de línea el código de registro de aprobación SAGU. 5. Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control 5.1 El Informe de Cumplimiento PAC, es un documento de gestión elaborado por el OCI, mediante el cual informa a la Contraloría General el grado de avance en la ejecución de las acciones y actividades de control contenidas en el PAC; así mismo, informa la realización de acciones y DFWLYLGDGHVGHFRQWUROQRSODQL¿FDGDV(QORVFDVRVGHretrasos o incumplimientos de las metas del período, deberá precisar las causas correspondientes. En el Informe de Cumplimiento, también se informará el estado situacional de los Encargos de acciones de control efectuados por la CGR. En el Anexo N°4 adjunto, se encuentra la estructura y contenido del Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control. 5.2 El Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control, es acumulativo (ENE-MAR, ENE-JUN, ENE-SET y ENE-DIC), y se presentará hasta las fechas siguientes: Fecha de Presentación Fecha a la que se hasta el registra el avance 10 de abril de 2007 AL 31.MAR.200710 de julio de 2007 AL 30.JUN.200710 de octubre de 2007 AL 30.SET.200710 de enero de 2008 AL 31.DIC.2007 5.3 El registro de avance de las acciones y actividades de control en el SAGU se podrá efectuar hasta la fecha de presentación, sin embargo la fecha de avance deberá estar comprendida dentro del período de evaluación. (al 31.MAR, al 30.JUN, al 30.SET y al 31.DIC).