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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.331992 3. Las acciones de control priorizarán el control de la inversión social en zonas de pobreza, centrándose en las obras de infraestructura educativa y de salud, HOHFWUL¿FDFLyQ UXUDO DJXD SRWDEOH VDQHDPLHQWR \promoción agraria, donde se examinará el cumplimiento de los objetivos y metas de los proyectos o programas de inversión, la prestación efectiva de los servicios y ORVEHQH¿FLRVRLPSDFWRVJHQHUDGRVVREUHODSREODFLyQobjetivo. En forma supletoria, se examinará la observancia de los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, del Sistema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y normas complementarias. 4. El control presupuestal se orientará a evaluar HOFXPSOLPLHQWRGHODVPHWDVItVLFR¿QDQFLHUDV\HQespecial, de las normas de austeridad y racionalidad en el gasto público implementadas por el Titular de la Entidad. La evaluación del cumplimiento de metas debe examinar la consistencia de las metas presupuestarias, sus SURGXFWRV\XQLGDGHVGHPHGLGDSODQL¿FDGDVHQUHODFLyQa los objetivos institucionales; siendo áreas de riego las XQLGDGHVGHSODQL¿FDFLyQ\SUHVXSXHVWR\ODVXQLGDGHVGHlínea vinculadas a la producción de los servicios. Respecto al cumplimiento de medidas de austeridad se examinará la FRQWUDWDFLyQGHVHUYLFLRVQRSHUVRQDOHVYHUL¿FDQGRTXHQRestén orientadas al desempeño de funciones permanentes, la adquisición de bienes y servicios en general, y las medidas adoptadas para restringir los gastos en materia de personal, servicios generales, viáticos, vehículos y gastos de movilidad, entre otros. 3ULRUL]DUODDXGLWRUtDDORVHVWDGRV¿QDQFLHURV\ el examen especial a la información presupuestal de las entidades sujetas a control, con sujeción a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las normas HVSHFt¿FDVGLFWDGDVSRUOD&RQWUDORUtD*HQHUDO 6. El control del patrimonio cultural de la Nación examinará las políticas culturales y acciones adoptadas por los organismos públicos competentes del nivel nacional, regional y local, en materia de promoción, conservación, defensa y protección del patrimonio cultural, con prioridad en el patrimonio histórico, arqueológico y natural. En lo TXHFRQFLHUQHDOWUi¿FRLOtFLWRGHELHQHVGHYDORUFXOWXUDOVHYHUL¿FDUiQORVSURFHGLPLHQWRV\RSHUDFLRQHVRULHQWDGRVa su recuperación, y las gestiones realizadas con otras LQVWLWXFLRQHVFXOWXUDOHVDGXDQHUDVGH¿VFDOL]DFLyQ\ODpolicía nacional. 7. En el marco de la estrategia preventiva anticorrupción, se promoverá la adecuada implementación del control interno establecido por la gerencia, incorporando en los programas de auditoría procedimientos para evidenciar los problemas que afectan su buen funcionamiento en las áreas examinadas, la determinación de altos riesgos en las entidades y la existencia de mecanismos de cautela para preservar el patrimonio público; así mismo, se brindará asistencia orientada a mejorar los procesos donde operan mecanismos de control interno, principalmente en las áreas de Recursos Humanos, Adquisiciones, Almacenes, Obra Pública y Control Presupuestal. 8. Las actividades de control preventivo pondrán énfasis en: a) Participación del OCI como observador en los procesos de licitación, concursos y adjudicaciones directas, alertando sobre los posibles riegos que afecten la transparencia, probidad o el cumplimiento normativo. E 9HUL¿FDFLyQ GHO FXPSOLPLHQWR GH OD /H\ GH Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, constatando la publicación de la información dentro de plazos y la atención de las solicitudes de acceso público o su denegatoria con sujeción a los procedimientos establecidos. F 9HUL¿FDFLyQ GHO FXPSOLPLHQWR GH ODV 2¿FLQDV de Administración en cuanto a la presentación de declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas; y apoyo en la adopción de correctivos tendentes a promover su adecuada y oportuna presentación. d) Apoyo a los sistemas de denuncias de las Entidades, LGHQWL¿FDQGRVXVLQH¿FLHQFLDV\ULHVJRV\SURSRQLHQGRmejoras en los procesos. H9HUL¿FDFLyQVHOHFWLYDGHODSUHVWDFLyQGHXQVHUYLFLR de interés socio-económico establecido en el TUPA y del grado de satisfacción del cliente, constatando si existe información disponible para orientar al usuario, se aplican requisitos mínimos y se han eliminado los innecesarios, así como la oportunidad en la resolución de los trámites. f) Asistencia y absolución de consultas a los alcaldes cesantes de sus cargos, respecto a su obligación de rendir cuentas de los resultados de su gestión, en el marco de la Directiva Nº 08-2001-CG/OATJ. g) Evaluación de los sistemas de seguimiento, supervisión y/o evaluación adoptados por la gerencia, LGHQWL¿FDQGRVXVGHELOLGDGHV\RSRUWXQLGDGHVGHPHMRUD B. Lineamientos para el Control de Procesos Control del Proceso de Adquisición de Bienes y Servicios 1. El control de las adquisición de bienes y servicios se realizará con un enfoque integral que comprenda la programación de los requerimientos, evaluación de propuestas, adjudicación, contratación y conformidad de la cantidad y calidad de los suministros; examinando la transparencia del proceso y publicación de los planes anuales de adquisición. Cuando corresponda, se YHUL¿FDUiTXHORVSURGXFWRV\VHUYLFLRVDGTXLULGRVVHDQde reducido impacto ambiental, no perjudiciales para la salud, y susceptibles de reaprovechamiento. Se dará prioridad al control de la contratación de los servicios no personales, a las exoneraciones en la modalidad de licitación pública mediante declaración de estados de urgencia, a los procesos de licitación con PD\RU VLJQL¿FDFLyQ HFRQyPLFD \ D ODV DGMXGLFDFLRQHVdirectas otorgadas por servicios personalísimos. En las adquisiciones, el planeamiento de la acción de control contendrá procedimientos para detectar prácticas como el fraccionamiento de bienes, sobrevaluación de precios, evaluación indebida de postores, incumplimiento contractual, omisión en el cobro de penalidades y adulteraciones en la cantidad y calidad de los bienes y servicios provistos. En las adjudicaciones de obra se YHUL¿FDUiODH[LVWHQFLDGHH[SHGLHQWHVWpFQLFRVDSUREDGRVe incidirá en la detección del fraccionamiento de obras, la evaluación de propuestas, manejo del registro de contratistas para los casos de adjudicación directa por invitación y sobrevaluación del presupuesto. 2. En las entidades donde se han producido procesos de modernización y cambios tecnológicos, se examinarán las adquisiciones de equipos, sistemas de comunicación y hardware; el desarrollo de software y la implementación de los sistemas de gestión, intra e interconexión; evaluando los resultados obtenidos e impactos en la gestión. Control del Proceso de Inversión 3. El control de proyectos de inversión pública examinará HO FXPSOLPLHQWR GH ODV PHWDV ItVLFDV \ ¿QDQFLHUDV FHQWUiQGRVHHQODH¿FLHQFLDGHOXVRGHORVUHFXUVRVGRQGHVHYHUL¿FDUiVLORVSDJRVGHHMHFXFLyQOLTXLGDGRVVHFLxHURQa los costos del expediente técnico y de preinversión; si los precios contratados se ajustaron a los costos del expediente técnico o del estudio de preinversión aprobados; y si se cumplieron con las metas totales del proyecto en los plazos previstos en los estudios. Se dará prioridad al control de los proyectos con mayor VLJQL¿FDFLyQHFRQyPLFD\VRFLDO 4. El control de la gerencia de proyectos incidirá preventivamente en la observancia de los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, del Sistema Nacional de Inversión Pública, su reglamento y normas FRPSOHPHQWDULDVYHUL¿FDQGRTXHORVSUR\HFWRVFXHQWHQcon estudios de preinversión aprobados declarados viables como requisito previo a su ejecución; y correctivamente se incidirá en el pago de valorizaciones, adelantos y liquidaciones; en el reconocimiento de adicionales de obra y ampliaciones de plazo; en la ejecución y supervisión de ODVREUDVVHYHUL¿FDUiHOFXPSOLPLHQWRGHHVSHFL¿FDFLRQHVtécnicas y materiales utilizados por los contratistas. Tienen prioridad los sub sectores Transportes y Vivienda, Instituciones y Proyectos Especiales que ejecutan obras de infraestructura económica y social. 5. Los Órganos de Control Institucional que dispongan de especialistas en proyectos examinarán selectivamente